¿donde está el truco de esta web que ofrece hacerte una empresa en uk?

...Oye, ¿y dónde pagas impuestos? Entiendo que en el IRPF de España al declarar ingresos extras, pero de tus beneficios en HK ¿que te quitan? ¿Un 30% como en España?:roto2:

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No soy residente en HK, y la legislacion en ese territorio no contempla pagar nada por tener depositos (se les cae el chiringuito, claro).

No pago impuestos en ningun sitio, al menos porque mi situacion personal-profesional, me permite vivir en 3 paises diferentes, y toco tierra en cada uno cada 3-4 meses al año, asi no tengo residencia permanente, pero de todas formas, aun viviendo de forma continua en ispania tampoco me tocaria IRPF, porque no realizo ninguna actividad economica en iberia.

El IRPF era una imposicion que la nobleza del siglo I aplicaba a los plebeyos en Europa para permitirles vivir y producir en su suelo, una forma simplificada de impuesto general, que se modifico y adecuo con el paso del tiempo, pero es un timo monumental (amparado por la legislacion vigente por conveniencia de la casta, anda que son simples...)

Sds,
 
Esto no es así desde Octubre del 2013 y el nuevo tratado de doble imposición firmado entre UK y España.

Nuevo convenio de doble imposición

"According to art.13 of the 1975 DTA, any capital gain derived from the transfer of shares is exclusively subject to taxation in the Country of residence of the seller. The new DTA will shift the taxation to the country where the property is situated."

PUEDES MONTAR NEGOCIO EN UK Y VIVIR Y TRABAJARLO DESDE ESPAÑA.

Y para finiquitar:

The seller is obliged to submit a Capital Gain Tax return in Spain providing all the details and applying for the exemption on Spanish tax liability providing a tax certificate issued by the UK HMRC according to the DTA.

Cómo veis, pagas honradamente tus impuesto en UK, te dan tu certificado y ya está. Pero aquí no hay que pagar nada ni mucho menos autónomos.

Otra cosa es que te puede salir rentable según que empresa vayas a montar. Si es para un taller o tu tienda física en España te puedes ir olvidando.
Si es una tienda online con dropshipping donde no hay ni almacén propio la propiedad está registrada en una oficina de UK, por lo tanto según el nuevo convenio ya no es donde vivas ni donde tomes las decisiones.

PD: No obstante hay que valorar ahora el tema de los impuesto de UK que no son moco de pavo y si te sale mejor una offshore en otros parajes tipo Hong Kon.

Un saludo



progenitora del amor hermoso .... otro que NI idea.

CERO PATATERO en fiscalidad internacional.


Qué narices tiene que ver las ganancias patrimoniales por la venta de acciones (capital gain from the transfer of shares) con la residencia fiscal de una sociedad?

Respuesta: NADA


La normativa interna sobre residencia fiscal, es muy clara. Y no solo la interna, sino en ese convenio que mencionas, y en el antiguo también, así como en TODOS los demás convenios que España ha firmado.


La residencia fiscal de una sociedad es el país donde está localilzado el centro de decisiones de la sociedad. En una empresa unipersonal o con un socio mayoritario que tiene suficiente voto como para poder controlar la compañia, ese centro de decisión está en el país dónde esa persona es residente.

Resumiendo, una compañia de UK o de cualquier otra jurísdicción, si se controla desde España, es residente fiscal en España, y por tanto, debe cumplir con la ley española.

Lo que dice el convenio, es precisamente que UK acepta eso, igual que lo acepta España si una sociedad española es controlada desde UK.


Otro OWNED como una catedral.


Y como minimo, te van a decir que la sociedad tiene un establecimiento permanente en españa y que las ventas están vinculadas a ese establecimiento permanente, ya que el solo hecho de que una persona que toma decisiones y cierra ventas sea residente en España, ya se considera que la sociedad tiene un establecimiento permanente.

En fin ... y me citas lo del "capital gains", que no tiene absolutamente nada que ver. Una ganancia patrimonial por venta de acciones, no tiene nada que ver con la residencia fiscal de una sociedad.

Tio, estudia un poco.


Ya veremos si la empresa existe (o no), cuando deba apostillar por la Haya el certificado de constitucion de la sociedad --que demuestra su existencia en el registro mercantil britanico-- como exige la ley local, y a ver que banco te permitira tener cuenta comercial sin eso, sin ser residente, sin autenticacion de pasaportes, etc, etc...


