Documentos desclasificados implican al PSOE en las peores matanzas de la Guerra Civil española

La sentencia que desmiente las afirmaciones de Ortega Smith sobre las Trece Rosas
El portavoz de Vox ha asegurado que "eran mujeres que torturaban, mataban y abusa vilmente"

El 5 de agosto de 1939 un total de 13 jóvenes de entre 18 y 29 años (nueve de ellas menores, ya que entonces la mayoría se situaba en los 21 años) fueron asesinadas por el régimen franquista, condenadas por pertenecer a las Juventudes Socialistas Unificadas (JSU), una organización nacida en 1936 de la fusión de las juventudes del PSOE y las del PCE. Las declaraciones del portavoz de Vox en el Ayuntamiento de Madrid, Javier Ortega Smith, las ha pronunciado este viernes en 'Los Desayunos de TVE' al comentar que aquellas víctimas, conocidas como las Trece Rosas, "lo que hacían era hacer daño, abusa y acabar con vilmente", cometer "crímenes brutales".

Solo hace falta echar un vistazo a la sentencia franquista por la que fueron canceladas, al igual que otros 43 hombres, también afiliados a las Juventudes Socialistas Unificadas (JSU), para contrastar las declaraciones del líder de Vox. La sentencia, reproducida parcialmente por Newtral, afirma que las acusadas "tenían por misión hacer fracasar las instrucciones político-jurídicas de nuestro estado Nacional" y circular "las órdenes necesarias a fin de organizarse nuevamente y poder actuar en todas aquellas misiones que pudieran producir aquellos actos delictivos que vulnerasen el orden social y jurídico de la Nueva España". Ni una palabra de hacer daño, abusa o acabar con. Muy al contrario, entre los actos que la sentencia atribuye a una de las jóvenes, Julia Conesa, de 19 años, para condenarla a gloria está el hecho de que la chica "sirvió durante el dominio rojo en Madrid como cobradora de tranvías".

Este trágico crimen causado por la incipiente dictadura de Franco es uno de los más recordados y denunciados por la ciudadanía. Por memoria histórica, no está de más recordar el nombre de las víctimas: Carmen Barrero Aguado, Martina Barroso García, Blanca Brisac Vázquez, Pilar Bueno Ibáñez, Julia Conesa Conesa, Adelina García Casillas, Elena Gil Olaya, Virtudes González García, Ana López Gallego, Joaquina López Laffite, Dionisia Manzanero Salas, Victoria Muñoz García y Luisa Rodríguez de la Fuente.

Para conocer la verdad de la historia de estas terroristas es necesario conocer también la historia de los hombres que ejecutaron con ellas.

A pesar que se habla de un "infiltrado" en el apartado de JULIO MARTÍN PÉREZ hay que decir que Sinesio "el pionero" es el que el capitán Gutiérrez Mellado apartó de la línea de ejecución sin que sepamos si era confidente o su destino final. De cualquier forma la "seguridad" chapucera de la organización hacía inevitable la detención de los terroristas.

FEDERICO BASCUÑANA LÓPEZ :
32 años. Casado. Metalúrgico. Vivía en una de las primeras casas de la calle Orense. Miembro de la dirección del sector Norte del PCE, zona Cuatro Caminos. Enlace entre la JSU y el PCE, colaboró con Francisco Sotelo "Cecilio" en la reorganización del PCE en Madrid, junto a Luis Sanabria y Pilar Bueno, una de las Trece Rosas, a cuya casa solía ir a comer. A finales de Abril, la estructura del PCE aparecía configurada con Francisco Sotelo y Luis Sanabria a la cabeza, Carmen Barrero como responsable femenina y Federico Bascuñana y Pilar Bueno encargados de la organización en Madrid. El primero como enlace con la JSU y la segunda como responsable de crear radios o sectores. Tras la llegada de Enrique Castro a Madrid ocupó la secretaría del Comité Provincial. Fue detenido el 15 de mayo de 1939.

FRANCISCO SOTELO LUNA :
Natural de Sevilla, donde se afilió al PCE en 1933. Cuarenta años. Al estallar la guerra huyó oculto en el buque carbonero Luis Adaro, que le llevó a Asturias, marchando más tarde a Francia. Regresó a España, primero a Barcelona y en septiembre de 1936 a Madrid, donde se enroló en el batallón “Voluntarios Andaluces”, con el que luchó en el frente hasta abril de 1937. De vuelta a Madrid trabajó como ordenanza en la sede de Comité Central del PCE, en la calle Serrano 6. Al final de la guerra su quinta fue movilizada, volviendo al frente. La derrota le llevó a Alicante con la intención embarcarse, quedando como tantos otros atrapado. Preso en el campo de concentración de Albatera, fue encargado por Jesús Larrañaga y Casto García Rozas, máximos dirigentes del partido en el mismo, de escapar y dirigirse a Madrid para hacerse cargo del mismo tras la detención de Matilde Landa. El primer contacto en la capital fue Luis Sanabria Muñoz quien mantenía relación con el grupo de Cuatro Caminos que se habían salvado de las detenciones practicadas por la policía tras la caída de Matilde Landa. El más destacado era Federico Bascuñana, quien actuaba como enlace con los jóvenes de la JSU. Dado que carecía de una vivienda fija, se alojó en casa de Pilar Bueno, una de las “Trece Rosas”, donde también acudían a comer Luis Sanabria y Federico Bascuñana. En uno de los paseos se encontró con Carmen Barrero Aguado “Marina”, otra de las “Trece Rosas” a la que había conocido en Valencia, incorporándola a la organización como responsable femenina. La estructura organizativa del PCE quedaba configurada a finales de 1939 con Francisco Sotelo y Luis Sanabria a la cabeza, Carmen Barrero como responsable femenina y a Federico Bascuñana y Pilar Bueno encargados de la organización en Madrid. Fue detenido el 15 mayo de 1939, junto a la mayoría del Comité Provincial de la JSU y parte de los dirigentes de PCE madrileño.

LUIS SANABRIA MUÑOZ :
Treinta dos años. Afiliado al PCE al estallar la guerra. Fue uno de los pocos que no se movió de Madrid durante toda la contienda. Trabajó como mecanógrafo en la Comisión de Agitación y Propaganda del sector Norte. Utilizaba dos identidades falsas, José Luis García y Joaquín Falcó. Contacto de Francisco Sotelo Luna “Cecilio”, colaboró con éste en la reorganización del PCE en Madrid, junto a Federico Bascuñana y Pilar Bueno, una de las “Trece Rosas” a cuya casa solía ir a comer. Detenido en mayo de 1939.

SEVERINO RODRÍGUEZ PRECIADO :
“Gordito” Natural de Almagro, Ciudad Real. Diecinueve años. Vaciador de profesión. La guerra le llevó a Madrid. Pocos días antes de su final fue nombrado máximo responsable de la JSU en la capital. Al finalizar la guerra, la primera decisión que tomó fue contactar con los amigos y compañeros aún conservaban la vida y no habían sido hechos prisioneros. La estación del metro de Goya, el bar Chumbica, junto a la de Cuatro Caminos, y la Mallorquina, en la Puerta del Sol, eran zonas habituales de encuentro. Un piso en la calle Coloreros y otro en la de Dulcinea pasaron a ser lugares de reunión. Tras intentarlo con Juan Canepa, contactó con el PCE a través de Federico Bascuñana. Miembro del Comité Central del PCE, dirigido por Enrique Castro, en representación de la JSU. Tras la llegada de José Pena a Madrid, Severino pasó a desempeñar el cargo de secretario de organización y encargado de extender la JSU por los barrios. Fue detenido el 13 de mayo de 1939. Se derrumbó en los primeros interrogatorios, confirmando los nombres dados por José Pena y añadiendo otros, ofreciéndose finalmente a colaborar


