Sentencia judicial: Deliveroo tendrá que tener como asalariados a sus repartidores, que hasta ahora eran falsos autónomos

Anónimo222

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La Seguridad Social gana el macrojuicio contra Deliveroo: los ‘riders’ son asalariados, no autónomos

La Seguridad Social ha ganado su primer gran pulso contra la empresa de reparto a domicilio Deliveroo. La justicia le da la razón en el macroproceso celebrado en mayo en Madrid y considera que los repartidores de esta compañía, los conocidos como riders y que habitualmente reparten en bicicleta, son asalariados, y no autónomos, como defiende Deliveroo (a través de su matriz, registrada con el nombre Roofoods). Así, como asalariados, deben ser dados de alta en este régimen y cotizar como empleados por cuenta ajena. Ante el fallo, del Juzgado de lo Social número 19 de Madrid, ahora cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Termina así la primera gran batalla en la guerra por aclarar si los repartidores de las plataformas digitales son asalariados o autónomos. El juicio se celebró el pasado mes de mayo en Madrid y ponía en el centro de la diana a Deliveroo tras el acta de la Inspección de Trabajo que, a comienzos de 2018, obligaba a la empresa de reparto de comida a domicilio a contratar como asalariados a 532 repartidores, los llamados riders.

"Fallo estimando la demanda interpuesta por la Tesorería General de la Seguridad Social, contra Roofoods Spain y las personas físicas indicadas en el encabezamiento, con personación de los sindicatos CC OO y UGT, declaro, con los efectos legales correspondientes, que los trabajadores codemandados estaban sujetos a una relación laboral con Roofoods Spain en el tiempo en el que prestaron respectivamente sus servicios en el período que abarca el acta de liquidación, condenando a la indicada sociedad a estar y pasar por ello", señala el fallo, con fecha de este lunes 22 de julio.
 
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