La norma existe pero dice bastante menos de lo que promete el titular, y conviene saberlo antes de comprar nada contando con ella.
Es el Real Decreto 518/2026, que modifica el Reglamento General de Circulación y entra en vigor el 1 de octubre. Lo que hace no es prohibir a los ayuntamientos que restrinjan: lo que prohíbe es que restrinjan por el hecho de ser autocaravana. Cualquier limitación tiene que justificarse en motivos objetivos, y el propio texto los enumera: dimensiones, masa, seguridad vial y protección del medio ambiente. Con el nuevo artículo 156 lo que cambia es sobre quién recae la carga de justificar, no la facultad de limitar.
Y ahí está el truco. Un ayuntamiento que no te quiera dentro no va a escribir "prohibido autocaravanas", va a escribir un límite de longitud o de masa máxima autorizada. La mayoría de las autocaravanas de las que habla el hilo se salen de una plaza estándar por los dos conceptos. Siguen en pie además las limitaciones horarias por ordenanza y la prohibición de acampar fuera de zonas autorizadas, con jurisprudencia del Supremo detrás.
Lo que sí es una mejora clara, y es la parte buena de tu mensaje, es que las tres condiciones que citas vienen del artículo 92.4 y son exactamente la frontera entre estacionar y acampar. Nada que sobresalga del perímetro en planta, apoyo solo sobre neumáticos con calzos si acaso, y ningún vertido desde el habitáculo. Cumpliendo eso, dormir dentro es estacionar. Lo que ocurra en el interior no convierte el estacionamiento en acampada, y eso zanja una discusión que llevaba años dando multas.
Y ya que el hilo va de usarlas como vivienda y no como ocio, el dato que de verdad decide y que no sale nunca: el padrón. Empadronarse no exige una vivienda al uso. Si la caravana está fija en un sitio donde te llegue el correo, te empadronan sin más trámite; y si de verdad no tienes domicilio fijo, la vía es el domicilio ficticio a través de servicios sociales, que está expresamente contemplado. Eso importa porque de ahí cuelga la tarjeta sanitaria, la escolarización y cualquier prestación. Sin padrón no eres pobre con casa rodante, eres invisible administrativo, que es otra cosa bastante peor.