Consultorio de derecho laboral.

  • Autor del tema Autor del tema atika
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Buenas tardes. Por una colonoscopia de mi progenitora, ¿me corresponde un día de baja laboral?

Hola:

Depende.

Es estatuto de los trabajadores en su art 37. 3 dice

El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:
b) Dos días por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días.

Lo rojo es lo que te afecta.

¿Van a hospitalizar a tu progenitora? Si la respuesta es si te corresponden dos días. si la respuesta es no, no te corresponde nada.
¿Se considera la colonoscopia intervención quirúrgica que precise reposo domiciliario? Si la respuesta es si te corresponden dos dias. si la respuesta es no, no te corresponde nada.
Mucho ojito con el último caso: el justificante médico ha de decir que es una intervención quirúrgica, y que a su progenitora le prescriben reposo domiciliario, si no no serviría.

Más allá de estas circunstancias habría que ver si tú convenio mejora lo que dice el estatuto, pero claro, aquí no se responden dudas de convenio, porque servidor se podría volver orate. Pero tranquilo, de una lectura simple deducirás en seguida si te corresponde o no, en caso de duda pregúntales al los del sindicato firmante del convenio a ver que te dicen.
 
Por si sirve de algo, en las instrucciones que suministran para realizar una colonoscopia, uno de los apartado indica:

(mensaje citado en revisión)


PD: En hora buena a atika por el hilo.
 
Por si sirve de algo, en las instrucciones que suministran para realizar una colonoscopia, uno de los apartado indica:




PD: En hora buena a atika por el hilo.

Muchas gracias por la parte que me toca y por tu colaboración.
Una advertencia: Que recomienden eso, no quiere decir que por eso mismo te den una licencia retribuida. Las licencias son las que marca el estatuto y el convenio. Así que ceñiros a la ley.
 
Soy Asperger (66% de discapacidad) y he pasado por dos procesos de empleo público en que no han tenido en absoluto en cuenta mi discapacidad.

Puesto A- En uno para un empleo de 2 años para personas con el grado mínimo de 33% que era por puntuación de máximo de 30 lo he llevado bastante bien, pero en la prueba de la entrevista he sacado un 0/6. Han valorado cosas como mi comunicación no verbal, mi reacción ante imprevistos, etc...
Son cosas que precisamente están reñidas con mi discapacidad. Me quejo y me comentan que los TEA somos el único colectivo del que no han contratado a ni un solo miembro. A los demás les han realizado adaptaciones y les han puesto el 100% en las partes que tenían especial dificultad relacionada con cada discapacidad. Pero a nosotros en la de la entrevista que encima era la que más puntos tenía nos han puesto a la mayoría 0/6. En mi caso de haberme puesto aunque fuera un 4 habría quedado de los primeros y me habrían dado el puesto.

PUESTO B- Para la bolda de empleo de interinos del Ayuntamiento de Barcelona.
Paso varias pruebas, pero la última es una entrevista. Resulta que la puntúan y no soy de los escogidos por la mala nota de la entrevista. Hay una persona únicamente para valorar mi comunicación no verbal, y la otra me pregunta expresamente por cómo llevo los imprevistos... Es como si a un sordomudo le preguntaran por si oye unas palabras que están diciendo sin mirarles y le puntuaran negativamente...

Se supone que no puedo pasar nunca una entrevista laboral privada, y que mi única opción es empleo público. Pero si resulta que para el empleo público en el 100% de sitios me estoy topando con lo mismo... ¿qué debería hacer? ¿puedo denunciar por no darme adaptaciones como sí hacen con el resto de discapacidades?
 
Última edición:
Buenas Atika.

¿Te pueden cambiar cada 6 meses la jornada y el horario laboral?

Hoy empiezo otro cambio de horario(los cambian cada 6 meses para adaptarse al horario del parque, ya que absorbimos un turno, el cual era independiente al turno 24h que teníamos antes de la modificación).

