Gorgojo Rojo
Madmaxista
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Los funcionarios no tienen un régimen de "despido" como el establecido en el Estatuto de los Trabajadores. De hecho, la pérdida de la condición de funcionario de carrera solo puede producirse por causas tasadas de las que cabe destacar la sanción disciplinaria de separación del servicio que tuviere carácter firme (art. 63 del Estatuto Básico del Empleado Público).No hay que indemnizar? No estarán blindados de algún modo? Lo digo sin tener ni idea del tema