Cronología de la TRAICIÓN

RESUMEN DEL DEBATE · elaborado con IA

La crisis de Ceuta del pasado 30 de julio ha dejado imágenes que difícilmente se pueden calificar de simples incidentes migratorios. La secuencia de camiones cargados de migrantes rumbo a la frontera a las 07:00 horas, apenas cuatro horas antes de la entrada masiva, apunta a una coordinación que trasciende lo espontáneo. Sin embargo, el Gobierno insiste en que no hay nada detrás.

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Más sobre: Ceuta · Marruecos · Pedro sánchez
De verdad....dejar de informaros y de dar veracidad a cualquier video que os salga del YouTube.

Que esté en Youtube no quiere decir que sean conclusiones válidas.
 
De verdad....dejar de informaros y de dar veracidad a cualquier video que os salga del YouTube.

Que esté en Youtube no quiere decir que sean conclusiones válidas.

Mejor la Séptima, dónde va a parar...
 
Se sabe si ya dimitió alguien por lo del volcán de La Palma, lo de las compuertas en Valencia, o lo de los incendios provocados...??

Pues nada... Hasta el siguiente DESASTRE...
 
 
 

No sé si es peor la actitud de la ministra o los agradecimientos a ella de la víctima.

La náusea me impide analizarlo con exactitud.
 
Ya ni a los votantes socialistas se la cuelan como antes.

Ni siquiera a ellos.
 
ALTA TRAICION:

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre.

Artículo 582

Será castigado con la pena de prisión de doce a veinte años:

  • 1.º El español que facilite al enemigo la entrada en España, la toma de una plaza, puesto militar, buque o aeronave del Estado o almacenes de intendencia o armamento.

Artículo 583
Será castigado con la pena de prisión de doce a veinte años:


3.º El español que suministre al enemigo planos de fortalezas, edificios o de terrenos, documentos o noticias que conduzcan directamente al mismo fin de hostilizar a España o de favorecer el pogre de las armas enemigas.


Artículo 584

El español que, con el propósito de favorecer a una potencia extranjera, asociación u organización internacional, se procure, falsee, inutilice o revele información clasificada como reservada o secreta, susceptible de perjudicar la seguridad nacional o la defensa nacional, será castigado, como traidor, con la pena de prisión de seis a doce años.
Artículo 585

La provocación, la conspiración y la proposición para cualquiera de los delitos previstos en los artículos anteriores de este capítulo, serán castigadas con la pena de prisión inferior en uno o dos grados a la del delito correspondiente.
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