Nos ponen ahora de:
7 a 14
14 a 21
18 a 7(13 horas que trabaja el compañero, y solo hacen este turno, yo en cambio me tienen rotando)
7 a 19
19 a 7(estos dos solo los lunes que no se abre)

Me fijado que un compañero hace el turno de mañana y tarde, haciendo 14 horas seguidas.

Y a mi, con jornada completa, me bajan 1 hora diaria(a 7 horas, teniendo los otros turnos a 8).

Esto se sucede a raíz de una denuncia que puse el año pasado.

Lo mismo es un poco lioso como lo he puesto.

Un saludo.
 
Soy Asperger (66% de discapacidad) y he pasado por dos procesos de empleo público en que no han tenido en absoluto en cuenta mi discapacidad.

Puesto A- En uno para un empleo de 2 años para personas con el grado mínimo de 33% que era por puntuación de máximo de 30 lo he llevado bastante bien, pero en la prueba de la entrevista he sacado un 0/6. Han valorado cosas como mi comunicación no verbal, mi reacción ante imprevistos, etc...
Son cosas que precisamente están reñidas con mi discapacidad. Me quejo y me comentan que los TEA somos el único colectivo del que no han contratado a ni un solo miembro. A los demás les han realizado adaptaciones y les han puesto el 100% en las partes que tenían especial dificultad relacionada con cada discapacidad. Pero a nosotros en la de la entrevista que encima era la que más puntos tenía nos han puesto a la mayoría 0/6. En mi caso de haberme puesto aunque fuera un 4 habría quedado de los primeros y me habrían dado el puesto.

PUESTO B- Para la bolda de empleo de interinos del Ayuntamiento de Barcelona.
Paso varias pruebas, pero la última es una entrevista. Resulta que la puntúan y no soy de los escogidos por la mala nota de la entrevista. Hay una persona únicamente para valorar mi comunicación no verbal, y la otra me pregunta expresamente por cómo llevo los imprevistos... Es como si a un sordomudo le preguntaran por si oye unas palabras que están diciendo sin mirarles y le puntuaran negativamente...

Se supone que no puedo pasar nunca una entrevista laboral privada, y que mi única opción es empleo público. Pero si resulta que para el empleo público en el 100% de sitios me estoy topando con lo mismo... ¿qué debería hacer? ¿puedo denunciar por no darme adaptaciones como sí hacen con el resto de discapacidades?

Hola, creo que no voy a poder ayudarte, tu problema con respecto a los procesos selectivos es derecho administrativo (O eso creo yo), no derecho laboral. No controlo ese tema y no puedo ayudarte. Lo siento.
 
Buenas Atika.

¿Te pueden cambiar cada 6 meses la jornada y el horario laboral?

Hoy empiezo otro cambio de horario(los cambian cada 6 meses para adaptarse al horario del parque, ya que absorbimos un turno, el cual era independiente al turno 24h que teníamos antes de la modificación).

Nos ponen ahora de:
7 a 14
14 a 21
18 a 7(13 horas que trabaja el compañero, y solo hacen este turno, yo en cambio me tienen rotando)
7 a 19
19 a 7(estos dos solo los lunes que no se abre)

Me fijado que un compañero hace el turno de mañana y tarde, haciendo 14 horas seguidas.

Y a mi, con jornada completa, me bajan 1 hora diaria(a 7 horas, teniendo los otros turnos a 8).

Esto se sucede a raíz de una denuncia que puse el año pasado.

Lo mismo es un poco lioso como lo he puesto.

Un saludo.

Pues efectivamente, no me he enterado de nada.

Pero creo que para no liarte deberías fijarte primero en la jornada anual contratada:
1º ¿haces al año la jornada anual contratada? Ej: 1760 horas año.
Si: Perfecto (Ver siguiente pregunta)
No. A) hago menos horas: Entonces has de ver si te pagan las todas las horas: 1. Te las pagan: Ok, silencio y a disfrutar. 2. no te las pagan: Reclamación por salarios no abonados. Si no te dan trabajo no es tu culpa.
B) Hago más horas: Denuncia a la inspección de trabajo y reclama su pago como horas extra; En última instancia niegate a hacerlas.