JOSÉ PEÑA BREA :
Veintiún años. Empleado de seguros en Madrid. Ingresó en la Juventud Comunista en 1935, desempeñando el cargo de secretario de organización de varios sectores antes de la guerra. Durante ésta fue secretario general del radio 1 (Este), ubicado en el palacio March, secretario general del Comité del Frente de Brunete y del de Guadalajara, miembro del Comité Provincial de Madrid y de la Comisión Ejecutiva de Euzkadi, secretario de Cuadros y Administrativos de la Comisión de Educación al soldado del Ejército del centro y del Ejército de Extremadura, secretario de la Escuela Nacional de Cuadros dirigentes “Trifón Medrano” y secretario de Educación Técnica del Ejército del Centro. Tras intentar salir por el puerto de Alicante, fue uno de los miles de republicanos internados en el campo de concentración de los Almendros, de donde será conducido a la plaza de toros, primero y al cuartel de Benalua después para ser “clasificado”. El 7 de abril, quedó en libertad, marchándose a Madrid a donde llegó tres días más tarde. Tras reunirse con Severino Rodríguez, secretario general de la JSU y ponerle al tanto de la situación, todo el Comité Provincial acordó nombrarle secretario general. Su primer objetivo fue contactar con el partido, para lo que Severino le facilitó un enlace, Federico Bascuñana. Detenido en la madrugada del 11 de mayo de 1939, fue llevado a la comisaría de Puente de Vallecas donde le interrogaron hasta conseguir que les hablara del PCE y la JSU.

JULIO MARTÍN PÉREZ :
Argentino nacionalizado español. Veintidós años. Comunista. Ingreso en el cuerpo de carabineros al poco de estallar la guerra. Lucho en varios frentes, entre ellos el de Brunete. Tras contactar con Rafael Muñoz Coutado "Falin" se incorporó al grupo de la JSU de Chamartín de la Rosa encargado de la recogida de armas. Días más tarde, Joaquín Ferreira, un antiguo compañero carabinero, le ofreció un fusil para la organización. Lo que Julio Martínez no sabía es que Joaquín era uno de los muchos policías que en aquellos días se hacían pasar por "rojos" para localizar y detener a los comunistas que quedasen libres en Madrid. Julio Martínez mordió el anzuelo y se convirtió, sin saberlo, en uno de los hilos que iba a llevar a la madeja de la JSU. Detenido en mayo de 1939

DOMINGO CÁNDIDO LUENGO FERNÁNDEZ :
Natural de Jaraiz de la Vega, Cáceres. Casado con Victoria Batanero Henche, 28 años. Estudiaba para practicante, alcanzando durante la guerra el grado de capitán de Sanidad Militar del Ejército de la República. La guerra lo llevó a Madrid. Vivían en casa de Celedonio García Novoa, tío de Victoria, en la calle Lope de Vega. Apenas si salían a la calle por miedo a ser detenidos. Miembro de la JSU madrileña en el sector Sur, formaba parte de un grupo dedicado a la recolección de armas. Fue detenido, junto con Enrique García Mazas, Blanca Brisac y otros, acusados de preparar un complot contra Franco el día del desfile de la Victoria. Tras prestar declaración en las dependencias que la División de Investigación Política tenía en la calle Almagro, ingresó en la cárcel de Yeserías.

ANTONIO LÓPEZ DEL POZO :
"Rellenito". Veinte años. Camarero. Voluntario en el batallón "Las Águilas" durante la guerra. Afiliado a la JSU desde febrero de 1937. Secretario de organización del Comité Provincial de la JSU madrileña, al que Ignacio Gallego, antes de exiliarse, dejó encargado la preparación de la organización juvenil. Con Severino Rodríguez aparece como secretario Agit-Prop. José Pena Brea, secretario general de la JSU, le encargó dos servicios especiales: el contacto con las demás organizaciones antifascistas y la búsqueda de personas que pudieran introducirse en la Falange y favorecer a la JSU o al PCE. Fue detenido el 12 de mayo de 1939.

JOSÉ GUTIÉRREZ GONZÁLEZ :
"Guerrillero". Durante la guerra perteneció a una brigada de guerrilleros en el frente de Guadarrama, pasando varias veces a la zona Nacional disfrazado de Guardia Civil. Responsable militar del sector Norte. Con el fin de conseguir fondos para hacer frente a diferentes gastos que tenían, la dirección de la JSU planeó la realización de varios atracos, entre ellos al cine Tetuán, en el que intervendrían Sisesio Cavada, José Martín Yuste y José Gutiérrez "Guerrillero", y al Europa o a la estación de Cuatro Caminos para quedarse con la recaudación. Detenido en mayo de 1939.

ENRIQUE GARCÍA MAZAS :
"Agudo" Treinta y cinco años. Casado con Blanca Brisac Vázquez, una de las "Trece Rosas", con la que tenía un descendiente de once años. Músico y miembro del Sindicato de Profesores de Orquesta. Se conocieron tocando en una banda de música que, a pie de pantalla, amenizaba las películas mudas que se proyectaban en el cine Alcalá. Tras casarse se fueron a vivir al barrio Maravillas. Para ganarse la vida Enrique tocaba el violín en el café Europeo, en la glorieta de Bilbao, y Blanca cosiendo en casa. El alzamiento cogió a Enrique en el balneario de Corconte, en Santander, al que acudía cada verano a tocar con la orquesta de los hermanos Aquino. Al ser estrecho de pecho no fue movilizado al frente, pero quedó adscrito como platillero a la banda de música del Regimiento de Ingenieros, acudiendo de vez en cuando a tocar en algún desfile militar o con motivo de algún mitin republicano. Ingresó en el PCE unos meses después de que estallara la guerra, porque así se lo recomendaron Esteban Dodignon y Juan Canepa, presidente y secretario respectivamente del sindicato. Integrante de la JSU del sector Sur. Formaba parte de un grupo, encargado de la recolección de armas y la construcción de un depósito. Fue acusado por Manuela de la Hera, cuñada de Juan Canepa, de que en su domicilio se celebraban reuniones clandestinas a las que acudían individuos del Partido Comunista, que preparaban un complot contra Franco el día del desfile de la Victoria. Como consecuencia de la denuncia fueron detenidos Enrique y Blanca, así como Juan Canepa, Esteban Dodignon, la familia García Batanero y una sobrina de ésta que vivía en su casa, Victoria Batanero y su marido Domingo Cándido Luengo. Trasladados a las dependencias que la División de Investigación Política tenía en la calle Almagro, todos ellos negaron las acusaciones. Juan Canepa se suicidó en los calabozos. La familia García Batanero, así como su sobrina fueron puestos en libertad, siendo trasladados Enrique y Esteban a la cárcel de Yeserias y Blanca a la de Ventas.
 
Última edición:
Sin embargo a ti Klopec te conocemos por tu apoyo a determinadas posturas políticas, te defines tú solo.

De momento concéntrate en traer alguna historieta que sea medio creíble. Sobre las afirmaciones que mencionas te paso esto: LA MENTIRA OS SALE CARA, EMBUSTEROS ..

Dos periodistas han sido condenados por intromisión ilegítima en el honor del parlamentario de UPN Juan Luis Sánchez de Muniáin por inventarse varios sucesos sobre su familia y su abuelo sin ningún tipo de rigor.

En concreto, Joseba Zabalza González e Íñigo Orduña Ridruejo,
ambos vinculados a medios de la izquierda abertzale, atribuyeron al abuelo de Sánchez de Muniáin el haber podido participar en la abusa y asesinato de la niña Maravillas Lamberto en Larraga para, posteriormente, quedarse con las tierras de la familia.

