Pedro va adelantar las elecciones el lunes.

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Cuando Sánchez dimita, aquí están las claves de lo que va a suceder:

  1. Convocatoria de Elecciones: La Constitución establece que solo se pueden convocar elecciones anticipadas un año después de la disolución anterior de las Cortes Generales. Dado que las Cortes se disolvieron el 29 de mayo, no se podría convocar un nuevo proceso electoral hasta esa fecha2.
  2. Gobierno en Funciones: Si Sánchez dimite, el Gobierno quedará en funciones. El artículo 101 de la Constitución establece que “el Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su presidente”. El Gobierno en funciones se limitará al despacho ordinario de los asuntos públicos y facilitará la toma de posesión del siguiente gobierno2.
  3. Nueva Investidura: Tras cesar, el mismo artículo de la Constitución indica que “el Gobierno cesante continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno”. El Rey deberá proponer un nuevo candidato a la Presidencia del Gobierno. En la investidura, el candidato deberá obtener la mayoría absoluta del Congreso en la primera votación o la mayoría simple en una segunda votación 48 horas después
 
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