Invertir en plata como empresa

EstudianteTesorero

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Buenas,

Estaba mirando webs alemanas donde comprar monedas de plata, y he visto que si en los datos de la factura pongo el CIF de mi empresa no me cobran IVA.

Evidentemente imagino que hacerlo así debe tener algún inconveniente, pero alguien sabe que problema me supone que en lugar de invertir yo directamente lo haga a través de mi empresa?

Evidentemente no lo podré contabilizar como gasto, pero imagino que si como inversión o reserva. Pero cuando la quiera vender, supongo que estaré obligado a facturarlo con el 18% de IVA? Alguna otro inconveniente?
 
Lo primero que para comprar en Alemania tu empresa tiene que tener el numero de IVA intracomunitario y estar dada de alta en la hacienda española como tal para figurar en el VIES.

Lo segundo que efectivamente, aqui una vez en España tendras que repercutirte el IVA , ahora del 18%, proximamente seguramente del 21%. En este pais no es nada rentable este negocio, y menos competir contra las poderosas empresas alemanas que solo pagan 7%, y tienen mas oferta , por lo que pueden permitirse mas margen.

Posibilidad : Como hacen algunas grandes que no son alemanas, como coininvestdirect o golddirect , abrir tu filial en Alemania y vender desde alli con el 7% hasta llegar al limite por pais, o optasr por la formula de recogida en Alemania.
 
Gracias por la explicación.

Supongo que no me he explicado bien, mi intención no es dedicarme a este negocio, sino aprovechar que tengo una SL (con CIF intracomunitario) para comprar sin IVA y canalizar mis inversiones personales a traves de la SL.

La duda es si cuando quiera recuperar la inversión, y venda las monedas como empresa con factura e IVA, me supondrá alguna dificultad añadida.

En otras palabras, cuando un particular vende sus monedas a una tienda, también está obligado a incluir el IVA? en este caso seria lo mismo en los dos casos. Pero si resulta que los particulares venden sus monedas sin IVA, y yo como empresa estoy obligado a incluirlo, resulta que no seria competitivo y no podria vender las monedas a un precio equivalente.
 
Gracias por la explicación.

Supongo que no me he explicado bien, mi intención no es dedicarme a este negocio, sino aprovechar que tengo una SL (con CIF intracomunitario) para comprar sin IVA y canalizar mis inversiones personales a traves de la SL.

La duda es si cuando quiera recuperar la inversión, y venda las monedas como empresa con factura e IVA, me supondrá alguna dificultad añadida.

En otras palabras, cuando un particular vende sus monedas a una tienda, también está obligado a incluir el IVA? en este caso seria lo mismo en los dos casos. Pero si resulta que los particulares venden sus monedas sin IVA, y yo como empresa estoy obligado a incluirlo, resulta que no seria competitivo y no podria vender las monedas a un precio equivalente.

Cuando las vendes como empresa tienes que poner el IVA. El particular no puede facturar ni con IVA ni sin IVA porque no tiene CIF.

Un saludo
 
Muchas gracias Andorrano.

Entonces tu, como empresa, si te viene un particular con 200 monedas de plata, suponiendo un precio de compra de 25€/oz, se las compras por 5.000€ (sin IVA), no?

Pero si te las vendiera yo "como empresa" y haciéndote factura con IVA 18%, me las comprarías por 5.000€ (IVA incluido) o por 5.900€ (IVA incluido)?

[Ayer te envié un mensaje privado, no se si lo has recibido]
 
Es importante señalar que aunque sea una adquisición intracomunitaria, si el que adquiere los bienes es un particular entendido como consumidor final, eso está sujeto y no exento a IVA en el origen, es decir el proveedor alemán te tiene que aplicar sobre la base imponible, el correspondiente IVA, exceptuando el oro que tiene un régimen especial, considerándose exento de pagar IVA el oro inversión, cuando este se adquiere efectivamente para una inversión y no para comercializar con él o distribuirlo y siempre que se cumplan los supuestos de:

1) Los lingotes o láminas de oro de ley igual o superior a 995 milésimas

2) Las monedas de oro que reúnan los siguientes requisitos:

a) Que sean de ley igual o superior a 900 milésimas.

b) Que hayan sido acuñadas con posterioridad al año 1800.

c) Que sean o hayan sido moneda de curso legal en su país de origen.

d) Que sean comercializadas habitualmente por un precio no superior en un 80 % al valor de mercado del oro contenido en ellas.
 
Muchas gracias Andorrano.

Entonces tu, como empresa, si te viene un particular con 200 monedas de plata, suponiendo un precio de compra de 25€/oz, se las compras por 5.000€ (sin IVA), no?

Pero si te las vendiera yo "como empresa" y haciéndote factura con IVA 18%, me las comprarías por 5.000€ (IVA incluido) o por 5.900€ (IVA incluido)?

[Ayer te envié un mensaje privado, no se si lo has recibido]


El mensaje no lo he recibido.

En principio no recompramos plata (oro no hay problema) a empresas por ese tema.

Serian 5000 IVA incluido y entiendo perfectamente que no te conviene pero es que a nosotros tampoco nos conviene comprar a 29,5€

Un saludo
 
Y si la empresa es no comunitaria? Digamos de Panama o similar. Ahi no habria IVA en ni al comprar ni al vender, no?
 
Y si la empresa es no comunitaria? Digamos de Panama o similar. Ahi no habria IVA en ni al comprar ni al vender, no?

No, no tendria IVA pero las monedas no podrian salir de la UE, sino tendrias que pagar aranceles.

Si lo que quieres es dejarlo aqui es mucho mejor un almacen de seguridad donde no pagarias el IVA hasta retirarlo.
 