Ninguno de estos hechos son ciertos
y los dos los difundieron como veraces en sus respectivos perfiles de Facebook,

FUENTE : Condenados dos periodistas por inventar noticias falsas sobre el parlamentario de UPN Sánchez de Muniáin
 
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ASÍ SE CONVIRTIÓ LA REPÚBLICA EN UN RÉGIMEN DE TERRORDOCUMENTACIÓN SOBRE LAS PRINCIPALES FASES DE LA REVOLUCIÓN DE 1936 EN EL LEGAJO 1552, EXPEDIENTE 14, DE LA CAUSA GENERAL
16 SEPTIEMBRE, 2011

Buscando documentos sobre Miaja, me topo con el expediente 14 del legajo 1552 de la Causa General donde los sabuesos de Franco tratan de aclararse sobre quién mandaba en la República (tarea realmente titánica). En la imagen, circular de Eduardo Ortega y Gasset, Fiscal General de la República, 5 de enero de 1937.
El caso es que, a pesar del confuso título (“Pieza nº 7. Ministerios”) que le dan al expediente, la documentación puede resumirse en una lista de los gobiernos republicanos y de los principales decretos que cada ministerio o entidad relevante emitió. Esa documentación refleja las fases, incluso contradictorias, del proceso revolucionario:
-Orden de Largo Caballero de 4.1.37 prohibiendo la propaganda política (contra los comunistas).
-Órdenes de Gobernación creando checas (5.8.36) y milicias (16.8.36), suprimiendo la Guardia Civil (30.8.36), obligando a los ciudadanos a llevar carnés, requisando armas.
-Del Ministerio de la Guerra: supresión de la declaración de guerra (18.7.36), la creación de los comisarios políticos (15.10.36), del SIM (6.8.37).
-Del de Estado: la supresión de la carrera diplomática (21.8.36).
-Decretos del Ministerio de Hacienda requisando el oro a los particulares (3.10.36) y a los bancos (4.1.37), requisando la plata (19.5.37) y evacuando todo lo valioso de Santander y Asturias (22.8.37). Retirada de todos los vales, bonos, billetes y monedas no gubernamentales (6.1.38).
-Educación: expropiación de edificios religiosos (27.7.36), supresión de academias (15.9.36) y organización de conferencias de propaganda semanales en los institutos (5.5.37).
-Justicia: el Tribunal Supremo intenta documentar los obstáculos para que los jueces trabajen libremente (30.7.36). Supresión de instituciones religiosas (11.8.36). Creación de tribunal contra rebelión y sedición (23.8.36) y de uno semejante en cada provincia con 14 jueces populares y 3 profesionales (25.8.36), Jurados de Urgencia para castigar “actos de hostilidad y desafección al régimen que no sean constitutivos de los delitos” (10.10.36), supresión de antecedentes penales sometida a criterios político-sindicales (2.11.36), comisiones provinciales de depuración de funcionarios judiciales (10.12.36), amnistía a delitos anteriores al 15.7.36 (22.1.37), legalización de uniones matrimoniales (10.4.37), Decreto 22.6.37 creando Tribunal Especial que entenderá sobre “delitos de espionaje, alta traición, derrotismo y otros análogos” que se definen sobre la marcha.
-Circulares del Fiscal General (5.1.37 y 16.4.37). La primera, tras hacer una larga teoría sobre la revolución, califica la indisciplina como acto faccioso; pide a los fiscales que persigan particularmente el espionaje, y exige a los jueces que eviten calificaciones jurídicas en las preguntas que hacen a los jurados, para salvar la pureza revolucionaria, en la que es el pueblo quien juzga (o sea, que no den pistas a los jueces sobre si deben o no condenar: a este respecto véase un ejemplo del adefesio que constituían esas preguntas). La segunda, con el curioso argumento de que la finalidad de la revolución es la normalización, trata de combatir la existencia de centros ilegales de detención.
-La documentación sobre Trabajo, retrotrae el comienzo de la revolución al Decreto de 29.2.36 de readmisión forzosa de huelguistas.
Aparte de presentar estos documentos, el fiscal delegado de la Causa General para Madrid, Ávila y Guadalajara, presenta su propia intepretación sobre el Tribunal de Garantías Constitucionales (al que también pertenecía Eduardo Ortega y Gasset), acusándole de partidismo porque dio el pésame y manifestó su adhesión al Gobierno en diversas ocasiones y particularmente tras el alzamiento militar, pero no tras la revolución de Asturias, aunque sí terminó acusando de rebelión a la Generalitat catalana. Concluye el fiscal que la pieza clave de la revolución fueron los comités a los que se dieron todos los poderes (no menciona la máxima de “todo el poder para los soviets” pero muestra cómo se cumplió en la práctica, sin que el Gobierno o los ministros se atrevieran a discrepar de las opiniones expresadas por los comités).
Referencias al legajo con documentación del legajo 1552, expediente 14:Los gobiernos (folio 2):
-El “inmediatamente anterior a las elecciones de febrero de 1936”, presidido por Manuel Portela Valladares, con 9 ministros aparte del presidente.
-El “posterior a las indicadas elecciones y anterior a 18 de julio de 1936”, presidido por Manuel Azaña y con 12 ministros. Modificado “por Decretos de 10 de Mayo” para sustituir al presidente por Augusto Barcia Trelles (del que no se precisa si siguió siendo ministro de Estado) y meter en gobernación a Santiago Casares Quiroga en lugar de Amós Salvador Carreras.
-Gobierno del 13 de mayo de 1936: presidido por Casares (además ministro de la Guerra) y con 11 ministros más.
-Gobierno “formado por Decretos de 19 de Julio de 1936: presidido por Diego Martínez Barrio y con 13 ministros, entre ellos José Miaja Menant (Guerra).
-Gobierno “formado según Decretos también de 19 de julio de 1936”: presidido por José Giral Pereira (que es también ministro de Marina) y otros 11 ministros.
-4 de septiembre: presidido por Francisco Largo Caballero (además ministro de la Guerra) y otros 12 ministros.
-17 de mayo de 1937: presidido por Juan zainín López (además ministro de Hacienda; folio 5) y otros 8 ministros.
-5 de abril de 1938: presidido por zainín y con otros 10 ministros.
-Junta de Defensa “constituida en Madrid en 8 de noviembre de 1936”: presidida por Miaja como “General delegado del Gobierno”, con un secretario y 8 consejeros.
-Consejo Nacional de Defensa “constituido el 5 de marzo de 1939”: presidido por el “Coronel Casado y con cinco “integrantes” que se citan sin cargos. El Consejo quedó “constituido definitivamente” bajo presidencia del “General Miaja” y otros seis cargos para los que no se precisa categoría pero sí el asunto: “Estado: Julián Besteiro. Defensa: Coronel Casado”, etc.
Decreto contra la propaganda
[Folio 6: Entre los decretos publicados en la Gaceta de Madrid y Gaceta de la República, señalan algunos de Presidencia; entre ellas un ejemplo del fallido intento de Largo Caballero por evitar que los comunistas ocuparan todos los resortes del poder; la “Orden Circular de 4 de enero de 1937, con el siguiente texto:]
La forma como se produjo la incivil sublevación militar y las graves situaciones a que ha dado origen, hizo que el pueblo español, amante de su independencia y celoso defensor de sus libertades se lanzase espontáneamente, con sus partidos políticos y sus organizaciones sindicales, a sofocar la rebelión que ensangrienta nuestra tierra.
En su afán de contribuir al más rápido aplastamiento del enemigo alzado en armas, partidos y sindicatos han rivalizado en la organización de servicios, supliendo, en cierto modo, fun-(folio 7) ciones y cometidos propios del Gobierno que éste no puede ni debe declinar o delegar.
Mas, poco a poco, el Gobierno, dueño ya de todos los resortes del Poder, ha superado las graves situaciones creadas y atiende plenamente cuanto a su esfera compete. Sin embargo, seguramente por la fuerza de la costumbre, continúan apareciendo en textos, documentos y actos oficiales citaciones nominativas y alusiones a partidos y organizaciones que, a estas alturas, pueden interpretarse como actos de proselitismo partidista favorecido desde el Gobierno.