Y veo que sigues con tus trolas y falsedades.

Claro que lo puedes apostillar !!

Mañana te haces una sociedad por £15 y acto seguido pides un "certificate of good standing", que es un documento que certifica que la sociedad existe. Eso lo llevas a la "Foreign Office" y te lo apostillan sin problemas.

Yo lo he hecho en varias ocasiones.

Asi que por favor deja de decir insensateces.
 
////

Ipod... Sin recompenza no baila el mono en el circo...
El que quiera "irse" a montarse el chiringuito en las britanias es libre de hacerlo, y luego que nos cuente su maravillosa experiencia aqui...

Ya veremos si la empresa existe (o no), cuando deba apostillar por la Haya el certificado de constitucion de la sociedad --que demuestra su existencia en el registro mercantil britanico-- como exige la ley local, y a ver que banco te permitira tener cuenta comercial sin eso, sin ser residente, sin autenticacion de pasaportes, etc, etc...

El resto es cantos de sirenas.
Blabletas de charlatanes de feria.
Hay peña que se aprovecha, estafando a sus compatriotas ante la desesperacion de querer irse de las tenazas impositivas ibericas, pero es caer en un pozo mas hondo en breve...

Recuerden > Bruselas, y la unificacion fiscal y bancaria...

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PD > En HK solo cuenta bancaria, my friend...

;)

Buenas tardes, OyF.

Gestiono una empresa británica y otra de Hong Kong y te puedo asegurar que te reciben con los brazos abiertos en ambos países, tanto para abrir cuenta bancaria comercial como para hacer cualquier tipo de gestión (siempre y cuando estés presente). No hay que pasar por notario en ninguno de los dos países, así que es posible que haya cambiado la situación frente al período que planteas en la que gestionaste una sociedad limitada en el Reino Unido.

Un saludo!

---------- Post added 22-feb-2014 at 20:29 ----------

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No soy residente en HK, y la legislacion en ese territorio no contempla pagar nada por tener depositos (se les cae el chiringuito, claro).

No pago impuestos en ningun sitio, al menos porque mi situacion personal-profesional, me permite vivir en 3 paises diferentes, y toco tierra en cada uno cada 3-4 meses al año, asi no tengo residencia permanente, pero de todas formas, aun viviendo de forma continua en ispania tampoco me tocaria IRPF, porque no realizo ninguna actividad economica en iberia.

El IRPF era una imposicion que la nobleza del siglo I aplicaba a los plebeyos en Europa para permitirles vivir y producir en su suelo, una forma simplificada de impuesto general, que se modifico y adecuo con el paso del tiempo, pero es un timo monumental (amparado por la legislacion vigente por conveniencia de la casta, anda que son simples...)

Sds,

Hola de nuevo, OyF.

Si resides más de 183 días en España al año (o tienes mujer/hijo/propiedades en España), hasta donde sé tienes la obligación de declarar sobre tus actividades en el exterior, haya habido actividad económica en España o no. Luego teóricamente ya se vería si entra el juego el tema de doble imposición o no, según dónde se haya generado esa renta (o rendimientos) y dónde se hayan pagado impuestos, si se han pagado.

Un saludo!
 
Última edición:
Hola Kernelius,

Pues si. Habran cambiado algo las cosas en uk en los ultimos años.
Ahi nunca tuve presencia fisica, solo virtual, y la gestione por agencia representativa.
Yo si pase por notario. Tengo los impresos aun y todo.

Ahora habra casos y casos.
No lo se.
Paso de las britanias.

Gracias por tu aporte.

----

No estoy mas de 90 x anio en ispania.
Sin props ni exclavitud de nada.
No existo mas desde 2010.
Iberia es una merde, Mr.

----

Sds,
 
Última edición:
Buenas tardes, OyF.

Gestiono una empresa británica y otra de Hong Kong y te puedo asegurar que te reciben con los brazos abiertos en ambos países, tanto para abrir cuenta bancaria comercial como para hacer cualquier tipo de gestión (siempre y cuando estés presente). No hay que pasar por notario en ninguno de los dos países, así que es posible que haya cambiado la situación frente al período que planteas en la que gestionaste una sociedad limitada en el Reino Unido.

Un saludo!

---------- Post added 22-feb-2014 at 20:29 ----------



Hola de nuevo, OyF.

