Inquisición
El término Inquisición (latin: Inquisitio Haereticae Pravitatis Sanctum Officium) hace referencia a varias instituciones dedicadas a la supresión de la herejía en el seno de la Iglesia Católica. La Inquisición medieval, de la que derivan todas las demás, fue fundada en 1184 en la zona de Languedoc (en el sur de Francia) para combatir la herejía de los cátaros o albigenses. En la Edad Moderna surgieron la Inquisición española (1478 - 1834), bajo control directo de la monarquía hispánica, cuyo ámbito de acción se extendió después a América; la Inquisición portuguesa (1536 - 1821) y la Inquisición romana (desde 1542 hasta la actualidad)
Proceso penal
Al llegar a una población se proclamaban dos edictos, el "edicto de fe", obliga a los fieles, bajo pena de excomunión, a denunciar a los herejes y cómplices, y el "edicto de gracia", en que el hereje, en un plazo de quince a treinta días, podía confesar su culpa sin que se le aplicase la confiscación de sus bienes, la prisión perpetua ni la pena de muerte. Esto provocaba autoinculpaciones, pero también numerosas delaciones, protegidas por el anonimato.
Los denunciados no conocían en ningún momento de qué se les acusaba. El secreto sumarial con que el Santo Oficio llevaba sus procesos, con el fin de evitar represalias, provocaba un gran temor en la población y convertía a cualquier ciudadano en un posible delator o colaborador del tribunal.
El detenido era encarcelado en una guandoca especial. Se secuestraban sus bienes para su mantenimiento y los gastos de su proceso. Incomunicado, el reo ignoraba a menudo por completo los cargos que se le imputaban. El proceso consistía en una serie de audiencias en que se escuchaba a los denunciantes y al acusado. Este último contaba con un abogado defensor, que no la defendía sino meramente le amonestaba a que confesase sus culpas o le asesoraba en cuestiones de procedimiento.
Para obtener la confesión se podía utilizar la coacción; ya sea mediante la prolongación de la prisión(carcer durus), ya sea por la privación de alimentos, o bien, en útlimo lugar, por la tortura.
Al final, y después de consultar al jurado, el proceso podía terminar con la libre absolución (en pocos casos), con la suspensión del proceso o con una condena. La condena podía ser leve o vehemente. En el primer caso el castigo podía ser una multa, una reprensión y llevar un sambenito para que la gente supiese que había sido penitenciado por el Santo Oficio y prestase atención a lo que decía por si volvía a cometer herejía En el segundo caso, era, según la fórmula, "relajado al brazo secular", esto es, entregado a la jurisdicción ordinaria para su ejecución.
Si el reo a ajusticiar se arrepentía, se le ahorcaba (baja condición social) o se le degollaba (alta condición social); si no abjuraba de sus errores, se le quemaba vivo. Los procesos podían hacerse también en ausencia del reo, de forma que si se sentenciaba al mismo a la máxima pena, se les podía quemar en efigie, en forma de un muñeco con sus rasgos.
Si el reo había muerto ya, se desenterraban sus huesos y se quemaban. Eso pasó, por ejemplo, con los padres del humanista Juan Luis Vives.
Las ejecuciones se realizaban en los autos de fe, actos públicos en los que se buscaba la ejemplaridad del castigo y que terminaron convirtiéndose en aparatosos festejos