Ha llegado el momento de que eso termine. El Gobierno es de todos los antifascistas y aspira a ser para todos. Por eso esta Presidencia recuerda a todos los órganos de la Administración del Estado, Provincia y Municipio la necesidad de extremar su cuidadosa atención para que ningún texto ni documento oficial, y en ningún acto del servicio, se empleen expresiones susceptibles de ser interpretadas como actos de proselitismo o propaganda partidista.- Largo Caballero”.
Decretos de Gobernación
Folio 7: Gobernación, Decreto de 5 de Agosto de 1936 (fecha de creación de la Checa de Bellas Artes) “autorizando al Director (folio 8) General de Seguridad para que proceda a la reorganización del Cuerpo de Investigación y Vigilancia y del personal administrativo de la Dirección, pudiendo decretar la cesantía del personal afecto a la misma y hacer los nombramientos necesarios.
Decreto de 30 de Agosto de 1936, reorganizando el Instituto de la Guardia Civil y denominándola Guardia Nacional Republicana. Decreto de 16 de Septiembre de 1936, creando las Milicias de la Retaguardia.
Orden de 6 de Octubre de 1936, disponiendo que por la DGS, en un plazo de 48 horas, se invitará a todos los grupos que actúan en labores de investigación, a que se integren en la Sección de Investigación de las Milicias de Vigilancia de Retaguardia.
Orden de 9 de Octubre de 1936, dando instrucciones para realizar detenciones de personas sospechosas.
Orden de 21 de Febrero de 1937, disponiendo se provea a todos los ciudadanos de un carnet de trabajo acreditativo en todo momento de las funciones o servicios que prestan en retaguardia en pro de la causa antifascista.
Orden de 12 de Marzo de 1937, disponiendo que el DGS, los Gobernadores civiles y Delegados del Gobierno, publiquen un bando, en sus respectivas provincias, concediendo un plazo de 48 horas a todos los ciudadanos para la entrega de armas largas, explosivos y materias explosivas que tengan en su poder, y a los partidos políticos y organizaciones, otras 48 horas, para el envío de una relación nominal de las licencias concedidas por ellos.
(Comunicaciones y Marina Mercante…)
Decretos de Guerra
Decreto de 18 de Julio de 1936, anulando la declaración del Estado de Guerra en todas las Plazas de la Península, Baleares, Canarias y Jovenlandia donde se haya dictado esta medida, quedando incurso en las máximas responsabilidades penales los infractores de este Decreto, y relevadas de obediencia a los jefes facciosos las Fuerzas Militares.
Decreto de 29 de Septiembre de 1936, disponiendo que a partir del 10 de Octubre siguiente las Fuerzas de Milicias Voluntarias del Ejército del Centro, y a partir del 20, las demás, tengan carácter, condición y fuero militar en todas las categorías y clases que las componen.(Folio 9)
Orden Circular de 15 de Octubre de 1936, creando un Comisariado General de Guerra, cuya principal misión será ejercer un control político-social sobre los soldados y fuerzas armadas al servicio de la República.
Orden de 16 de Diciembre de 1936, creando en Valencia una Escuela Superior de Guerra Popular.
Orden Circular de 15 de Enero de 1937, fijando en 50 pesetas la gratificación que se concede a los paisanos procedentes del campo enemigo, con armas de guerra.
Orden Circular de 14 de Abril de 1937, fijando las facultades y funciones de los Comisarios y Sub-Comisarios.
Decreto de 6 de Agosto de 1937, creando en el Ministerio de Defensa Nacional el Servicio de Investigación Militar para combatir el espionaje, sabotaje, y realizar funciones de investigación y vigilancia cerca de las fuerzas armadas dependientes de este Ministerio, ateniéndose a las instrucciones que se insertan.
Decreto de 21 de Octubre de 1937, reformando la estructura y el funcionamiento de la justicia militar en el sentido de que la jurisdicción penal militar será ejercida: a) Por Tribunales Permanentes de Ejército, b) Por Tribunales Permanentes de Cuerpo de Ejército, c) Por Tribunales Permanentes de Unidades independientes y de las Zonas del interior.
Orden Circular de 10 de Agosto de 1938, prohibiendo a los Jefes de Unidades, Comisarios, etc, dirigir alocuciones o arengas a la tropa formada con ocasión de ejecutarse una sentencia de pena capital, por estimarse incompatible con lo severo y sencillo del acto, al que restarían seriedad.
Decreto de 17 de Marzo de 1939, de la Consejería de Defensa, disponiendo quede suprimida la estrella roja de cinco puntas en el uniforme y prenda de cabeza de todo el personal militar.
Decreto de 22 de Marzo de 1939, de la Consejería de Defensa, disolviendo el S.I.M. y constituyendo en su lugar la Policía Militar, con las funciones que se especifican.
ESTADO
Decreto de 21 de Agosto de 1936, declarando disuelta la Carrera Diplomática, tal como hasta el presente estaba constituida, y creando en el Ministerio de Estado la Carrera Diplomática organizada como se indica.Decretos de Hacienda
(… Hacienda… Folio 10…)
Decreto de 3 de Octubre de 1936, disponiendo que en el plazo de 30 días toda persona española individual o colectiva entregue en el Banco de España, sucursales o establecimientos bancarios el oro amonedado o en pasta, así como las divisas o valores extranjeros de toda clase que estén dentro del territorio nacional y que tuvieren a su disposición, bien en propiedad o en custodia.(…)
Decreto de 4 de Enero de 1937, disponiendo la entrega en el Banco de España del oro amonedado o en pasta, divisas o valores extranjeros, que tengan en su poder los Bancos operantes en España y que efectuarán antes del 10 de Enero actual.
Orden de 19 de Mayo de 1937, fijando un plazo de tres días para que sean depositados en establecimientos bancarios, por las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, plata pura o aleada en lingotes, pasta u otra forma que no constituya alhaja u objeto artístico de uso doméstico de comodidad o aseo, en las condiciones que se expresan.
Decreto de 22 de Agosto de 1937, ordenando a todos los establecimientos bancarios y de ahorro establecidos en las provincias de Santander y Asturias que evacúen de dichas zonas el metálico, billetes, valores y efectos que pertenezcan a su activo, así como aquellos que tuvieran confiados a su custodia por su respectiva clientela, y autorizando al Ministro de Hacienda para disponer el depósito de dichos bienes en cualquier establecimiento bancario, tanto en el territorio nacional como en el extranjero.
Orden de 6 de Enero de 1938, concediendo un plazo de 20 días para retirar todas las emisiones de vales, bonos, billetes y monedas que no hayan sido hechas por el Tesoro Público o por el Banco de España.
(Folio 11)
INSTRUCCIÓN PÚBLICA
Decreto de 27 de Julio de 1936, ordenando la expropiación de todos los edificios en que se venía dando enseñanza religiosa, así como de su material científico y pedagógico, y de todos aquellos que las Congregaciones religiosas tenían dedicados a la enseñanza en 14 de Abril de 1931, y los que, aún no dedicados a ella, estuviesen en la actualidad desocupados.
Decreto de 15 de Septiembre de 1936, disolviendo todas las Academias dependientes del Ministerio de Instrucción Pública y creando el Instituto Nacional de Cultura.
(…) Orden de 5 de Mayo de 1937, disponiendo que en todos los Centros de Segunda Enseñanza se organicen semanalmente conferencias sencillas y adecuadas, sobre el significado de la lucha que el pueblo español en armas sostiene contra el fascismo en defensa de su libertad e independencia, ateniéndose a las instrucciones que a tal fin se insertan.
 
