¿él compra una vivienda y si hay separacion que no se la quede ella?

El problema es las condiciones que exigirá el juez para hacer efectivo el desahucio...
Solo hay que pensar lo complicado que es desahuciar si hay menores en una casa, si son familia... ni contar te quiero...

A ver, lo que pones ahí se refiere a hermanos, no a sobrinos, y dice que sólo están obligados a los "auxilios necesarios para la vida" y cuando sea por causa "no fruta al alimentista". Es decir, que las obligaciones se limitan a si se está muriendo de hambre por alguna situación sobrevenida; nunca a darle un piso ni si lo necesita por un divorcio, ya que eso es fruta a la persona.

Si no imagínate: Tu hermano se casa con una pedorra, se separan, y a continuación te pone una demanda para que le des tu casa porque no tiene sitio a donde ir. Sería una situación sin sentido.
 
Última edición:
yo solo digo lo que dicen,
que unos niños viviendo en una casa de un familiar si el juez ha fijado esa como su casa es muy dificil desalojarlos si la persona a su cargo no quiere, o puede demostrar que no tiene recuersos etc...

es como la custodia compartida, aunque el constitucional dice que por defecto será compartida, en la practica la mayoria de las compartidas y las custodias que se conceden a los hombres es por mutuo acuerdo.

en la practica si se llega a juicio casi todos los casos los sigue ganando la mujer, (eso me han comentado abogados especializados en familia y divorcios)
 
Si no imagínate: Tu hermano se casa con una pedorra, se separan, y a continuación te pone una demanda para que le des tu casa porque no tiene sitio a donde ir. Sería una situación sin sentido.
Se entiende por alimentos todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica.
No tiene nada que ver, pues esa vivienda no es la habitual de los niños ni la que que el juez a fijado como su vivienda.
 
No tiene nada que ver, pues esa vivienda no es la habitual de los niños ni la que que el juez a fijado como su vivienda.

Es que un juez no te puede privar de tu vivienda acogiéndose a ese artículo. Para empezar, no se dice nada acerca de sobrinos, y para seguir, como ya he dicho, los responsables son los padres. Si los padres son incapaces de proveer las necesidades más básicas para sus descendientes habría que entrar en un proceso de pérdida de la patria potestad. De hecho no es tan extraño los casos en que los abuelos se hacen con la custodia de sus nietos porque los padres son drojadictos / se dan a la fuga... pero si la patria potestad está intacta el obligado son los padres, no los abuelos y mucho menos los tíos.
 
a ver, que yo he pueto ese articulo pq fue lo que encontré...

parte de que un juez puede hacer practicamente lo que le de la gana, y con el lobby feminista que hay y los politicos...
sabe que cualquier cosa que diga justificando en los derechos de los menores va a misa...

(no significa que dentro de x años despues de x dinero, no acabes desahuciandolos, quedando fatal con los sobrinos por desahuciarlos, etc....)

doy por supuesto que con unos padres normales, solventes, etc, algo mas facil lo tienes.
 
Que la compren sus padres y se la den en herencia, ademas para asegurarse aun mas que compre otro chabolo por si se separan, el pueda volver a su casa y el descendiente se vaya al chabolo si es menor de edad.

Los bienes que se heredan de los padres o de cualquier otra persona, son bienes privativos de la persona que los hereda, independientemente de que esté casada en régimen de gananciales o de separación de bienes o de que tenga o no descendientes.

Es decir, que si la casa la obtienes por herencia, sera tuya si o si cuando tu descendiente tenga 18 años, incluso si tienes una 2da vivienda comprada y no heredada, la casa heredada sera tuya y el juez solo podria darle el chabolo a la mujer.

Otro tema serian las cuentas de ahorros, que hay tambien hay truquis para que no te sable hacienda en las herencias y tambien por si algun dia la lias mucho, que no puedan embargarte esas cuentas.
 
Desde el arranque del hilo me he vuelto mas pesimista con el tema.

El problema es cuendo juegas a la ruleta rusa con tu cabeza "por vivir en una casa bonita".

ayer mismo me comentaban de un caso directo la semana pasada,
-Él salario de 1.700€
-viven en el piso de él,
-él pedia quedarse él a vivir en su piso y que el niño se turnara entre las dos viviendas. y poner un fondo cada uno de 250 euros

Ella lleva un mes en el paro, indemnizacion de 80.000€ (solo para ella)
- pedia custodia compartida y que ambos se turnaran viviendo en la casa del padre.
- que él aportara 300 € al mes


La fiscal a pedido (el juez suele hacer caso al fiscal)

-La casa para ella,
-el dará cada mes 900 euros al niño


Por mucho amor y buenas intenciones que se tengan hay que ser un zascandil para jugar todo tu futuro a la ruleta rusa, con cinco balas y una vacia.

Algo aqui no encaja. El fiscal no presenta papeles antes del Juicio....

Y si ambos viene a pedir una Custodia Compartida... ¿a qué el que él tenga que pagar la mitad de su sueldo a ella?

Repito: Algo no encaja, o no te expresas bien.

Si ella ha recibido una indemnización, se debe fruta. Por ahí he visto sentencias del TS donde se reconoce que hay gente que tiene más ingresos de los declarados, por cobrar una parte en zain.
 
Hablado con varios abogados, para nada....
si la vivienda es de un familiar a los niños no los desahucia nadie..

ningun juez va a desahuciar a unos niños de la casa de sus abuelos. tios, o primos...

Eso dicen, con contrato o en precario... parece que no...

Vuelvo a poner el link. Leerlo, por favor....



Repito: Lo que yo leí era lo opuesto... pero tal vez por eso era noticia. La Jurisprudencia se supone que la marca el TS.
 

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