2º Si la jornada es correcta:
¿Haces el horario marcado en tu contrato, convenio, acuerdo etc...?
Si perfecto
No: Reclamalo. En teoría, según el TS, la modificación horaria de menos de una hora en la jornada no es una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Hasta aquí es muy bonito, pero claro, probablemente haya que mirar el convenio y los acuerdos de la empresa. Y eso yo no puedo mirarlo. Si la consulta es de horarios y es muy liosa, tal vez lo mejor sería hablar con los representantes sindicales de tu empresa a ver que te dicen. Si no hay acercarte al sindicato firmante del convenio y preguntar.
Un saludo, y si necesitas algo más.
 
Última edición:
Buenas tardes

Tiempo atras deje una empresa para ir a otra, esta primera no me pago una paga.

Hoy viendo en la web de la renta veo que en los datos fiscales est'a incluia y yo no llegue a cobrarla nunca, para mas inri me dan un buen palo.

Cual es el objetivo ed la empresa ?blanquear?
Como deberia proceder si de la empresa no recibo respuesta?
Garcias
 
Buenas tardes

Tiempo atras deje una empresa para ir a otra, esta primera no me pago una paga.

Hoy viendo en la web de la renta veo que en los datos fiscales est'a incluia y yo no llegue a cobrarla nunca, para mas inri me dan un buen palo.

Cual es el objetivo ed la empresa ?blanquear?
Como deberia proceder si de la empresa no recibo respuesta?
Garcias
Hola: El objetivo de la empresa es quedarse con tu paga para gastarselo el empresario en vicios. Ese dinero más que blanquearlo si te das cuenta se oscurece, a ver cómo justifica la empresa la posesión del mismo.

No se como has permitido que no te paguen un més (Salvo que la empresa haya quebrado). Tienes un año para reclamar por las cantidades no abonadas. Si se pasa el año bye bye. Y aún habiendo quebrado, si demandas, te paga el fogasa, si no todo, al menos una parte.
así que lo que tienes que hacer es (si no a pasado más de un año) buscar un abogado laboralista y que te haga la papeleta de conciliación e iniciar todo el procedimiento para reclamar lo que te deben. Si eres mañoso podrías hacerlo tu mismo.

Un saludo y te animo a reclamar lo que es tuyo.
 
Hola: El objetivo de la empresa es quedarse con tu paga para gastarselo el empresario en vicios. Ese dinero más que blanquearlo si te das cuenta se oscurece, a ver cómo justifica la empresa la posesión del mismo.

No se como has permitido que no te paguen un més (Salvo que la empresa haya quebrado). Tienes un año para reclamar por las cantidades no abonadas. Si se pasa el año bye bye. Y aún habiendo quebrado, si demandas, te paga el fogasa, si no todo, al menos una parte.
así que lo que tienes que hacer es (si no a pasado más de un año) buscar un abogado laboralista y que te haga la papeleta de conciliación e iniciar todo el procedimiento para reclamar lo que te deben. Si eres mañoso podrías hacerlo tu mismo.

Un saludo y te animo a reclamar lo que es tuyo.
Hola

Un pandero desde que dejas la empresa o desde el mes no pagad0 ? Espero que lo primero
La deje en mayo y seria la paga de marzo

Gracias por tu tiempo
 
Hola

Un pandero desde que dejas la empresa o desde el mes no pagad0 ? Espero que lo primero
La deje en mayo y seria la paga de marzo

Gracias por tu tiempo

Un año desde que te deben la paga. Si hiciste alguna reclamación por escrito antes, sería desde el plazo de esa reclamación. En el post 19# lo expliqué con mayor claridad. A él te remito.
Un saludo.
 
hola atika.

Primero quiero agradecerte este hilo, que sepas que es de lo mejor que hay en burbuja (y en la red). Gracias por tu tiempo y esfuerzo.

