"El precio de mercado es un indicador relevante para decidir hacer nuevas inversiones en centrales, pero no tendría que aplicarse como precio de venta de la energía producida por las centrales que ya existían al aprobarse la ley de 1997, cuya decisión de inversión se tomó en base a la ley anterior, que les reconocía la recuperación de los costes, que les fueron luego asegurados por los CTC (Costes de Transición a la Competencia) que cobraron íntegramente."
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"El sistema regulatorio vigente es intrínsecamente amenazante para los consumidores, porque incentiva a que las empresas traten de equilibrar la demanda con la oferta de la central más cara, que marcará el precio al que les tendrán que remunerar toda su producción, incluida la de las centrales hidráulicas y nucleares.
Todo ello genera un sobrecoste eléctrico que es gravoso para todos los consumidores, que dificulta la competitividad de las empresas españolas y genera desconfianza en el precio de mercado. ¿Cómo puede liberarse a los consumidores eléctricos de esta especie de nuevo impuesto feudal?"
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Hay que señalar al respecto la enorme cuantía de la diferencia entre los costes de producir la electricidad en las centrales existentes, tanto nucleares como hidráulicas, y el precio de venta de mercado. En el caso de Garoña, esta diferencia puede alcanzar en 10 años de prolongación de vida un orden de magnitud de 1.500 millones de euros. Para la totalidad del parque nuclear, podría suponer en 10 años entre 15.000 y 25.000 millones de euros; para el conjunto de hidráulicas y nucleares, unas cifras dobles de las anteriores.
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El Libro Blanco proponía "mantener el equilibrio económico equitativo entre generadores y consumidores" y consideraba "gravoso para los consumidores el continuar pagando a precio de mercado la electricidad producida por instalaciones cuyos costes de inversión han sido ya totalmente garantizados (hoy pagados) por estos mismos consumidores". En sus recomendaciones consideraba diferentes alternativas, entre ellas la de liquidar la energía producida en dichas centrales por diferencias entre el precio de mercado y el aceptado por las empresas en la promulgación de la ley de 1997, con las actualizaciones correspondientes, de forma que se minorara el precio a los consumidores
La CNE ha puesto de manifiesto en su Informe Complementario sobre precios y costes de la generación eléctrica de mayo de 2008 "su preocupación en relación con los altos precios del mercado que están poniendo de manifiesto una importante y sostenida divergencia con los costes de generación". Indica asimismo que "los cambios producidos en el modelo regulatorio retributivo han desconfigurado su coherencia interna y disminuido su capacidad para revelar los costes de generación, poniendo de manifiesto la apertura de una importante brecha entre los precios que determina el mercado para la generación de la electricidad y los costes de generar esa misma electricidad".
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"Las eléctricas españolas consiguieron que el Gobierno de Aznar les aprobara un alargamiento de vida a 65 años de las concesiones hidroeléctricas, sin subastarlas y sin ninguna elevación del canon para compensar el sobre beneficio regulatorio por pasar, con la ley de 1997, de vender la electricidad a un coste de "barril de agua" a un precio de "barril de petróleo". Ello implicó una apropiación privada de un beneficio generado por una decisión normativa, con manifiesto perjuicio del interés general."