Si resides más de 183 días en España al año (o tienes mujer/hijo/propiedades en España), hasta donde sé tienes la obligación de declarar sobre tus actividades en el exterior, haya habido actividad económica en España o no. Luego teóricamente ya se vería si entra el juego el tema de doble imposición o no, según dónde se haya generado esa renta (o rendimientos) y dónde se hayan pagado impuestos, si se han pagado.

Un saludo!

Hola Kernelius.

Yo hablo de declarar esos ingresos.
Pero mis preguntas, y las que más se hace la gente en este foro son:

- ¿Tienes la obligación de hacerte autónomo aquí? (entonces que tontería. Tema zanjado)
- ¿Pagas retenciones en UK y aquí? ¿O solo en UK y aquí al declararlo en el IRPF?
- ¿Cómo retiras tus dividendos de UK legalmente?¿Cuanto te quitan de nuevo en España?
- ¿Qué ventajas reales has encontrado entonces con tu empresa en UK?

Muchas gracias por tu tiempo.

PD: En mi caso es una tienda online. Es para ingresos extras, ya trabajo por cuenta ajena. No hay local ni almacén ni taller en España. Gracias.
 
Hola Kernelius,

Pues si. Habran cambiado algo las cosas en uk en los ultimos años.
Ahi nunca tuve presencia fisica, solo virtual, y la gestione por agencia representativa.
Yo si pase por notario. Tengo los impresos aun y todo.

Ahora habra casos y casos.
No lo se.
Paso de las britanias.

Gracias por tu aporte.

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No estoy mas de 90 x anio en ispania.
Sin props ni exclavitud de nada.
No existo mas desde 2010.
Iberia es una merde, Mr.

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Sds,

Hola, OyF.

Estoy de acuerdo en que España es terrible en materia fiscal tanto a nivel personal como societario. Por cierto, leyendo tus mensajes asumo que tienes una cuenta personal en Hong Kong. ¿La utilizas a modo de 'vault' multidivisa o de manera regular? Lo digo porque hace no mucho retiraron las visas de débito para forzar el uso Union Pay (salvo que tengas Standard Chartered o Merrill Lynch que todavía visa debit creo), que si estás en Asia está bien, pero si estás en Europa no te acepta las tarjetas nadie.

Saludos!

---------- Post added 22-feb-2014 at 21:55 ----------

Hola Kernelius.

Yo hablo de declarar esos ingresos.
Pero mis preguntas, y las que más se hace la gente en este foro son:

- ¿Tienes la obligación de hacerte autónomo aquí? (entonces que tontería. Tema zanjado)
- ¿Pagas retenciones en UK y aquí? ¿O solo en UK y aquí al declararlo en el IRPF?
- ¿Cómo retiras tus dividendos de UK legalmente?¿Cuanto te quitan de nuevo en España?
- ¿Qué ventajas reales has encontrado entonces con tu empresa en UK?

Muchas gracias por tu tiempo.

PD: En mi caso es una tienda online. Es para ingresos extras, ya trabajo por cuenta ajena. No hay local ni almacén ni taller en España. Gracias.

Buenas tardes, iPod teca.

Puedo darte respuestas a las preguntas que planteas, pero mi caso es muy distinto al tuyo, ya que tú pareces residir en España y tener elementos que te atan, al trabajar por cuenta ajena. Por lo tanto, toma mis respuestas con pinzas y es mejorar recibir asesoramiento legal que fiarse de lo que te digan en un foro de Internet.

En tu caso, teniendo una tienda online y viviendo en España, es difícil probar que el centro de decisiones está en España (lo cual podría suponer que se considere como entidad española y ajustarse a la legislación societaria española). Ten en cuenta que puedes tomar todas las decisiones necesarias para el correcto funcionamiento de la empresa en el Annual General Meeting (AGM), el cual debe ser celebrado al menos una vez al año en la oficina registrada de la empresa, por lo que técnicamente se estarían tomando las decisiones en territorio británico. El resto del año simplemente se está 'ejecutando el trabajo', no tomando decisiones. Como ves, los negocios online están sujetos a interpretación.

