Prohíben hacer compras de menos de 30€ para evitar 'la picaresca' de salir a la calle

Son nulos de pleno Derecho. El Ayuntamiento carece de competencias para regular el ejercicio del derecho a la libertad ambulatoria, el derecho de reunión, y mucho menos, decirte cuánta pasta te puedes gastar.

El problema es que la leche del policía te la llevas igual, y la multa te la ponen. Si tienes tiempo y dinero, recurre...
En condiciones normales si pero estamos en estado de alarma.No se hasta que punto pueden legislar sobre todo eso...

Limitación de los derechos a través de Decretos-Ley, regulado en el art. 11 de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio.2

  • Se podrá limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarla al cumplimiento de ciertos requisitos.
  • Se podrá practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias.
  • Se podrá intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, dando cuenta de ello a los Ministerios interesados.
  • Se podrá limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad.
  • Se podrá impartir las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios y de los centros de producción afectados.
 
Solo los usuarios registrados pueden ver el contenido de este tema, mientras tanto puedes ver el primer y el último mensaje de cada página.

Regístrate gratuitamente aquí para poder ver los mensajes y participar en el foro. No utilizaremos tu email para fines comerciales.

Únete al mayor foro de economía de España

 
Solo los usuarios registrados pueden ver el contenido de este tema, mientras tanto puedes ver el primer y el último mensaje de cada página.

Regístrate gratuitamente aquí para poder ver los mensajes y participar en el foro. No utilizaremos tu email para fines comerciales.

Únete al mayor foro de economía de España

 
Solo los usuarios registrados pueden ver el contenido de este tema, mientras tanto puedes ver el primer y el último mensaje de cada página.

Regístrate gratuitamente aquí para poder ver los mensajes y participar en el foro. No utilizaremos tu email para fines comerciales.

Únete al mayor foro de economía de España

 
Solo los usuarios registrados pueden ver el contenido de este tema, mientras tanto puedes ver el primer y el último mensaje de cada página.

Regístrate gratuitamente aquí para poder ver los mensajes y participar en el foro. No utilizaremos tu email para fines comerciales.

Únete al mayor foro de economía de España

 
Solo los usuarios registrados pueden ver el contenido de este tema, mientras tanto puedes ver el primer y el último mensaje de cada página.

Regístrate gratuitamente aquí para poder ver los mensajes y participar en el foro. No utilizaremos tu email para fines comerciales.

Únete al mayor foro de economía de España

 
Solo los usuarios registrados pueden ver el contenido de este tema, mientras tanto puedes ver el primer y el último mensaje de cada página.

Regístrate gratuitamente aquí para poder ver los mensajes y participar en el foro. No utilizaremos tu email para fines comerciales.

Únete al mayor foro de economía de España

 
Solo los usuarios registrados pueden ver el contenido de este tema, mientras tanto puedes ver el primer y el último mensaje de cada página.

Regístrate gratuitamente aquí para poder ver los mensajes y participar en el foro. No utilizaremos tu email para fines comerciales.

Únete al mayor foro de economía de España

 
Solo los usuarios registrados pueden ver el contenido de este tema, mientras tanto puedes ver el primer y el último mensaje de cada página.

Regístrate gratuitamente aquí para poder ver los mensajes y participar en el foro. No utilizaremos tu email para fines comerciales.

Únete al mayor foro de economía de España

 
Bueno si esto se va de progenitora y un alcalde se cree el pequeño Dictador:

Recurso de amparo (España) - Wikipedia, la enciclopedia libre

El recurso de amparo constitucional, en España, es la vía de recurso que se interpone ante el Tribunal Constitucional frente a las vulneraciones de los derechos fundamentales recogidos en los artículos 14 a 29 y en el 30.2 de la Constitución, causada por disposiciones sin rango de ley, actos jurídicos y vías de hecho del Estado, las Comunidades Autónomas y demás entes públicos institucionales o corporativos.1

Seguimos en un Estado de Derecho, en Estado de Alarma NO puede suspenderse ningún derecho fundamental.

Se presenta este recurso y la multa se la come porque ha prevaricado, esto es valido para cualquier institución: Estado, Comunidades Autonomas o Instituciones locales. La gente debe conocer SUS derechos para poder defenderse también.

El principal problema actual es la desinformación. Recomiendo leerse La Constitución.
 
Volver