jajajajajajaja...."usted no me puede detener que es policía local"...............ahahahahahahahahahahahahahahhaahahahahahah
"sus atribuciones son como máximo la """""retención""""".....figura que no existe
tiene que llamar a la guardia civil que son la autoridad blaHBLAHBLAH....dependiendo del sitio se reparten las competencias las policías locales, autonómicas, guardia civil y policía nacional, un ejemplo: el que más te va a romper el trastero es un policía local en Bilbao, a no ser que...pfff...no sé, tienes que dar de baja de la suscripción de la vida a alguien para que se mueva la ertzaintza.
derechos bien aprendidos dice....
A ver, estulto profundo, ni me voy a leer tus hezs de argumentos desde que el primero es que "La policía local no es por definición policía judicial", estulto, LA POLICÍA LOCAL SON AGENTES DE LA AUTORIDAD AL IGUAL QUE CADA UNA DE LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO, tienen exactamente la misma consideración y artribuciones, otra cosa es el reparto de competencias, pero cada una de las policías pueden intervenir, incluso fuera de sus competencias, y posteriormente se determina a quien compete la instrucción de lo que fuere. LA POLICÍA LOCAL ACTÚA COMO POLICIA JUDICIAL EN MULTITUD DE OCASIONES, ANAL-FABETO.Retener o detener: ¿Hay o no hay un término intermedio?
Las funciones de la policía local es poner multas y RETENER hasta que llegue policía nacional, guardia civil o seprona según las competencias y si se tratase de un militar bajo las órdenes del código castrense.
Creo que de todos modos lo dice por los guardias jurados y de seguridad que esos aunque lleven porra y esposas no pueden detener, solo retener, de hecho la Ley Mordaza creo que es el Art. 5 y el 24 los que tratan el tema soslayadamente.
De hecho cualquier persona puede "retener" a un delincuente in fraganti dentro de este deber de colaboración. Y por qué se habla de retener y no de detener? Pues porque obviamente si pusieses esas palabras se llenaría esto de sheriffs metiendo en el calabozo a la gente, lo cual es distópico pero visto lo visto puede llegar.
La policía local no es por definición policía judicial, que solo lo son Policía Nacional y GC según la LOPJ , cuestión diferente es que a determinadas horas, por la noche a menudo, conecten ambas emisoras y se puedan presentar indistintamente, pero cada uno debería tener claras sus funciones.
Policía Judicial de España - Wikipedia, la enciclopedia libre