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HISTORIA
ALFONSO FANJUL, AVIADOR CONDENADO POR “NEGLIGENCIA” Y ASESINADO EN PARACUELLOS

EL COMANDANTE ALFONSO FANJUL, HERMANO DEL GENERAL, FUE CONDENADO A TRES AÑOS DE PRISIÓN POR EL ALZAMIENTO EN CUATRO VIENTOS, Y ASESINADO EN PARACUELLOS

2 JULIO, 2011

Documentación de la Causa General sobre el aviador Alfonso Fanjul, que resultó condenado a tres años de prisión por “negligencia” en los sucesos de Cuatro Vientos, y asesinado en Paracuellos el 7 de noviembre de 1936.
La documentación es confusa porque los detalles de su condena aparecen en un relato de los sucesos de Cuatro Vientos tomados del juicio de 1936, que aparecen transcritos en 1940 y por eso dan la impresión de que Fanjul hubiera sido condenado en la posguerra. Los documentos de otro legajo dejan claro que la condena se dictó el 30 de septiembre de 1936. La ejecución el 7 de noviembre se cita en una esquela publicada en ABC el 17 de agosto de 1986, página 65. En la esquela aparece también el descendiente del general, José Ignacio Fanjul Sedeño, asesinado el 23 de agosto tras el asalto a la Cárcel Modelo.
Causa General, legajo 1517, expediente 4, folio 8
Campamento de Carabanchel. Aeródromo de Cuatro Vientos. Pieza nº 8.- Ramo nº 22. 1936. Tribunal Especial. Sumario por el delito de rebelión militar. Juez Especial Don Francisco Javier Elola y Díez Varela. Juzgado Militar de la Causa General de Madrid
(Folio 9) Don Julián Paredes Martínez, secretario de la Causa General que se instruye en averiguación de los hechos delictivos cometidos en Madrid y su provincia durante la dominación roja.
Certifico: Que examinada la pieza número 8, ramo número 22, del juicio sumarísimo por el delito de rebelión militar del Aeródromo de Cuatro Vientos de Guarnición en Campamento, instruido en Madrid en 1936 por el Juzgado Especial del que era Juez D. Francisco Javier Elola y Díez Varela, aparecen entre otros extremos los siguientes:
(Folio 23) Ninguno de los Oficiales vio por el Aeródromo al General García Antúnez ni al General García de la Herranz.
En la mañana del lunes [20] ante la propuesta del Teniente Coronel Trejo de retirarse del Aeródromo el Comandante Fanjul, el Capitán Bellod y el Capitán Gamir se opusieron terminantemente diciendo en sus declaraciones que no solamente se oponían a esta retirada sino que estaban dispuestos a defender el Aeródromo, en todo momento, con los Oficiales que se prestaran a ello.
El fallo de la sentencia fue el siguiente: Que debemos condenar y condenamos como autores de un delito de negligencia comprendido en el número segundo del Artículo 277 del Código de Justicia Militar, sin circunstancias modificativas de la responsabilidad incivil al procesado D. Alfonso Fanjul Goñiz [sic], a la pena de tres años de prisión militar correccional, a D. Antonio López de Haro y Pérez, D. Federico Bellod Keller, D. Guillermo Gamir Rubert, D. Martin Elviro Verdaguer, D. José Luis Casaux a sendas penas de dos años también de prisión correccional y a D. Manuel Tomé Laguna a un año de igual pena, abonándoles la totalidad del tiempo de prisión preventiva sufrida; todas con la accesoria de suspensión de empleo durante el tiempo de duración de la condena y con cuantos efectos señala a dicha pena accesoria el artículo 193 del Código de Justicia Militar sin hacer declaración alguna en orden a responsabilidades civiles, y debemos absolver y absolvemos a los procesados D. Manuel Lapuente Miguel, D. Nemesio Álvarez Sánchez y D. Federico Martínez de Velasco y Sembra, a quienes se pondrá en libertad si no estuvieran presos por otra causa.
Y para que conste extiendo la presente en Madrid a diez de Marzo de 1940
VºBº El Juez Instructor [rúbrica que empieza por A, más otra rúbrica ilegible. Lleva un sello con el escudo del águila, que dice: Auditoría de guerra, Juzgado de la Causa General de Madrid]
(La fecha de la sentencia es 30 de septiembre de 1936, según los documentos republicanos originales, así en legajo 1562, exp. 25, folio 4 se dice: [sello: Tribunal Especial contra la rebelión y sedición militar] Por acuerdo de este Tribunal Popular Especial y para su ejecución remito a V.S. copia testimoniada de la sentencia dictada por el mismo con fecha de ayer, en el Ramo sumarísimo de la pieza num. 8, […] contra el Comandante Don Alfonso Fanjul Goñi y otros. Madrid 1º de octubre de 1936. El Secretario [rúbrica: Ricardo Alarcón])
(Y la declaración de Alfonso Fanjul, en legajo 1517, exp. 4, folios 243 y siguientes)
En la Prisión de San Antón, Calle de la Farmacia número 13. Declaración de Alfonso Fanjul y Goñi, Comandante de Infantería. En Madrid, a 15 de agosto de 1936 ante S.S.ª, estando presente yo el Secretario, comparece quien expresa llamarse Alfonso Fanjul y Goñi [casado, de 46 años, vecino de Madrid, domicilio Cervantes 19, primero, presta promesa y dice]
que es natural de Pamplona, descendiente de Juan y Margarita y prestaba últimamente sus servicios en el Aeródromo de Cuatro Vientos.
Que el declarante estaba en Comisión de servicio concedido por el Ministerio de la Guerra para inspeccionar las secciones fotográficas de Barcelona y Poyensa en Baleares y para cumplirla hizo el viaje en avión del servicio tanto de ida como al regreso; que en Palma de Mallorca tuvo que presentarse como es costumbre al General de la Plaza que lo era el señor Don Manuel Goded con el cual no tuvo más que la conversación propia de la visita y estuvo con él muy poco tiempo y en Barcelona hizo lo mismo con el Jefe del Aeródromo de Prat el Teniente Coronel Don Felipe Díaz Sandino y concluida su misión allí regresó, llegando a Madrid el día 18 a la una y media de la mañana aproximadamente haciendo su presentación al Teniente Coronel Don Francisco León Trejo, Jefe del
(Folio 244) Aeródromo de Cuatro Vientos; que el sábado [18] por la noche tuvo noticia de que estaban avisando a los Oficiales para que fueran a Cuatro Vientos, para comprobarlo llamó por teléfono al Jefe del Aeródromo de Cuatro Vientos ya citado preguntándole que si tenía que ir todo el mundo y caso de tener que hacerlo, como estaba cansado por haber traído un viaje muy largo, si le autorizaba para hacer la incorporación a la mañana siguiente, contestó que no era imprescindible fuera esa noche y que al día siguiente le enviaría un coche para recogerle al que declara y al Comandante Don Alejandro Gómez Spencer como así lo hizo llegando a Cuatro Vientos la mañana del domingo [19] hacia las 11; que una vez en el Aeródromo no recibió ninguna orden ni intervino en nada por no tener misión ninguna con tropas ni obreros; que al anochecer se le ordenó que con otros Oficiales permaneciera en la Armería para atender a su defensa como así lo hizo observando únicamente que hacia las cuatro y media de la madrugada los Aviones de Getafe empezaron a bombardear el Campamento de Carabanchel continuando así hasta el día siguiente; que el lunes [20] a primera hora de la mañana. En este momento tiene que rectificar a lo dicho; que las primeras bombas de la Aviación cayeron sobre el Campamento los Aviones dichos en la madrugada del domingo al lunes cuando ya se veía, continuando este bombardeo de la Aviación hasta el momento de la rendición que fue a primeras horas de la tarde; que sobre las nueve y media o diez de la mañana de dicho lunes las tropas de Campamento a su vez hicieron sobre Cuatro Vientos fuego de cañón ignorando desde dónde y qué clase de piezas aun cuando por una espoleta que se recogió parecía ser de cañón de 10,5 que el bombardeo de cañón fue lento haciendo un disparo aislado de vez en cuando al campo de aterrizaje y únicamente uno dio en un barracón que había averiado dos aviones y herido ligeramente un Alférez Mecánico; que por la dirección en que tiraban pudo muy bien causar desperfectos los proyectiles de cañón en los edificios que aparecen en las fotografías que se le exhiben y que una es la torreta del campo y dos barracones de la Escuela de mecánicos; que también oyó disparos de fusilería aunque no puede precisar el sitio donde se hacían aunque cree
(Folio 245) eran hechos hacia la parte de Zapadores lado derecho de la Carretera; que hacia las seis de la tarde se acostó a dormir y a las diez de la noche le dijo el Comandante Don Niceto Rubio que de orden del Jefe se marcharan a Madrid los Jefes y Oficiales de una relación que leyó puesto que como estaba rendido el Campamento y al día siguiente no había trabajo convenía no fueran por las dificultades de alojamiento para todos; así lo hicieron a las once de la noche y se les manifestó antes de salir que estuvieran en sus domicilios y que se les avisaría cuando empezasen los trabajos para que fueran a Cuatro Vientos. Un omnibus del servicio les fue dejando [a mano en el margen: Posteriormente] la citada noche en sus domicilios. Pasados tres días y al ver no se le avisaba llamó por teléfono a Aviación en el Ministerio de la Guerra hablando con el Capitán Martín Luna el cual le manifestó no tenía que ir todavía y que permaneciera tranquilo que ya se le avisaría. Pasados un par de días de esta fecha y no teniendo aviso llamó por teléfono a la Dirección General de Aeronáutica hablando con el Comandante Don Antonio Domínguez Olarte Secretario del Director General el cual le hizo las mismas manifestaciones que las del Capitán Martín Luna en el Ministerio. Posteriormente y sin mayores noticias fue detenido y conducido a la Comisaría del Congreso por dos Policías y dos Guardias de Asalto; al día siguiente conducido a la Dirección General y el mismo día a la Prisión provisional de San Antón. En los tres sitios y a los Policías al detenerle les preguntó los motivos de su detención sin que nadie le haya dado razón de la misma sin que hasta este momento se le haya recibido declaración; que ignora si se hizo declaración de estado de guerra; que ignora que existiera un complot militar contra el Régimen o contra el Gobierno; que es hermano del General
(Folio 246) Fanjul, y con los Generales Sanjurjo, Mola, Villegas, Saliquet, González Carrasco, Orgaz y Varela no tiene otro conocimiento de ellos que el propio de militares, pero sin que haya tenido con ellos amistad ni trato ni mando directo de ninguno de ellos.
Leída la ratifica y firma con el señor Juez y el Abogado Fiscal que ha estado presente, doy fe.
M/. [Cuatro rúbricas: Fernández (y otro apellido), Alfonso Fanjul, otra ilegible precedida de P.O., otra ilegible]