En cuanto a las retenciones, ¿a qué te refieres? ¿sobre el salario? ¿sobre dividendos? ¿retenciones sobre la empresa? ¿o a nivel personal? Si tu empresa británica te paga un salario, tendríamos que evaluar la cantidad. En la página web de HMRC (HM Revenue & Customs: National Insurance Contributions) puedes ver los diferentes 'thresholds' que establecen. Si cobras por debajo del lower earnings limit, no tienes que pagar ni Income Tax (IRPF), ni National Insurance (Seguridad Social) de manera obligatoria, aunque puedes contribuir de manera opcional si te interesa, para el tema de las pensiones estatales. Como ves, esto te permite tener un salario 'gratuito' (de cara al gobierno británico) de unas 5800 libras esterlinas. Si te pagas un salario superior al lower earnings limit pero inferior al primary threshold, ya incurres en carga fiscal de National Insurance, pero todavía no generas Income Tax, y si pasas el Primary Threshold, ya tienes ambas cargas.

Una práctica muy común entre empresas donde el empleador es a la vez empleado es ajustar el salario por debajo del lower earnings limit (o del primary threshold si no te importa pagar un poco de National Insurance), y luego sacar el resto vía dividendos. En Reino Unido el tema de los dividendos es un pequeño paraíso, porque las primeras 32.000 libras están exentas (véase HM Revenue & Customs: Tax on UK dividends). Por lo tanto, puedes ganar casi 40.000 libras anuales sin pagar impuestos a nivel personal (ya estás pagando Corporate Tax -impuestos de sociedades- sobre ese dinero).

Ahora bien, que en UK te permitan sacar 32.000 libras vía dividendos sin pagar un duro está muy bien, pero tenemos que tener en cuenta que, en tu caso, vas a hacer la declaración de la renta en España, pues eres residente de España, y tienes que ajustarte a los 'allowances' que permiten en España, de manera que si metes en la declaración que has cobrado 32.000 libras en concepto de dividendos te van a crujir vivo, ya que España sólo deja exentos de impuestos los primeros 1500 euros de dividendos, y unos 7000 euros de salario. Como además parece ser que tienes un salario en España, te tocará jugar con el simulador del programa Padre de Hacienda en España para ver qué combinación de salarios+impuestos es más beneficiosa para ti. Es decir, si cobras 10.000 euros de salario en UK y los declaras en España, el programa de la declaración de la renta te dirá que tienes que pagar impuestos (y los pagas en España).

En lo referente a cómo retiras tus dividendos de UK legalmente, básicamente al finalizar cada ejercicio, en el AGM puedes declarar un reparto de dividendos (siempre inferior al beneficio de la empresa, ya que de lo contrario será un dividendo ilegal), que se distribuye de manera equitativa a los accionistas de cada clase, y se emite una especie de 'tax voucher' en el que se indica el 'tax credit' y el dividendo gross. En tu caso, en España no te quitarían nada, salvo que superes el límite establecido. De nuevo, recomiendo jugar con el simulador de Hacienda para hacer distintas combinaciones entre salario+dividendos.

En cuanto a las ventajas reales de tener una sociedad británica, he encontrado muchas:
1.- Mayor prestigio de tu marca (no es lo mismo tener sede en Liverpool que en Torremolinos)
2.- Mejor sistema bancario
3.- Libras esterlinas (el euro es un fiasco)
4.- Menor impuesto de sociedades
5.- Posibilidad de no pagar Seguridad Social
6.- Combinación de salario+dividendo superior a España, sin pagar impuestos
7.- Menos burocracia para hacer cualquier cosa
8.- Posibilidad de iniciar negocios sin riesgo de perder dinero

Espero que te haya ayudado.

Un saludo!
 
El HSBC de HK opera Std Chart hace como un año para cuentas de extranjeros, aunque se ha unido al BEA desde hace mucho tiempo, que estaba mas abierto.
Los chinolis la quieren toda para ellos.

Sabes que esas cuentas ahi son para lo que son, y con ellas haces lo que haces...

;)
 
El HSBC de HK opera Std Chart hace como un año para cuentas de extranjeros, aunque se ha unido al BEA desde hace mucho tiempo, que estaba mas abierto.
Los chinolis la quieren toda para ellos.

Sabes que esas cuentas ahi son para lo que son, y con ellas haces lo que haces...

;)

Hola, OyF.

No sabía que HSBC operaba Standard Chartered para cuentas de extranjeros. Qué raro, porque Standard Chartered tiene también bastante presencia a nivel internacional, incluido London. HSBC también tiene el Hang Seng bajo su poder, así que básicamente, si lo que me indicas es cierto, tiene monopolio sobre la banca 'local' de allí, sin contar los bancos extranjeros con filiales allí (Citi, BoAML, ICBC, Bank of China...).

