Consultorio de derecho laboral.

  • Autor del tema Autor del tema atika
  • Fecha de inicio Fecha de inicio
(mensaje citado en revisión)

Hola:
Lo primero lamento la desgracia.
Lo segundo, la seguridad social nos responde en su página web a la misma pregunta:

Es compatible el percibo de la pensión de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez con el trabajo?


Ambas pensiones son compatibles con el ejercicio de aquellas actividades, sean o no lucrativas, compatibles con el estado del inválido, siempre que no representen un cambio en la capacidad de trabajo del pensionista que pueda dar lugar a revisión por parte de la Entidad gestora. Si las actividades realizadas exceden las condiciones establecidas, serán incompatibles pudiendo suspenderse la pensión.

Si se realizan trabajos susceptibles de inclusión en algún Régimen de la Seguridad Social, existe obligación de alta y cotización, debiendo comunicar al Instituto Nacional de la Seguridad Social el inicio de cualquier trabajo por cuenta ajena o propia, salvo en el caso que derive de enfermedad profesional, en que será necesaria la autorización previa.


En el mismo sentido Art 198.2 Ley General de la Seguridad Social 8/2015

Así que sí, si podría. Un saludo.
 
(mensaje citado en revisión)

En este caso no va por grado de discapacidad (que los valora el Equipo de Valoraciones y Orientación o su equivalente autónomico). De hecho las pensiones de incapacidad equivalen a un grado de discapacidad del 33% (luego el EVO te puede sacar un 70% p.e. pero mientras no te valoren...)

Las pensiones de incapacidad absoluta y gran invalidez están exentas de tributar IRPF.

(mensaje citado en revisión)
 
Buenas tardes,
quisiera saber una duda sobre el funcionariado, por si alguien puede ayudar.
Se trata de una suspensión de empleo y sueldo derivada de una cuestión penal, con secreto de actuaciones, sin tener acceso al expediente administrativo la Administración acuerda suspensión empleo y sueldo.
La interposición de demanda, es por vía ordinaria o por vía derechos fundamentales??
saludos
 
Buenas tardes,
quisiera saber una duda sobre el funcionariado, por si alguien puede ayudar.
Se trata de una suspensión de empleo y sueldo derivada de una cuestión penal, con secreto de actuaciones, sin tener acceso al expediente administrativo la Administración acuerda suspensión empleo y sueldo.
La interposición de demanda, es por vía ordinaria o por vía derechos fundamentales??
saludos

Eso es contencioso administrativo. Yo soy especialista en social, no puedo responder a tu pregunta. Lo siento.
 
Buenos días,

¿Qué consecuencias tiene que un contrato de trabajo venga sin paginar? Osea, el número de páginas abajo?
 
Vacaciones

Hola, mi pregunta es la siguiente. Tengo contrato de un año y este empezó en Abril, por lo tanto hasta el mes de agosto he generado solo 10 días de vacaciones, pero la empresa cierra así que obligatoriamente he de hacerlas en agosto, entiendo que el mes he de cobrarlo entero, es así?
 
Se trata de falta de ocupación efectiva por parte de la empresa porque cierra y el trabajador tiene derecho a ese salario (art. 30 ET); pero bueno, sería incluso causa de suspensión de la relación laboral.

Habría que mirar el convenio y si no, negociar entre las partes (adelanto de vacaciones del próximo año... ).
 
curto gratis

Fernando Martínez Gómez Tejedor no sólo se ha caracterizado por su éxito en el trading, de hecho lo que más puedo admirar de él es su solidaridad y compromiso con las demás personas, incluso a escalas colectivas, además de preocuparse por el bienestar financiero de sus empleados, también lo hace con aquellos grupos de personas que no tienen mucho dinero a través de su fundación, además de vez en cuando se ofrece para dar clases de trading de forma gratuita, no es una persona que persiga el dinero sino más bien busca a enseñar a otros a conseguirlo por sus propios medios, es esto lo que lo convierte en hombre de gran valor y con mucha calidad humana
 
Hola,

Aquí va mi consulta.

Causé baja voluntaria en una empresa la cual no me ha pagado el finiquito y hace caso omiso a mis llamadas y correos.

¿Cual es la manera de proceder?

Indicar tambien que jamas cobre una hora extra trabajndo sábados,domingos...pudiendo demostrarlo por correos.
¿Eso tambien puedo denuciarlo?

Gracias.
 
Hola,

Aquí va mi consulta.

Causé baja voluntaria en una empresa la cual no me ha pagado el finiquito y hace caso omiso a mis llamadas y correos.

¿Cual es la manera de proceder?

Indicar tambien que jamas cobre una hora extra trabajndo sábados,domingos...pudiendo demostrarlo por correos.
¿Eso tambien puedo denuciarlo?

Gracias.

Hola:
Para reclamación de cantidades la ley te da un plazo de un año natural.
Puedes reclamar cualquier cosa que te deban que esté dentro de un año.
¿Cómo proceder? Aunque la ley te faculta para que ejerzas tu defensa, o te aconsejo que te pongas en contacto con un letrado laboralista de tu confianza y que un profesional te lleve todo el proceso. El primer paso es presentar papeleta de conciliación.
Un saludo.
 
Hola Atika, gracias por tu tiempo.

No se si esta dentro del consultorio, pero seguro que sí lo está dentro de tu experiencia y me puedes contestar.

Cuál es el motivo por el que más veces has visto que un trabajador ha sufrido un despido disciplinario por parte de la empresa?
 
Última edición:
Si el negocio se cierra por jubilación del propietario, ¿Tienen los trabajadores derecho a indemnización?

Me han dicho que no.
 
Por jubilación del empresario, un mes de salario. Sin perjuicio de que el negocio siga con sucesión de empresa y los tjdores. sigan por tanto.

Hablo de empresario físico. En caso de ser una sociedad la que contrata, SL... SA... etc. (incluso una sociedad civil que no tuviera personalidad jurídica), ésta no se jubila ni se muere. Por tanto si se quiere eliminar los puestos de trabajo habrá de ser por la vía del despido objetivo, con la consecuente justificación para ser 20 días por año.
 
Última edición:
Hola Atika, gracias por tu tiempo.

No se si esta dentro del consultorio, pero seguro que sí lo está dentro de tu experiencia y me puedes contestar.

Cuál es el motivo por el que más veces has visto que un trabajador ha sufrido un despido disciplinario por parte de la empresa?

El despido porque sí. La mayoría de despido son porque el empresario no quiere trabajar más con el empleado sin causa jurídica alguna, el trabajo son relaciones humanas y por alguna manera el jefe se cansa de su empleado y le despide. A veces ponen algo en la carta de despido para "justificar" el despido, otras directamente le reconocen la improcedencia. En la mayoría de casos se paga porque en este país el despido es libre pero no gratuito.
Un saludo.
 
(mensaje citado en revisión)

Entiendo que sí. Por ejemplo, eso lo hace Siro con el convenio de su empresa en Aguilar de Campoo, al haber heredado la anterior fábrica de Fontaneda y a sus trabajadores con sus situaciones específicas, mientras que para los contratados posteriores a esa situación establece tablas salariales "modernas" y genéricas.

---------- Post added 02-ago-2018 at 17:11 ----------

(mensaje citado en revisión)

Por ejemplo: en 2027 convivirán dos edades legales para jubilarse: con 65 años, si se han cotizado 38 y medio, y la de 67 años para los que no hayan logrado alcanzar esta cifra. Si todo te va bien después del año de excedencia imagino que nada.
 

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