Santiago Mata.
 
(mensaje citado en revisión)
a ver, el estado de derecho desapareció con el golpe militar, con el asesinato en los cuarteles de los mandos leales.
en la zona ocupada.

en la zona leal hubo que enviar al frente inmediatamente a guardia civil y de asalto junto con miles de voluntarios. los mejores y más valientes.

en la retaguardia, con pocas fuerzas del orden y mucho miliciano menos mejor y valiente el estado se vió superado por momentos y lugares, pero para 1937 las instituciones funcionaban y el Gobierno mandaba.

y por cierto, si desapareció es que existía, luego el golpe no fué para evitar una revolución comunista. que la provocara es otra historia.
 
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El Golpe de Estado del Frente Popular en las elecciones de 1936 (1º parte)
Por
Pablo Gea Congosto
(imagen visible para usuarios registrados)El Golpe de Estado del Frente Popular en las elecciones de 1936

El martes 14 de marzo de 2017 vio la luz 1936. Embeleco y violencia de los historiadores Manuel Álvarez Tardío y Roberto Villa García, que viene a demostrar, definitivamente, que las elecciones de febrero de 1936 fueron un embeleco. Inmediatamente, los inquisidores al servicio del Régimen de lo Políticamente Correcto se ponen manos a la obra y arde Twitter. Han llegado muy lejos en su propaganda manipuladora de la Historia como para permitir que los datos y las investigaciones rigurosas den al traste con sus mitos. (imagen visible para usuarios registrados)Para añadir más leña al fuego, la Ley de Memoria Histórica de Andalucía, que deja en pañales a la de Rodríguez Zapatero, institucionaliza la versión del régimen y la impone a los ciudadanos. Es muy simple: aquí había una república modélica, cuando los de la sotana, el sable y el tricornio, ayudados por los pérfidos nancy y facinerosos, decidieron acabar con los sueños de democracia de un pueblo digno, dando lugar a una guerra brutal entre los demócratas y los facinerosos, o lo que es lo mismo, entre los buenos y los malos. Pero ganaron los malos, y ahora que se tiene la sartén por el mango, hay que vengarse y tratar de ganar en la política lo que se perdió en los campos de batalla. Todo ello amparado en el muy legítimo deseo de localización y exhumación de fosas anónimas y de la adecuada compensación, digno entierro de los asesinados mediante, a lo que nadie sensato se opone.

Una República patrimonial
Pero los hechos son tozudos, y la magna sorpresa que provocó el artículo del historiador Javier Redondo en El Mundo demuestra hasta qué punto la defenestración histórica tiene éxito y el sistema educativo a la hora de enseñar fracasa. Varias obras fundamentales, entre las que cabe destacar Palabras como puños. La intransigencia política en la Segunda República Española dirigido por Fernando del Rey Reguillo, El gran miedo de 1936. Cómo España se precipitó en la Guerra Civil de Gabriele Ranzato, o El camino al 18 de julio. La erosión de la democracia en España (diciembre de 1935 – julio de 1936) de Stanley G. Payne han puesto encima lo que es una verdad a gritos: que la Segunda República fue una “democracia poco democrática”, y que ni el Frente Popular era democrático ni su gobierno tampoco.
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Pero hagamos lo que se debe y acudamos a la Historia. Empecemos por quienes han sido reivindicados como figuras democráticas paradigmáticas, con calles con cuyos nombres inundan el país como, por ejemplo, Manuel Azaña, ese para quien la República constituía nada más que un medio para un fin, concibiéndola como “suya” y de los que pensaban como él, pero ajena para el rival político y para el discrepante, como dejó claro en un debate parlamentario a la minoría agraria: “Ustedes no tienen legitimidad para venir a esta Cámara a decir si el Gobierno es o no un gobierno dictatorial; su grupo no sólo “no es republicano” sino que “no lo puede ser”, y no lo será nunca, aunque lo queráis.” Sus correligionarios no se quedaron atrás, como Marcelino Domingo: “Si se opone resistencia a la revolución social y no encuentra cauces jurídicos, los encontrará en las calles.” O Álvaro de Albornoz, del Partido Radical-socialista: “No consentiremos jamás que el Poder nos sea arrebatado por los monárquicos disfrazados de republicanos.” Este señor fue elegido el 13 de Julio de 1933 primer presidente del Tribunal de Garantías Constitucionales, precursor del Tribunal Constitucional que todos conocemos, y firmó la ley de regulación de este tribunal, la cual establecía que “la acción jurisdiccional derivada de la presente ley (…) no se extenderá, ni a las disposiciones promulgadas por las Cortes actuales antes de ser aprobada la misma, ni a los actos que el poder público haya realizado con anterioridad a su publicación”. En otras palabras, que no se podía recurrir ante dicho Tribunal las leyes de desarrollo de la Constitución aprobadas por el Parlamento, como hubiera sido de rigor en cualquier Estado de Derecho, con la idea de darle al régimen una orientación marcadamente ideológica desde el primer momento e impedir que los otros grupos parlamentarios pudieran modificarla. Muestra de ello, por si lo anteriormente expuesto no fuera suficiente, es el hecho de que no podían plantearse recursos contra las actos del Gobierno anteriores a la entrada en vigor de esta ley. Un blindaje completo.