Por cierto, teóricamente España y Hong Kong tienen acuerdos de intercambio de información y de doble imposición (por eso Hong Kong ya no es considerado como paraíso bancario), así que realmente las cuentas no son tan opacas como puede parecer, por aquello que comentas de 'son para lo que son, y haces lo que haces'.

Saludos!
 
Última edición:
...No sabía que HSBC operaba Standard Chartered para cuentas de extranjeros...

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Extranjera es mi empresa titular de la cuenta.
Nunca fui a HK, y me gustaria conocer.
Asuntos pendientes...

... Por cierto, teóricamente España y Hong Kong tienen acuerdos de intercambio de información y de doble imposición ...

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Ni idea.
My account ahi no es personal (vale, si tienen mis datos personales) y es una cuenta de empresa fuera de la EU...

Me la bufa asienda, honestamente.
 
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Nunca fui a HK, y me gustaria conocer.
Asuntos pendientes...

Es una auténtica pasada de país, ya lo verás cuando lo visites. Y tienes Macao a una horita en ferry, por si te quieres echar unas bolillas en el Wynn...
 
Es una auténtica pasada de país, ya lo verás cuando lo visites. Y tienes Macao a una horita en ferry, por si te quieres echar unas bolillas en el Wynn...

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Hace no mucho me he estado informando en Visitar HK, y siempre digo "pronto", "pronto"...

Sds,
 
Perdonen ustedes pero Hong Kong no es ningún país, exáctamente es una "región administrativa especial de la República Popular China";

Hong Kong - Wikipedia, the free encyclopedia

Tienen un gobierno títere de Beijing y es uno de los paraisos fiscales que más ha crecido en los últimos años porque a China le conviene y será así hasta que a China le apetezca. Siendo la fábrica del mundo, China tiene una posición de fuerza como para que "asienda ejpañola" vaya a tocar las narices por mucho tratado de doble imposición que exista.

Por cierto, que el cuerpo legal de ese tratado es el mismo que permite que los chinos habran negocios en Ispanistan sin pagar impuestos, cosa que algunos creen que es una leyenda urbana a pesar de haberse posteado el texto varias veces.

---------- Post added 22-feb-2014 at 23:19 ----------

La residencia fiscal de una sociedad es el país donde está localilzado el centro de decisiones de la sociedad.

Y bueno, insultos y malas maneras a parte, que no se a que vienen a cuento, hecha la ley, hecha la trampa. Si la actividad de la empresa está completamente diversificada internacionalmente o es etérea en internet, es imposible demostrar donde está el centro de decisiones, en Hong Kong, Ispanistan o en medio de la última manifa en Kiev.

Precisamente, las empresas usan los paraísos fiscales para aprovechar los huecos legales que hay.
 
Muchas gracias Kernelius.
Sin duda, es la mejor respuesta que se ha dado en el foro sobre el tema.
Prometo cogerlo con pinzas y no escuchar cantos de sirena.

Me gustaría robarte algo más de tu tiempo para hacer una simulación sobre lo que has explicado.

Entonces, y corrígeme si me equivoco, montemos la empresa en UK o España en el IRPF nos van a crujir por tener dos salarios.
Eso ya lo sabíamos, de hecho, ya me sucedió hace años con un sueldo y un bar de copas. Y si, el palo fue considerable.

Bien, cobras más, pagas más. Aceptamos barco.

Ahora supongamos que la tienda online factura 50.000 euros brutos y que te queda (sin contar VAT), por ejemplo, 12000 euros. Esto cogido con pinzas en plan ingresos - gastos.
Si lo he entendido bien la cosa quedaría así:

España:

- De esos 50.000 tienes que devolver la parte de IVA. Al no tener gastos bestias para poder compensar de local, gasolina, etc. y sólo las facturas de compra de material, pongamos que se queda en un 10% a devolver.
Son 5.000

- Cuota de autónomos: 260 € x 12 = 3120 €

UK:

- No hay cuota de autónomos y no tienes que declarar el VAT (aunque sería prudente pagar la cuota fija).
Pero si no queremos, te pagarías los 12.000 casi íntegros.
Supongamos que decides pagar esos mínimos y fijos y pagas 3000.

En ambos casos, en España vía IRPF te clavan.