Segundo: una pregunta muy atípica ¿Un sueldo es considerado o considerable como propiedad privada?
 
hola atika.

Primero quiero agradecerte este hilo, que sepas que es de lo mejor que hay en burbuja (y en la red). Gracias por tu tiempo y esfuerzo.

Segundo: una pregunta muy atípica ¿Un sueldo es considerado o considerable como propiedad privada?

Pues para Marx si: "MARX, Carlos. Manuscritos de 1844. Economía política y filosofía. Buenos Aires, 1968, Editorial Arandú, pág. 122."

El salario es dinero, y el dinero es un bien privativo. (Sin entrar en regímenes matrimoniales) Con lo que al ser una cosa presente en el tráfico de los hombres, como tal está sujeto a sus leyes.

¿Respondida la pregunta?

Ahora pregunto yo ¿Porqué lo preguntas?
 
Hola, me gustaría consultar lo siguiente.
Mi sobrina está de baja médica y tiene como para un par de meses. Posiblemente le echen de la empresa después de salir de la baja y su intención es cobrar el paro. Lo que yo creo es que los días que está de baja no le suman para el tiempo que tiene que acumular para cobrar el paro. Le falta como un mes para poder optar y cobrar el desempleo, y mi duda es si ese tiempo en que está de baja médica por asunto no laboral, le sumará para obtener el paro.
 
Hola, me gustaría consultar lo siguiente.
Mi sobrina está de baja médica y tiene como para un par de meses. Posiblemente le echen de la empresa después de salir de la baja y su intención es cobrar el paro. Lo que yo creo es que los días que está de baja no le suman para el tiempo que tiene que acumular para cobrar el paro. Le falta como un mes para poder optar y cobrar el desempleo, y mi duda es si ese tiempo en que está de baja médica por asunto no laboral, le sumará para obtener el paro.

Hola Aurori: ¿donde has adquirido una creencia tan negativa? XD

Es broma:

Ya sea la baja por contingencias comunes (Como tu sobrina) o por contingencias profesionales (El típico accidente laboral). Cada día que pasa en la empresa, está cotizando tanto para el desempleo como para su futura pensión. Porque es obligación del empresario pagar los seguros sociales mientras que el empleado permanezca en la empresa.

Recuerda también que le pueden despedir estando de baja, con lo que tampoco descartes esa opción.

Un saludo.
 
Hola Aurori: ¿donde has adquirido una creencia tan negativa? XD

Es broma:

Ya sea la baja por contingencias comunes (Como tu sobrina) o por contingencias profesionales (El típico accidente laboral). Cada día que pasa en la empresa, está cotizando tanto para el desempleo como para su futura pensión. Porque es obligación del empresario pagar los seguros sociales mientras que el empleado permanezca en la empresa.

Recuerda también que le pueden despedir estando de baja, con lo que tampoco descartes esa opción.

Un saludo.


Muchas gracias, Atika, tanto por la información como por el hilo.
 
Pues para Marx si: "MARX, Carlos. Manuscritos de 1844. Economía política y filosofía. Buenos Aires, 1968, Editorial Arandú, pág. 122."

El salario es dinero, y el dinero es un bien privativo. (Sin entrar en regímenes matrimoniales) Con lo que al ser una cosa presente en el tráfico de los hombres, como tal está sujeto a sus leyes.

¿Respondida la pregunta?

Ahora pregunto yo ¿Porqué lo preguntas?
En política he planteado una cuestión sobre la propiedad privada y el partido emergente de moda. He hecho un paralelismo sobre la inviolabilidad del domicilio como propiedad privada y el salario como propiedad privada. Si ese partido pretende permitir a un sarracena (dueño, propietario) hacer uso de la fuerza letal para defender su propiedad privada para proteger a quienes allí residen ¿es legítimo, bajo la premisa que marco, usar la fuerza letal contra una contraparte de un contrato que no se aviene a las condiciones (convenios, pactos personales...) y obligaciones contractuales para defender la propiedad privada que es el sueldo ya que pone en peligro la integridad y seguridad de la familia y a sí mismo?