Ok, es lo que me temia, gracias por confirmármelo. Resumen:

- Como particular me como el 7% de alemania al comprar, pero vendo al precio entero.
- Como empresa, me ahorro el 7% al comprar, pero me como el 18% al vender.

Claramente me sale a cuenta hacerlo como particular.

Andorrano, como me urgia el tema del mensaje, voy a llamarte al teléfono de la tienda, vale? muchas gracias.
 
Ok, es lo que me temia, gracias por confirmármelo. Resumen:

- Como particular me como el 7% de alemania al comprar, pero vendo al precio entero.
- Como empresa, me ahorro el 7% al comprar, pero me como el 18% al vender.

Claramente me sale a cuenta hacerlo como particular.

Andorrano, como me urgia el tema del mensaje, voy a llamarte al teléfono de la tienda, vale? muchas gracias.

Vamos a ver, ¿y si tu empresa te las regala a ti (particular)?

¿Quién sabe que esas monedas eran de tu empresa?
 
Es mas sencillo que eso.

Las empresa las compra, por lo tanto aparecen en su balance, pero ¿como aparecen?

Pueden estar como dinero o similar pero tambien como materias primas a usar, depende del tipo de negocio.

Sea como sea siempre puede hacer un "mal negocio" vendiendoselas a un "particular" con un precio ventajoso.

Hecha la ley hecha la trampa
 
El tema es que si compras como empresa con nif comunitario efectivamente te venden sin IVA, pero luego en la declaración trimestral tienes que declararlo como IVA repercutido en adquisiciones intracomunitarias al tipo español del 19% y, si lo compras como inversión, no tienes derecho a deducírtelo como IVA soportado. Así que al final sales perdiendo frente a comprarlo como particular, a no ser que te des de alta en la actividad económica correspondiente para poder deducírtelo, pero en ese caso tendrás que aplicar luego el IVA a la venta y tu oferta será más cara que las de los particulares.
Por otro lado si por ejemplo te compra la plata el_andorrano luego él sí que se puede deducir ese IVA, pero claro después tiene que esperar a que se lo devuelva Hacienda (aunque si le reduces el precio neto respecto al de los particulares sí le puede interesar).
 
Creo que os estais equivocando a nivel de empresa y me voy a explicar

Yo soy una empresa que compro en la U.E. y no tengo que pagar el iva, el iva lo pago aqui dentro del trimestre a nuestra hacienda y cuidadito de que se te pase, porque yo tengo una experiencia de que la factura me vino orate dentro de su trimestre, y la declare en el siguiente, y con todo hacienda ya me estaba esperando por si no lo hacia, tuve inspeccion, pero como vio que la declare dentro de la legalidad, me comunico que siempre lo hiciera dentro del trimetre correspondiente a la facturacion. El proveedor donde has efectuado la compra comunica a su hacienda de su pais y este al nuestro de dicha compra, por eso siempre estamos controlados.
Compras fuera de la U.E., pues cuando llega la mercancia a puertos o aeropuestos, aduana se pone en contacto para pagar el iva y te valora la mercancia, casi siempre mas de lo que te ha costado.
Esa es mi experiencia en mis compras, y lo hago en los EE.UU., UK, Italia, Alemania y otros pocos mas:fiufiu:
 
En principio no recompramos plata (oro no hay problema) a empresas por ese tema.

Serian 5000 IVA incluido y entiendo perfectamente que no te conviene pero es que a nosotros tampoco nos conviene comprar a 29,5€

Un saludo

Lo mismo digo una barbaridad, pero desde el punto de vista de un autónomo y no de una SL q desconozco, al comprar a un particular una moneda por 25 € ( siguiendo con el ejemplo antes expuesto) sin iva ni factura y al revender esa misma moneda como empresa y al emitir su factura consiguiente, a la hora de hacer el balance trimestral al tener una factura de venta y no una de compra, en el balance esos 25 € ( mas su margen) serian de puro beneficio por lo que se tendría que pagar su consiguiente 20 % de IRPF ( o el que se aplique a las sl)
mientras que si se compra a una empresa, al tener justificante de compra solo se tributará el beneficio real y ademas el iva tb se desgrava, por lo que no se paga.
Por ello no acabo de ver claro que este tan claro que no compense comprar plata con iva a empresas.
 
Lo mismo digo una barbaridad, pero desde el punto de vista de un autónomo y no de una SL q desconozco, al comprar a un particular una moneda por 25 € ( siguiendo con el ejemplo antes expuesto) sin iva ni factura y al revender esa misma moneda como empresa y al emitir su factura consiguiente, a la hora de hacer el balance trimestral al tener una factura de venta y no una de compra, en el balance esos 25 € ( mas su margen) serian de puro beneficio por lo que se tendría que pagar su consiguiente 20 % de IRPF ( o el que se aplique a las sl)
mientras que si se compra a una empresa, al tener justificante de compra solo se tributará el beneficio real y ademas el iva tb se desgrava, por lo que no se paga.
Por ello no acabo de ver claro que este tan claro que no compense comprar plata con iva a empresas.

Con la compra a particulares, no todo es beneficio. Tienes que declarar el gasto aunque no haya factura.

En este caso se tiene que llevar un libro de registro con todas las compras (Nada de nombres y apellidos) solamente lo que se ha comprado y a que precio y lo que se ha vendido y a que precio

Puedes compararlo con la compraventa de coches, no se puede hacer una factura como particular, pero no todo va a ser beneficio para el concesionario.

Un saludo
 
Puede la empresa pagar servicios con las monedas de plata? al no ser curso legal, podria la empresa quiza intercambiar servicios o productos con particulares u otras empresas por monedas de plata? Lo que seria un simple trueque sin IVAs ni nada.
 

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