Finalmente:

- en España te podrías pagar 3880 euros[/B]. Más lo que te quiten vía IRPF
- en UK 9000 euros. Más lo que te quiten vía IRPF.

¿Es así? Por que si estos datos a groso modo son correctos esto es un robo a mano armada...

Por ultimo,
¿que banco recomiendas para abrir una cuenta y que te pongan menos pegas?

Muchas gracias.
 
Buenas tardes, iPod teca.

Entonces, y corrígeme si me equivoco, montemos la empresa en UK o España en el IRPF nos van a crujir por tener dos salarios.

No te crujen por tener dos salarios. De hecho, puedes no percibir salario en la sociedad del Reino Unido (sólo percibir dividendos) y que te crujan igual. Es cuestión de ver las cantidades, como te comentaba. España tiene otras cantidades distintas al Reino Unido en materia de 'allowances'. Por un lado, tienes un monto sobre rendimientos de capital (véase dividendos), y por otro lado rendimientos del trabajo (véase salarios). Es importante maximizar ambos allowances para poder extraer el máximo dinero posible sin atraer muchos impuestos. El simulador del programa Padre de Hacienda te ayuda a hacer estas estimaciones según tu situación personal.

Ahora supongamos que la tienda online factura 50.000 euros brutos y que te queda (sin contar VAT), por ejemplo, 12000 euros.
Como nota, si tu facturación es de 50.000 euros brutos anuales, no tienes por qué registrarte para VAT. El threshold en el que te exigen registrarte para VAT es de 79,000 libras anuales (véase HM Revenue & Customs: When to register for UK VAT). Ojo, que si no te registras para VAT tampoco puedes desgravarlo.

UK:
- No hay cuota de autónomos y no tienes que declarar el VAT (aunque sería prudente pagar la cuota fija).
Pero si no queremos, te pagarías los 12.000 casi íntegros.
Supongamos que decides pagar esos mínimos y fijos y pagas 3000.

Si te quedan 12.000 libras de beneficio:
* Si no te pagas un salario, pagas 2400 libras de impuestos (20% Corporate Tax) y puedes sacar las 12.000 libras íntegras vía dividendos, sin pagar ningún impuesto adicional al gobierno británico.
* Si te pagas salario, el salario es un gasto para la empresa, por lo que reduces el beneficio real, y por lo tanto pagas un Corporate Tax inferior. Si la cantidad del salario es inferior al lower earnings limit, no atraes Income Tax ni National Insurance Contributions.

No es conveniente ni pagarse un salario muy alto, ni un dividendo muy alto. Lo más eficiente es un equilibrio entre ambos, para extraer la mayor cantidad de dinero sin atraer impuestos. No podría decirte cuál es el mejor caso para ti, ya que desconozco cuánto cobras en tu otro trabajo, desconozco si tienes vivienda, si tienes invalidez, deducciones, si estás casado, etc. Por eso digo que jugar con el simulador de la Renta te puede dar muchas pistas sobre la combinación óptima para ti.

¿que banco recomiendas para abrir una cuenta y que te pongan menos pegas?
HSBC no suele poner muchas pegas. Desconozco el resto.

Lamento ser tan poco preciso, pero como ves el tema del Income Tax o IRPF es algo muy personal, ya que desconozco tu situación personal.

Un saludo!
 
Kernelius, muy muy interesantes tus aportaciones.

Como nota, si tu facturación es de 50.000 euros brutos anuales, no tienes por qué registrarte para VAT. El threshold en el que te exigen registrarte para VAT es de 79,000 libras anuales (véase HM Revenue & Customs: When to register for UK VAT). Ojo, que si no te registras para VAT tampoco puedes desgravarlo.

Entiendo que si tu facturación base es inferior a 79.000 GBP, no tienes que registrarte para VAT y por tanto lo ingresado es íntegro para ti. Dos preguntas:

1) Si tu facturación base es de 80.000 GBP, estás obligado a registrarte de VAT y "recudar" el VAT correspondiente. Pero por las 80.000 GBP o solo por las 1.000 GBP que superan dicho límite?

2) Esto debe ser así seguro para comercio "interno" de UK, pero si tus clientes (de servicios online) son particulares, por ejemplo españoles, y por tanto estás obligado a recaudar el IVA español del 21%, sigue siendo válido el límite de las 79K GBP?

gracias.
 
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