Solo es un ejercicio intelectual... no vayamos a pensar que...


Pd.- Por supuesto esto no tiene nada que ver con adscripción política alguna.
 
Pues efectivamente, no me he enterado de nada.

Pero creo que para no liarte deberías fijarte primero en la jornada anual contratada:
1º ¿haces al año la jornada anual contratada? Ej: 1760 horas año.
Si: Perfecto (Ver siguiente pregunta)
No. A) hago menos horas: Entonces has de ver si te pagan las todas las horas: 1. Te las pagan: Ok, silencio y a disfrutar. 2. no te las pagan: Reclamación por salarios no abonados. Si no te dan trabajo no es tu culpa.
B) Hago más horas: Denuncia a la inspección de trabajo y reclama su pago como horas extra; En última instancia niegate a hacerlas.

2º Si la jornada es correcta:
¿Haces el horario marcado en tu contrato, convenio, acuerdo etc...?
Si perfecto
No: Reclamalo. En teoría, según el TS, la modificación horaria de menos de una hora en la jornada no es una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Hasta aquí es muy bonito, pero claro, probablemente haya que mirar el convenio y los acuerdos de la empresa. Y eso yo no puedo mirarlo. Si la consulta es de horarios y es muy liosa, tal vez lo mejor sería hablar con los representantes sindicales de tu empresa a ver que te dicen. Si no hay acercarte al sindicato firmante del convenio y preguntar.
Un saludo, y si necesitas algo más.

Perdona Atika por tardar en responder, no paro últimamente 😵

La primera, sobre las horas extra, hago por exceso de jornada mensual, pero solo un pico de 2 horas, por tener distintos horarios(se supone que es por turnos, pero yo hago por ejemplo 7 horas, y el de la noche 13, teniendo el mismo contrato).

Así que si, tendré que reclamarlas en inspección esas horas.

La segunda, tema de convenio, contrato y tal, soy como el club del amor, 24h 7 días a la semana.

En convenio solo ponen que se podrá establecer turnos rotatorios, y que el Máximo que tenemos diario de 12h(esto por real decreto de horarios especiales).

La cuestión, era, que si nos pueden cambiar la jornada cada 6 meses(pasando de 8 horas a 7 diarias, o de 11 a 13 en turnos de noche), no siendo los turnos rotatorios uniformes para todos.

Un saludo.
 
Perdona Atika por tardar en responder, no paro últimamente 😵

La primera, sobre las horas extra, hago por exceso de jornada mensual, pero solo un pico de 2 horas, por tener distintos horarios(se supone que es por turnos, pero yo hago por ejemplo 7 horas, y el de la noche 13, teniendo el mismo contrato).

Así que si, tendré que reclamarlas en inspección esas horas.

La segunda, tema de convenio, contrato y tal, soy como el club del amor, 24h 7 días a la semana.

En convenio solo ponen que se podrá establecer turnos rotatorios, y que el Máximo que tenemos diario de 12h(esto por real decreto de horarios especiales).

La cuestión, era, que si nos pueden cambiar la jornada cada 6 meses(pasando de 8 horas a 7 diarias, o de 11 a 13 en turnos de noche), no siendo los turnos rotatorios uniformes para todos.

Un saludo.

A la luz del penoso convenio parece que sí, pero recuerda que yo no respondo dudas de convenios.
 
voy a tardar en responderte, hay tela que cortar. No tengo todo claro. Te diré algo. Pero antes dime: ¿Es una sociedad la que te contrata o es un empresario individual? De tu respuesta dependerá la mia
 
Última edición:
Hola, Atika. Hace un tiempo me respondiste una consulta sobre mi empresa, SOMOSLAOSTIABENDITA, SL, ahora la situación ha evolucionado: tenemos más o menos una fecha de finalización, el caso es que el empresario nos ha dicho a los cinco que quedamos que tiraremos un año más -con una desfachatez descomunal nos pide un esfuerzo, porque está acabando su plan de pensiones privado "cargándolo" al máximo, sí, te lo juro, es increíble la actitud de este señor-, en la misma frase nos pide reducir el salario, trabajar más -porque la empresa tiene deudas derivadas de sus apuestas financieras que nada tienen que ver con nuestro trabajo- y... para terminar, nos dijo -literalmente- que había decidido que nuestra indemnización por cierre dentro de un año la pagase el FOGASA. (Hay otros socios pero son muy minoritarios, él decide todo).

