El PSOE pide al supremo que puedan votar quienes no han acreditado ser nietos de exiliados.

El PSOE pide al supremo que puedan votar quienes no han acreditado ser nietos de exiliados.
RESUMEN DEL MENSAJE INICIAL · elaborado con IA

La Abogacía del Estado ha pedido al Tribunal Supremo que levante la medida cautelar que suspendía el derecho al voto de los inscritos en el CERA por la ley de nietos, al considerar imposible verificar caso por caso antes del cierre del censo del 12 de octubre. El Supremo debe resolver tras dar 48 horas a las partes para alegar.

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La Abogacía del Estado ha pedido al Tribunal Supremo que levante la medida cautelar que suspendía el derecho al voto de los inscritos en el CERA por la ley de nietos, al considerar imposible verificar caso por caso antes del cierre del censo del 12 de octubre. El Supremo debe resolver tras dar 48 horas a las partes para alegar.

La Abogacía del Estado ha remitido un escrito al Tribunal Supremo en el que sostiene que resulta materialmente imposible ejecutar la medida cautelar que suspende el derecho al voto de los inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) por la conocida como ley de nietos antes de las elecciones generales del 29 de noviembre. El proceso de comprobación tendría que estar terminado antes del cierre del censo, previsto para el 12 de octubre. Por eso solicita el levantamiento de la suspensión y la estimación del recurso de reposición que presentó en septiembre.

Qué pidió el Supremo y por qué bloquea el voto

La Sala Tercera del Tribunal Supremo acordó que quienes hubieran obtenido la nacionalidad por la Ley de Memoria Democrática y ya estuvieran inscritos en el CERA a través de la ley de nietos verían suspendidos "los efectos electorales de la inscripción en dicho Censo para los sucesivos procesos electorales que puedan convocarse, hasta el dictado de la sentencia en este procedimiento". Es decir, la inscripción sigue ahí, pero no produce efecto electoral mientras no haya sentencia.

El problema, según los servicios jurídicos del Estado, es el calendario. Conforme al artículo 39.2 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG), el censo de electores debe estar disponible el 12 de octubre para su puesta a disposición de ayuntamientos y consulados, a efectos de consulta durante ocho días. En ese plazo cualquier persona puede formular una reclamación sobre sus datos censales. Si la revisión no está hecha para esa fecha, el efecto es la privación plena del derecho de sufragio activo con carácter irreversible, defiende el Gobierno.

168.896 electores y un registro que no distingue

La Abogacía del Estado cifra en 168.896 los electores que podrían verse afectados por la medida cautelar. En el escrito se explica que, si la imposibilidad material fijaba el 1 de enero de 2027 como lapso temporal razonable para poder certificar a esos votantes, esa imposibilidad se agrava cuando el plazo se acorta al 12 de octubre, y ello por exigirlo la LOREG.

El obstáculo técnico está en el Registro de Matrícula Consular. Según el escrito, ese registro no permite saber quiénes de los inscritos en el CERA lo están por la Ley de Memoria Democrática o por otro motivo, sin realizar una comprobación manual, caso por caso, de las anotaciones marginales practicadas. La ejecución del auto del Supremo requiere una adaptación informática que se está desarrollando. Dada la antigüedad de la aplicación de la ley de nietos, no es posible hacer el expurgo automático completo entre las distintas vías por las que se adquirió la nacionalidad, insiste la Abogacía.

Las cifras que maneja el Gobierno a través de sus servicios jurídicos son abultadas: hay 304.272 nuevas solicitudes pendientes de resolución y 1,1 millón de peticiones pendientes de tramitar.

Quién se ha movido para que la suspensión siga viva

Tras el anuncio del adelanto electoral del 29-N, Iustitia Europa y Vox presentaron sendos escritos en la Sala de lo Contencioso-Administrativo para asegurar la eficacia de la suspensión cautelar. Iustitia ha pedido a la Sala que ordene determinar "de manera inmediata" a quiénes afecta la cautelar. Vox ha solicitado al Alto Tribunal que declare que la suspensión acordada "es aplicable a las elecciones del 29 de noviembre de 2026" y que ordene a la Junta Electoral Central tomar las medidas inmediatas para "salvaguardar la finalidad de la medida cautelar".

El Supremo ha dado 48 horas a las partes para que presenten alegaciones antes de resolver el recurso sobre la ley de nietos. La decisión que salga de ahí determinará si esos 168.896 electores pueden votar o no el 29-N. El asunto mezcla derecho electoral, extranjería y un calendario que no admite prórrogas: el censo se cierra el 12 de octubre y no hay margen para revisar a mano cada expediente.

Todo lo anterior son planteamientos jurídicos y electorales en curso. Cualquier decisión sobre derechos de sufragio o nacionalidad conviene consultarla con un abogado especializado.

