O también como han dicho por aquí, puedes la ayuda de los mayores de 52 años que te piden 15 de cotización y cotizas por casi 1600€.Pues ahí has dado con la clave de lo que tiene que hacer ¿no? autónomo dos añitos hasta los 71 y luego se jubila.
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O también como han dicho por aquí, puedes la ayuda de los mayores de 52 años que te piden 15 de cotización y cotizas por casi 1600€.Pues ahí has dado con la clave de lo que tiene que hacer ¿no? autónomo dos añitos hasta los 71 y luego se jubila.
Pues depende de la base de cotización, pero en el caso de tu amigo es mejor que pedir la contributiva y pedir complemento a mínimos, para que se iguale a la no contributiva.Qué pensión sería más elevada?
La de alguien que ha llegado a cotizar a jornada parcial 50% durante 15 años o una pensión NO contributiva?
Es para un amigo.
Qué pensión sería más elevada?
La de alguien que ha llegado a cotizar a jornada parcial 50% durante 15 años o una pensión NO contributiva?
Es para un amigo.
¿Y a los autónomos por qué no nos permiten cotizar sin ejercer la profesión?Cotizar sin trabajar es permitido
Cotizar sin ejercer actividad laboral está permitido en ciertas circunstancias. Para los autónomos, no se permite cotizar sin ejercer su profesión activamente, salvo en casos justificados como vacaciones o periodos de inactividad limitados.256 Sin embargo, los empleados pueden cotizar sin trabajar a través de convenios especiales con la Seguridad Social, especialmente si están cerca de la jubilación o necesitan mantener sus derechos a prestaciones.78
Para los autónomos, si la inactividad es permanente, no es posible seguir pagando la cuota de autónomos sin actividad laboral justificada.26 En cambio, los convenios especiales permiten a los trabajadores cotizar sin trabajar, manteniendo así sus derechos a futuras prestaciones y pensiones.
Lo mejor es que se acogiera a alguna vía que no le exigiera requisitos para recibir una pensión de jubilación.
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Un vecino de Burgos pierde su pensión de jubilación a los 69 años tras más de 27 de cotización en la Seguridad Social
El afectado decidió llevar su situación al Juzgado de lo Social nº 1 de Burgos, que desestimo su demanda; el Tribunal Superior de...www.cope.es
Eso es, pero no sé yo cómo estarán las cosas de hacerte autónomo, eso igual lo limitan o lo han limitado.
De todos modos una no contributiva darán, pero mientras tanto a saber.
Y como comentas, ese requisito sale por todos lados. La pensión es una cosa muy seria, la gran mayoría depende de ella para su sustento y su vida. Conviene informarse de cómo va e incluso actualizarse con los cambios.
A mí me quedan más de 25 años o 27 porque va a más, y me sé bien los requisitos. Llegar a esa edad y no haberte interesado, o que te lo mire algún conocido que sepa, es llamativo.
En serio, no os imagináis la de personas así que hay, sin haber tenido ningún problema de nacimiento.
Los autónomos son los grandes perjudicados en este país.¿Y a los autónomos por qué no nos permiten cotizar sin ejercer la profesión?
Si tengo 63 años, la mitad de mis clientes se han perecid ya y no aguanto el trote como cuando tenía 50 años ¿qué hago?
tu amigo practicamente va cobrar el IMV, o la RGI, y que de gracias.
.Lo raro es que se la concedieran alguna vez porque hay que haber cotizado no se si dos o tres en los ultimos 15 para tener derecho a ella.
Veo que no se la habían concedido sino que esperó más de la cuenta para pedirla.
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Pues lo mismo que las charo-funcis, ponerte malo y pillar una baja. Me huelo que esto va a pasar en muchos sectores en los proximos años, con jubilaciones a los 67.¿Y a los autónomos por qué no nos permiten cotizar sin ejercer la profesión?
Si tengo 63 años, la mitad de mis clientes se han perecid ya y no aguanto el trote como cuando tenía 50 años ¿qué hago?
La normativa no tiene mucho sentido. Lo suyo es que se compute la vida laboral entera y ya, sin entrar a mirar fechas. En la mayor parte de países es así pero nuestro sistema tiene extravagancias. Seguramente porque viene de uno muy paternalista del franquismo que exigia poquísimas cotizaciones para poder jubilarse (ocho años) y hasta los años 70 sólo se fijaba en tus dos últimos o mejores años. Lo curioso es que hayan dejado que pervivan requisitos del modelo antiguo cuando ahora ya te miran tus últimos 25 años.
Aquí pone
convenios especiales con la Seguridad Social
Seguridad Social: Afiliación
HOME. Apartados y Secciones destacables del portal web.www.seg-social.es
Efectivamente. Bien visto. ¿A qué actividad se ha dedicado todo este tiempo? Si viéramos una foto del presunto, igual sabríamos más cosas de un vistazo.Se ha tirado 42 años sin cotizar (venta ambulante? experto en cobre? criador vallisoletano de gallos?) y ahora quiere ayuda pública. Que se la gane.
En la carcel se cotiza. No tiene más que pasarse un par de añitos a pensión completa. Antes tiene que prestarnos un servicio a todos.
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