Así que llamé al sindicato. Hablé con un responsable de mi sector -creo que no con un abogado-, y lejos de tranquilizarme el representante del sindicato me ha dicho que... bueno, que ajo y agua, le ha venido a dar la razón al empresario, dice que la cosa es así: que el FOGASA nos va a pagar cuando SOMOSLAOSTIABENDITA SL cese de actividad... que no ganamos nada por ir contra el empresario -aunque el negarse a pagar su deuda con nosotros suponga, creo yo, un delito que obliga al Estado a pagar una deuda que debería pagar él....

En fin, que no sé... entiendo que el sindicato me ha aconsejado lo mejor para mí, pero me parece inmoral.

Yo he decidido trabajar esta última etapa en SOMOSLAOSTIABENDITA SL lo justo para no perjudicar a nadie. Cumplir, sin más.

Las preguntas son tres:

1) ¿Es correcto lo que el sindicato me ha dicho, que es mejor pasar de todo y que pague el FOGASA? O sea, que quien me pague no es asunto mío... (¿y no es inmoral decirme eso...?)

2) No tengo plus de dedicación exclusiva, ¿puedo proponer proyectos a otras empresas del sector sin que eso constituya "deslealtad"? Hay que tener en cuenta que un proyecto tarda un año -mínimo- en salir, así que las "semillas de proyectos" tengo que empezar a proponerlas desde cuanto antes, mejor, eso implicaría hablar con empresarios "rivales" de mi jefe. Y se lo diría, por supuesto. Él lo va a ver como una traición, y eso me da igual, pero... ¿sería algo ilegal? ¿Sería ilegal decir en una conversación con otro empresario que mi empresa cierra en un año, máximo? ¿O es mejor mantener la discreción, aunque no esté haciendo nada ilegal?

3) También tengo proyectos privados en sectores que no tienen nada que ver con SOMOSLAOSTIABENDITA SL, para los que tendría que darme de alta en autónomos... ¿si me doy de baja en el momento de los quince días de preaviso legal, podría cobrar el paro, verdad?

Respondiendo por alusiones a todo lo que cuentas:
- Mientras que estés ahí has de mantener un esfuerzo mínimo o si puedes ningún esfuerzo, trata de hacer lo mínimo posible, si puedes no hagas nada. Si no le gusta que te despida.
- Respecto a reducir el salario: Yo le diría que también estoy cargando mi plan de pensiones al máximo, que haga un esfuerzo y te suba el salario. Y respecto al horario yo le diría que me viene muy mal trabajar tantas horas, que a partir de hoy los viernes libres.
- Si la empresa tiene deudas le dices que has decidido que las pague el FOGASA... o mejor aún que se aplique la ley concursal... pero que a ti no te cuente historias.
- Cuando dice "he decido..." muestra una falta de ética profesional.
Ahora al lío:
Para cerrar la empresa primero hay que anunciar la disolución y luego proceder a la liquidación. (La personalidad jurídica se extingue con la liquidación de la sociedad y el pago de deudas, no con la disolución). Una vez que tenemos claro esto para proceder a la liquidación de deudas, lo que tendrá que hacer es aplicaros un despido objetivo (Si fueseis más de 5 trabajadores tendría que aplicar un ERE) El despido objetivo en este caso es una declaración unilateral del empresario. Solo hay que acreditar la causa y poner a disposición de los trabajadores la indemnización de 20 días por año con un límite de 12 mensualidades, o bien explicar porqué no se puede poner a su disposición la indemnización. Este despido acarrea necesariamente un preaviso de 15 días para los trabajadores. Esto se regula en el artículo 49 del Estatuto, que realmente remite al artículo 51.
Para el cese de la actividad el empresario tiene dos opciones:
a) O liquida la sociedad pagando todas las deudas (Como ya he dicho antes)
b) O declara el concurso de acreedores, que sin duda es lo que va a hacer. Lo cual implicar que va a descapitalizar la sociedad para que caiga en insolvencia, y no pagar ninguna deuda, entre ellas vuestras indemnizaciones.
Obviamente no tiene intención de pagar ninguna deuda de las adquiridas por la sociedad, con lo que le da absolutamente igual todo.