Datos clave
  • La Abogacía del Estado pide al Supremo levantar la suspensión del voto de los inscritos en el CERA por la ley de nietos antes del 29-N.
  • El censo electoral debe estar disponible el 12 de octubre, según el artículo 39.2 de la LOREG.
  • Los electores afectados por la medida cautelar son 168.896, según el escrito del Gobierno.
  • Hay 304.272 solicitudes pendientes de resolución y 1,1 millón de peticiones pendientes de tramitar.
  • El Supremo dio 48 horas a las partes para alegar antes de resolver; Iustitia Europa y Vox pidieron mantener la suspensión.
Fuente: elmundo.es
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29-N

El Gobierno pide al Supremo que permita votar el 29-N a quienes no han acreditado ser nietos de exiliados​

La Abogacía del Estado presenta un escrito solicitando el levantamiento la medida cautelar acordada por el Alto Tribunal.
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Fila en el consulado de España en Buenos Aires para tramitar la nacionalidad española el pasado mes de julio.MANUEL CORTINA
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Ángela MartialayMadrid
Madrid
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Actualizado Jueves, 8 octubre 2026 - 19:46
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La Abogacía del Estado ha remitido un escrito al Tribunal Supremo en el que considera imposible liquidar la medida cautelar impuesta a los votantes de la conocida como ley de nietos antes de las elecciones generales del próximo 29 de noviembre. El proceso de comprobación tendría que realizarse antes del cierre del censo, previsto para el próximo día 12. En consecuencia, se solicita el levantamiento de la medida cautelar y la estimación del recurso de reposición presentado por el abogado del Estado el pasado mes de septiembre.

"Con los plazos indicados de la LOREG, el esquema de suspensión, revisión y recuperación de los efectos electorales deviene imposible y el efecto es la privación plena del derecho de sufragio activo con carácter irreversible", defiende el Gobierno, a través de sus servicios jurídicos.

De igual manera, el abogado del Estado explica que "si la imposibilidad material puesta de manifiesto en el citado informe fijaba el 1 de enero de 2027 como lapso temporal razonable para poder certificar los 168.896 electores que pudieren verse afectados por la medida cautelar acordada por esa Excma. Sala, obviamente esta imposibilidad material se acrecienta, por no decir, que se confirma cuando ese lapso temporal se tiene que acortar al próximo lunes 12 de octubre, y ello por exigirlo la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG)".

Conforme al artículo 39.2 de la LOREG, el censo de electores debe estar disponible el próximo 12 de octubre para su puesta a disposición de los ayuntamientos y consulados, a efectos de consulta durante ocho días. En este plazo cualquier persona puede formular una reclamación sobre sus datos censales.

La Sala Tercera acordó que quienes hubieran obtenido la nacionalidad por la Ley de Memoria Democrática y ya estuvieran inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (Cera) en el extranjero a través de la ley de nietos, verían suspendidos "los efectos electorales de la inscripción en dicho Censo para los sucesivos procesos electorales que puedan convocarse, hasta el dictado de la sentencia en este procedimiento".

En sus alegaciones, la Abogacía del Estado insiste en que dada la antigüedad de la aplicación de la ley de nietos, no es posible hacer el expurgo automático completo entre las distintas vías por la que se adquirió la nacionalidad. "La ejecución del auto del TS requiere una adaptación informática que se está desarrollando. El Registro de Matrícula Consular no permite saber quiénes de los inscritos en el CERA son de Ley de Memoria Democrática o de otro motivo, sin realizar una comprobación manual, caso a caso, de las anotaciones marginales practicadas", recalca el escrito.

Según las cifras aportadas por la Abogacía del Estado, hay 304.272 nuevas solicitudes que estaban pendientes de resolución y 1,1 millón de peticiones pendientes de tramitar.

Tras el anuncio del adelanto electoral del 29-N, Iustitia Europa y Vox presentaros sendos escritos en la Sala de lo Contencioso-Administrativo para asegurar la eficacia de la suspensión cautelar. Iustitia ha presentado un escrito que pide a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS que ordene determinar "de manera inmediata" a quiénes afecta la cautelar.

Por su parte, Vox pidió al Alto Tribunal declarar que la suspensión acordada "es aplicable a las elecciones del 29 de noviembre de 2026" y que ordene a la Junta Electoral Central tomar las medidas inmediato para "salvaguardar la finalidad de la medida cautelar".
 
Sumale la amnistia a Puchi, los decretos aprobados el la fruta permanente, en contra del congreso, el recurso del hermanísimo, Begoña aforado, añade la cloaca a su aire para todo lo que se tercie y Cándido con patente de corso....alguien ve una salida pacífica a esta situación????
 
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Los de pesoETA mandan unos sicarios a cancelar una jueza, y la población anestesiada, paralizada, como un conejo deslumbrado en la carretera, esperando el golpe. España, Infierno de Fistros.
 

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