No es necesario ser autónomo en los siguientes casos: si ingresas menos de 15K y si tu actividad no es habitual (1 vez cada 4 meses)

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No es necesario ser autónomo en los siguientes casos: si ingresas menos de 15K y si tu actividad no es habitual (1 vez cada 4 meses)
Mediante el modelo 036 declaras tus ingresos aunque no pagues la cuota de autónomo. (facturar cada 4 ó 5 meses)

 
No es necesario ser autónomo en los siguientes casos: si ingresas menos de 15K y si tu actividad no es habitual (1 vez cada 4 meses)
Mediante el modelo 036 declaras tus ingresos aunque no pagues la cuota de autónomo. (facturar cada 4 ó 5 meses)

Mucho cuidado con estas sugerencias.
En general la afirmación es falsa o cuando menos ce cierto riesgo si le haces caso:

  • - Menos de 15.000 €: no existe una exención automática del RETA por ese importe. [Art. 305.1 de la Ley General de la Seguridad Social]( ).
  • - Facturar cada 4 o 5 meses: no garantiza que la actividad sea esporádica. La ley no establece ese plazo. [Art. 1 de la Ley 20/2007, del Estatuto del Trabajo Autónomo]( \).
  • - Presentar el modelo 036 sin pagar cuota de autónomos: puede ser posible si no existe obligación de alta en el RETA, pero el 036 no exime de cotizar.

Creo que la "sugerencia" viene de esta jurisprudencia: la [STS de 20 de marzo de 2007, recurso 5006/2005], consideró los ingresos inferiores al SMI como indicio, no como una exención automática. La doctrina posterior del Supremo lo confirma: [referencia jurídica del BOE]( ).

Conclusión: importan la habitualidad y las circunstancias reales de la actividad, no solo cuánto facturas ni cada cuánto emites facturas. Es decir, que es subjetivo y te pueden buscar las cosquillas.

Si alguien dispone de fundamentos jurídicos en contra de lo que digo, estaré encantado de escucharle y aprender algo nuevo.
 
Y de cuánto puede ser la multa si ingresas sólo 14 K en una actividad esporádica, sin estar dado de alta como autónomo. Declaras por ello en el 036 y pagas el impuesto correspondiente.
¿La multa por el grave delito de no ser autónomo de cuanto es?
 
Ojo, por internet he leído casos de gente que no se dio de alta en SS pero sí en Hacienda. Al cabo de un tiempo les han reclamado las cuotas atrasadas de SS + 20% de recargo.

 
En este caso, si declaras el 036 y pagas el impuesto correspondiente, no hay cuotas atrasadas ¿no?
Aquí Hacienda va por un lado y la SS por otro; simplemente estar dado de alta con el 036 ya supone un cruce de datos con la SS; en el caso que la SS te reclame vas a tener que pagar todas las cuotas de autónomos desde el alta 036 más el 20% de recargo como indica un forero más arriba
 

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