Llegados a este punto: Tienes razón, esto es un embeleco... amparado por la ley. El empresario dice: descapitalizo la empresa, concurso de acreedores y se acabó. Los únicos que podrían recriminarles algo son el resto de socios por administración desleal, pero no sé si se atreverían a hacer algo o no. En lo que a ti respecta, tendrías que probar que el empresario ha provocado dolosamente la situación... algo casi imposible de probar. Si quieres presentar una inspección adelante, pero no creo que ganes mucho. Todo esto es muy triste pero es cierto.

Todo esto responde indirectamente a tu primera pregunta. ¿Es correcto? Pues legalmente sí, sarracena no.

Date cuenta de un detalle: El hecho de que quiebre la sociedad te fuerza a que has de presentar los siguientes papeles:
- Papeleta de conciliación 100€
- Demanda 300€
- Demanda de ejecución 150€.
Hasta aquí se te va un año o dos dependiendo de mil historias. (Y eso a precio de mercado, que lo más probable es que sean más, salvo que algún sindicato te haga mejores precio)
Y después acudir al FOGASA y esperar unos 6 meses a que te pague.

¿Qué es lo que te conviene a ti? Pues demandar para convertir ese despido objetivo en improcedente, porque la indemnización es mucho mayor.

Antes de pasar a la siguiente pregunta te voy a plantear el embeleco desde el lado contrario; El embeleco al FOGASA desde el punto de vista del trabajador.
Tu empresa quiebra porque el empresario quiere.
Tu demandas a la empresa por despido improcedente, y a su vez reclamas el pago de las 12 últimas nóminas (aunque te las hayan pagado).
Llega el día del juicio, y la empresa no acude, con lo que aplicando el principio de indubio pro operario, nadie puede oponerse a tu pretensión, ni decir que te han pagado, con lo que el juez, quiera o no, se ve forzado a estimar tu demanda y le condena a pagar el despido improcedente y las 12 últimas nóminas (más intereses).
Solicitas el pago al FOGASA, este tarda pero te paga (Con los límites que marca la ley) el año completo más el despido improcedente. Que aunque no fuese el 100% del salario anual, y solo fuese el 50%... pues eso que te llevas.

¿Te ha gustado?

Ahora en respuesta a tu pregunta 2:
Sí, y si no le gusta que te despida. Aunque personalmente te aconsejo mantener la discreción.

Pregunta 3: Yo creo que sí, pero como no suelo trabajar con autónomos, no sé si hay algún requisito concreto para personas que han sido autónomos.

Un saludo.
 
Mi empresa me obliga a trasladarme a las oficinas de otra provincia, a lo que yo (para sorpresa de la empresa) acepto encantado. Cual es mi sorpresa, que una semana después, me convocan a una reunión para decirme que:
-En realidad no tenían ninguna intención de trasladarme.
-El traslado era una estratagema para que me fuera de la empresa.
-Todavía me dan la opción de irme voluntariamente arreglándome los papeles del paro y tan amigos.

Todo esto está grabado, con luz, taquígrafos y mails de por medio.
En tu opinión, ¿podría prosperar una demanda de extinción de contrato por amenazas, intento de engaña, vulneración de derechos, etc. o algo similar?
 

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