No hay mucho más que añadir la verdad. Mi cerebro no fue capaz de procesar que el elemento este realmente hizo el comentario de que Bulgaria o Rumanía también deberían ser considerados paraísos fiscales, puesto que tienen un IRPF muy bajo (Andorra "evidentemente" lo es también según él, quién necesita más argumentos).
Tócate-los-narices.
Seguro que Montoro aprueba estas declaraciones, que son una demostración de estulticia desde luego, pero están al servicio del saqueo de nuestro dinero que es de lo que se trata.
Leamos el texto actualmente en aplicación sobre por qué algunos países dejaron de considerarse paraíso fiscal. Esto ya lo explicó perfectamente hace poco el famoso Wall Street Wolverine por cierto.
Anexo V. Paraísos fiscales
- Tendrán la consideración de paraíso fiscal los países o territorios que se determinen reglamentariamente. En tanto no se determinen, tendrán dicha consideración los países o territorios previstos en el artículo 1 del Real Decreto 1080/1991, de 5 de julio, por el que se determinan los países o territorios a que se refieren los artículos 2, apartado 3, número 4, de la Ley 17/1991, de 27 de mayo, de Medidas Fiscales Urgentes, y 62 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991 (Disposición Transitoria Segunda Ley 36/2006).
Desde 2 de febrero de 2003, fecha de entrada en vigor del Real Decreto 116/2003, de 31 de enero, se incorporó al Real Decreto 1080/1991 una disposición según la cual dejarán de tener la consideración de paraíso fiscal aquellos países o territorios que firmen con España un convenio para evitar la doble imposición internacional con cláusula de intercambio de información o un acuerdo de intercambio de información en materia tributaria en el que expresamente se establezca que dejan de tener dicha consideración, desde el momento en que estos convenios o acuerdos se apliquen.
Los países o territorios a los que se refiere el párrafo anterior volverán a tener la consideración de paraíso fiscal a partir del momento en que tales convenios o acuerdos dejen de aplicarse
En base a los párrafos anteriores han salido de la lista original los siguientes territorios: Principado de Andorra, Antillas Neerlandesas, Aruba, República de Chipre, Emiratos Árabes Unidos, Hong-Kong, Las Bahamas, Barbados, Jamaica, República de Malta, República de Trinidad y Tobago, Gran Ducado de Luxemburgo, República de Panamá, República de San Marino y República de Singapur.
En consecuencia, la vigente lista de territorios, con las modificaciones derivadas y que se deriven de lo establecido en el Real Decreto 116/2003, seguirá siendo de aplicación en tanto no se apruebe una nueva relación.
A partir de 1 de enero de 2015 la relación de países y territorios que tienen la consideración de paraísos fiscales se podrá actualizar atendiendo a los siguientes criterios:
- La existencia con dicho país o territorio de un convenio para evitar la doble imposición internacional con cláusula de intercambio de información, un acuerdo de intercambio de información en materia tributaria o el Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal de la OCDE y del Consejo de Europa enmendado por el Protocolo 2010, que resulte de aplicación.
- Que no exista un efectivo intercambio de información tributaria.
- Los resultados de las evaluaciones inter pares realizadas por el Foro Global de Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales.
- En consecuencia, a partir de la entrada en vigor de esta modificación la actualización de la lista no tendrá carácter automático, sino que deberá realizarse de manera expresa y, a esos efectos, se tendrán en cuenta los antedichos criterios.
El resaltado con subrayado es mío. Creo que está bastante claro el criterio ¿no?.
Aquí la fuente con la lista oficial (no la de Echenique) de paraísos fiscales del pseudo reino de España. Es bastante fácil de encontrar también el convenio entre España y Andorra.
A partir de ahí que hable del tema alguien que sepa. Desde luego Echenique no entra en esa categoría.