En toda la estación no. El artículo 7 de la Ley 28/2005 prohíbe fumar en estaciones y en los medios de transporte ferroviario, pero exceptúa expresamente los espacios que se encuentren por completo al aire libre. Un andén descubierto de cercanías entra en esa excepción. Los carteles están porque la estación en su conjunto está prohibida, no porque lo esté el andén exterior.
Eso va a cambiar, pero todavía no ha cambiado. El anteproyecto que el Consejo de Ministros aprobó en segunda vuelta el 22 de julio incluye expresamente marquesinas, andenes y cualquier zona de espera del transporte, además de terrazas, playas y piscinas de uso colectivo, y equipara vapeadores al tabaco. Le falta la tramitación parlamentaria y la publicación en el BOE.
O sea que hoy, en un andén descubierto, no hay norma que se esté incumpliendo. Se lo puedes pedir por educación y suele funcionar. Invocar la ley cuando la ley dice lo contrario es la forma más rápida de perder la discusión y de que el otro se quede fumando.