Albornoz lo dejó muy claro al declarar a las claras que “nosotros queremos excluir (de la acción de este tribunal) toda obra realizada por estas Cortes y queremos excluirla por motivos políticos, franca y notablemente políticos, que no disimulamos un solo momento (…)” y que “por encima del Parlamento no puede haber nada que desconozca ni suprima ni cercene su soberanía.” El Radical-socialista constituyó el más numeroso de los grupos de la izquierda republicana, con una mayoría considerable y clara en las Cortes Constituyentes que elaboraron la Constitución de 1931. Jerónimo Gomáriz, fruta por esta formación remachó: “Estas Cortes no son un Parlamento cualquiera. Estamos aún (…) en una misión francamente revolucionaria y constituyente.” No era broma. Afiliados radical-socialistas en Madrid elaboraron un documento interno que avalaba la oposición a la “derecha” “con y todos los medios que fueran precisos”. Iban mucho más allá: “En caso de la conquista del poder por las izquierdas violentamente, como contestación a la violencia de las derechas, el Gobierno que se constituya gobernaría por Decretos durante el tiempo que fuera necesario, hasta llegar a la transformación del país en una profundidad y extensión tal que no pueda originarse en mucho tiempo una resurrección de los hombres de la monarquía.”
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Estos republicanos fueron los que impulsaron la muy autoritaria Ley de Defensa de la República, que establecía sanciones penales para la Apología de la Monarquía o la Crítica al Gobierno, junto con otras sanciones de carácter económico y penas de confinamiento o extrañamiento. Esta ley fue la que posibilitó que durante gran parte del período de vida de la Segunda República la censura y el recorte a la libertad de expresión fuese lo habitual, especialmente acentuado durante el gobierno del Frente Popular. La visión patrimonial que estos tenían de la República no dejó lugar a dudas cuando, tras la victoria de la CEDA (Confederación Española de Derechas Autónomas) y la constitución de un gobierno de centro-derecha presidido por el republicano liberal y centrista Alejandro Lerroux del Partido Radical con apoyo parlamentario de la primera (aunque era la más numerosa en escaños), Manuel Azaña se entrevistó con Diego Martínez Barrios, a la sazón Presidente del Consejo de Ministros, con el objetivo de invalidar el resultado de las elecciones que habían perdido, como consta en las memorias del último. El PSOE no se quedó atrás, dado el carácter instrumental con el que concebía el régimen republicano. Juan zainín, quien sería el último Presidente del Consejo de Ministros de la República durante la Guerra Civil, a instancias de la ejecutiva socialista se entrevistó con Alcalá-Zamora con la idea de convencerle de cancelar los resultados electorales, formar un gobierno liderado por republicanos de izquierda, preparar una nueva ley electoral que les beneficiase y, después, volver a celebrar elecciones. Incluso Fernando de los Ríos, Ministro de Estado en el primer gobierno de Azaña y miembro del PSOE, renegó de la República. zainín, ya durante la guerra, mantuvo una conversación con el asesor soviético Marchenko en la que, según informó este a Vorosílov, uno de los acólitos de Stalin, “No cabe regreso al viejo parlamentarismo. Sería imposible consentir el “libre juego” de los partidos tal y como existía antes, ya que en ese caso la derecha podría conseguir nuevamente llegar al poder. Eso significa que resulta imperativa o una organización política unificada o una dictadura militar. No ve que sea posible otra salida.”



1934: Insurrección
No es de extrañar, pues, que el PSOE, junto con sectores de la CNT y del PCE, intentase derrocar por la fuerza al Gobierno en lo que se ha dado en llamar la Revolución de Octubre de 1934. Protagonistas de la misma fueron el bolchevizado Francisco Largo Caballero y el imprevisible Indalecio Prieto, con un programa revolucionario redactado por este último, que incluía:
  • Separación del Ejército de toda oficialidad y reorganización sobre sus bases “democráticas”, al igual que la Guardia Civil y demás institutos armados.
  • Milicia reclutada entre los afiliados.
  • Separación de la Administración Pública de los funcionarios desafectos al régimen.
  • Disolución de las órdenes religiosas e incautación de todos sus bienes.
  • Declaración de todas las tierras como propiedad del Estado.
Prieto se encargó además de los preparativos militares, la provisión de armas, el avituallamiento general y su distribución. Otros preparativos versaron sobre el adiestramiento militar de las milicias. ¿El objetivo? “(U)n movimiento de carácter nacional revolucionario para conquistar el poder político para la clase obrera”, en palabras de Largo Caballero. El documento emitido por los dirigentes bebía directamente de Técnica del Colpo di Stato, de 1931, escrito por Curzio Malaparte, miembro del Partido Nacional Facineroso de Benito Mussolini e integrante de la Marcha sobre Roma. Cuando la sublevación estalló, la Generalitat catalana aprovechó para llevar a cabo su propio levantamiento liderado por Lluís Companys, presidente de la misma, y declarar el “Estado Catalán” dentro de la República Federal Española. Incluso Azaña preparó su propio golpe de mano -fracasado- de, en palabras de Alcalá-Zamora, “constituir en Cataluña un Gobierno Provisional”, manteniendo contactos con los autores de la sublevación y negociando los objetivos de la misma escasas horas antes de que esta se produjera. El mayor Pérez Salas, azañista, escribió:
Para evitar el otorgamiento del poder a la CEDA (…) tenía en proyecto la formación de un gobierno republicano, compuesto por representantes de los partidos que tenían mayoría en las Cortes Constituyentes. Este gobierno habría de tener su sede en Barcelona (…) por estar en ella radicada la Generalidad Catalana y contar con que las fuerzas armadas de esta lo apoyarían. Tan pronto como se cometiera el acto, que era considerado como anticonstitucional, de dar entrada en el gobierno de la República a elementos no republicanos, se declararía, desde Barcelona, la disconformidad con ese acto y se daría a conocer al pueblo el nuevo gobierno formado. Simultáneamente en Madrid y en el resto de España habría de estallar una huelga general como adhesión al nuevo gobierno. Este plan tenía grandes probabilidades de éxito, pero aun fracasando habría dado un tremendo golpe al acto de entrega de la República (a sus enemigos), que habría hecho reflexionar al señor Alcalá-Zamora acerca del paso que iba a dar.
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En Asturias desembocó en una auténtica guerra civil que hizo precisa la intervención del Ejército. El resultado fue contundente. En su fracaso, claro. 1.300 perecid y 20.000 detenidos, entre ellos Azaña, Largo Caballero y Companys. La cosa no quedó ahí. Lo que los republicanos de izquierda y los revolucionarios no habían conseguido en 1934 lo conseguirían en febrero de 1936. Largo Caballero no se cortó ni un pelo: “Yo no estoy arrepentido de nada, absolutamente de nada. Declaro paladinamente que, antes de la República, nuestro deber era traer la República; pero establecido este régimen, nuestro deber es traer el socialismo. Y cuando hablamos de socialismo, no nos hemos de limitar a hablar de socialismo a secas. Hay que hablar de socialismo marxista, de socialismo revolucionario. Hay que ser marxista y serlo con todas las consecuencias. (…) Vamos a la lucha en coalición con los republicanos con un programa que no nos satisface. (…) Tenemos que evitar la implantación del fascio por todos los medios. Ahora, por el medio legal; en octubre lo hicimos de otra manera. (…)”. Más lejos aún fue al señalar: “Que nadie se llame a engaño (…). Las derechas en España, para nosotros, deben haberse terminado ya en lo que significa gobernar nuestro país. No piense nadie en darles el Poder, porque si eso intentan, el proletariado lo impedirá.”
 
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El Golpe de Estado del Frente Popular en las elecciones de 1936 (2º parte)
Por
Pablo Gea Congosto
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Este artículo narra los acontecimientos vividos en España durante los primeros meses de 1936. Esta es la segunda parte, si quieres puedes visitar aquí la primera.

La dictadura del Frente Popular
El proceso de eliminación de las formaciones políticas de la derecha comenzó con la ilegalización de Falange en marzo y la detención de su cúpula dirigente. Aunque el Tribunal Supremo anuló la ilegalización en junio, el Gobierno directamente ignoró al Tribunal y procedió a más detenciones. De hecho, la anulación de la ilegalización ponía en teoría a los detenidos en la calle. Pero Casares Quiroga empleó sus prerrogativas para evitar que los encarcelados fueran puestos en libertad. En mayo se procedió de manera similar al disolver los sindicatos católicos, y ya en vísperas de la Guerra Civil existía la pretensión de hacer lo mismo con la formación monárquica Renovación Española. A mediados de junio se creó un Tribunal Especial para tratar las responsabilidades penales y civiles de los jueces. Se componía de 5 magistrados del Tribunal Supremo, 6 miembros designados por sorteo de entre las personas con una licenciatura universitaria cualquiera inscritos en una lista, y otros 6 miembros designados también por sorteo entre los presidentes de las asociaciones que estaban inscritas en los censos electorales sociales. Como tenía su sede en Madrid, la mayoría de estas asociaciones era de carácter revolucionario y/o afín al Frente Popular y sus políticas. De esta manera, se yuguló la independencia del Poder Judicial. Manuel Blasco Garzón, ministro de Justicia, explicó: “Prefiero el honrado juicio de los que no se han perturbado por disquisiciones de tipo jurídico, a la labor netamente técnica; porque en el fondo de todas las conciencias hay, como un manadero de agua viva, aquel sentimiento de la justicia inmanente que está por encima de los doctrinarismos”. Otras leyes completaron el trabajo, como rebajar a 65 años la edad de jubilación de los magistrados, en el entendimiento de que los de mayor antigüedad serían los más hostiles al Gobierno, y la prejubilación forzosa para los que “actúen o se produzcan con manifiesta hostilidad a las instituciones políticas que la Constitución consagra”. Por último, durante la segunda mitad de junio se comenzó a debatir una ley que establecía el cese de todos los magistrados municipales, quedando su sustitución o confirmación a discreción del ministro.
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La censura de la prensa y de la libertad de expresión y de reunión se aplicó de forma caprichosa, limitándola hasta el extremo con las formaciones opositoras y dando vía libre para las formaciones integrantes del Frente Popular o afines al mismo, entre otras cosas, bajo el paraguas del Estado de Alarma que, desde febrero, se fue renovando mes tras mes. Las milicias armadas de los partidos que constituían del Frente Popular, especialmente las del PSOE y las MAOC (Milicias Antifascistas Obreras y Campesinas) del PCE gozaron de un estatus de semi-legalidad y de impunidad para perseguir a sus adversarios políticos, en muchos casos, ante la pasividad de las crecientemente politizadas fuerzas de orden público, que hacían caso omiso, cuando no cubrían a o colaboraban con las caricia, los cacheos, los controles de carreteras, los atentados, los arrestos, los robos y las persecuciones. La Iglesia y los católicos también se llevaron su parte cuando, junto con las agresiones, quema de iglesias y expolio del patrimonio que habitualmente sufrían, se añadió la disposición de Francisco Barnés, ministro de Instrucción, el 20 de mayo del cierre de las escuelas católicas independientemente de si podían ser sustituidas por escuelas públicas o no. De esta manera, gran parte de los niños del país quedaron sin escuela al no contar el Gobierno con los recursos suficientes para la creación de escuelas públicas que las sustituyeran.

La Persecución Religiosa no comenzó, pues, con el estallido de la Guerra Civil, sino que la precedió y fue una de las causas de la misma. En palabras de Ranzato: “(…) Se puede decir que, con la sola excepción de los homicidios, todo el repertorio de actos destructivos y profanadores ya habían sido experimentados, más o menos ampliamente, en el curso de los meses que precedieron al golpe militar, porque no hubo solo iglesias y conventos devastados por las llamas.” Se trataba de “una más generalizada voluntad de impedir las más esenciales prácticas de la religión católica”. No se trataba sólo de quema de iglesias y conventos, destrucción de imágenes y patrimonio histórico o cultural, sino que se llegó a la abusa tanto de los tabernáculos como de las […] consagradas. Por no hablar ya de la profanación de las tumbas. Pero quizá lo más grave de todo fue el deseo expreso de limitar el culto religioso hasta su eliminación, como se desprende de la prohibición de los funerales católicos en algunos lugares o su gravamen impositivo, como en Puebla de Almoradiel o Santa Cruz de Mudela; o la prohibición de la distinción de la cruz en las tumbas católicas por ejemplo en Gerona, y de la celebración de festividades religiosas como la Semana Santa, véase el caso de Albacete, Ávila, Cádiz, Ciudad Real, Granada, Jaén, Pontevedra, Zamora o Palma de Mallorca. Incluso se llegó a la detención del párroco y los directores de la Cofradía de Valenciana en Murcia por orden del alcalde.
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A esto debe añadirse la sucesión de huelgas salvajes protagonizadas principalmente por la UGT y la CNT en una estrategia revolucionaria planificada, muy lejos de la pura y justa reivindicación económica, que paralizaron la economía del país durante toda la “primavera trágica”. Las ocupaciones y asalto de propiedades no sólo no eran sancionados, sino que eran legalizados a posteriori por las autoridades. Gerald Brenan señaló que “toda aquella primavera y verano estuvo consagrada a una orgía de huelgas relámpagos. Los hombres abandonaban sus tareas sin previo aviso, pidiendo grandes aumentos de salarios o jornadas de trabajo disparatadamente cortas, así como importantes indemnizaciones por los días que habían pasado en las cárceles (…). El propósito de estas huelgas era por supuesto puramente político: amedrantar y desanimar a la clase media y alentar a los trabajadores con la esperanza de la victoria que se aproximaba. Todos los negocios empezaron a perder dinero. El colapso económico era inminente.” Con el sistema económico agrario al borde de la bancarrota, el Gobierno no tuvo mejor idea que llevar a Cortes a finales de junio una ley que anulaba los efectos de la desamortización civil que se había llevado a cabo durante el siglo XIX, de manera que tales bienes sería expropiados y “volverían” a manos de Estado. El ministro de Agricultura Ruiz Funes aseguró: “Aunque nosotros hayamos decretado la libertad del mercado del trigo, no quiere decir esto que tengamos una aspiración económica de tipo liberal, y mucho menos en lo que afecta a la economía agraria. En el momento actual toda ordenación de la economía agraria tiene que venir impuesta por una acción intervencionista del Estado”. Cuando los terratenientes comenzaron a huir, el ministro de Gobernación dijo a los gobernadores civiles el 22 de mayo que fueran restrictivos en los criterios que empleaban para emitir pasaportes, de forma que se evitase que la gente huyese al extranjero, en lo que un crítico en las Cortes señaló certeramente como “obligarles a permanecer en los respectivos pueblos, sentando la novísima teoría de Derecho de invertir los destierros y deportaciones, haciéndoles de fuera a dentro”. Más leña al fuego se añadió al aprobarse una nueva ley de Reforma Agraria mucho más radical que la anterior que permitía “la expropiación total de tierras por “utilidad social” sin ninguna excepción territorial, sin limitaciones de extensión y con independencia de si los propietarios participaban o no en el cultivo de la tierra.”
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La situación era tal que en vísperas de la sublevación militar del 17 de julio se habían producido un mínimo de 273 y un máximo de 454 víctimas mortales. Ante esto, incluso alguno de entre los propios republicanos concluyó que la única solución pasaba por una suerte de “dictadura legalitaria republicana”, entre ellos Sánchez Albornoz, Sánchez Román o Martínez Barrio. Maura exigió una “dictadura nacional republicana”:

La dictadura que España requiere hoy es una dictadura nacional, apoyada en zonas extensas de sus clases sociales, que llegue desde la obrera socialista no partidaria de la vía revolucionaria hasta la burguesía conservadora que haya llegado ya al convencimiento de que ha sonado la hora del sacrificio y del renunciamiento en aras de una justicia social efectiva que haga posible la paz entre los españoles.
 
a ver, el estado de derecho desapareció con el golpe militar, con el asesinato en los cuarteles de los mandos leales.
en la zona ocupada.

en la zona leal hubo que enviar al frente inmediatamente a guardia civil y de asalto junto con miles de voluntarios. los mejores y más valientes.

en la retaguardia, con pocas fuerzas del orden y mucho miliciano menos mejor y valiente el estado se vió superado por momentos y lugares, pero para 1937 las instituciones funcionaban y el Gobierno mandaba.

y por cierto, si desapareció es que existía, luego el golpe no fué para evitar una revolución comunista. que la provocara es otra historia.
¿Cuándo has hecho un "owned"? Si te los comes todos...

Solo repites lugares comunes (argumentos de izquierda) que ya han sido refutados en este mismo hilo mil veces.
 

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