Legalidad de hacer comida en un parque

emboliacerebral

Pompero
Desde
14 Sep 2021
Mensajes
1
Reputación
1
Hola, buenas:

Tenía intención de hacer una paella (quemador de butano) en un parque de madrid (a las afueras, poco transitado). El caso es que me ha surgido la duda de si era legal o no. Quería consultar por si alguien del foro sabe/se ha enfrentado a esta situación. Mi proceso ha sido el siguiente:

1) He encontrado esta web de Madrid donde regula los usos del fuego, pero especifica que es de ámbito estrictamente forestal, y mi intención es hacerlo en una explanada de arena en medio de un parque, con lo que queda descartado.
2) Desde esa web enlazan al siguiente texto legal, donde comenta que para este tipo de actividades, en suelo urbano, lo regula el ayuntamiento de madrid.
3) Llamando a los teléfonos de ese sitio, me comentan que ellos no saben, que llevan el tema forestales, que lo consulte en el 010.
4) En el 010 tampoco saben sobre la legalidad del asunto, y me dicen que eso es cada distrito quien puede otorgar los permisos necesarios. Me dan los números del departamento jurídico y de medio ambiente.
5) Llamo al departamento jurídico, y tras una espera me dirigen al artículo 74 de este decreto, que limita la vía pública en usos privativos. La propia abogada que me contesta me dice que claro, en ese caso tampoco se podrían hacer meriendas en parques pero que sí se hacen. Que la cosa está en si traes la comida de casa, o la preparas allí, que prepararla no vale. En fin, que me da la sensación de que no se quería pillar las manos.
6) Llamo al departamento de medio ambiente, tampoco tienen ni idea del tema, tras esperar un rato me dicen que no se puede si la zona no está habilitada para ello. Pero claro, las zonas habitualmente habilitadas para estos temas son para barbacoas, que tienen un peligro mayor al poder emitir chispas, brasas, etc. Yo voy a usar un quemador de gas. Hay un pequeño comentario aquí sobre el uso de barbacoas, de nuevo dice que cuidadín con los terrenos forestales, nada de terrenos urbanos.
7) Sigo investigando y encuentro esta web sobre el fuego en madrid (que deroga el decreto del punto 2). Parece que promete porque incluye algo más de información respecto a fuego en terrenos no forestales. Dice que puedes obtener autorización desde el ayuntamiento. ¡Pero ahí es precisamente donde me han dicho que no se puede! En ese mismo .pdf, encuentro la siguiente frase en el "anexo 2.3 Acciones o actividades susceptibles de autorización". Una de las cosas que lista es el "Empleo de fuego en fiestas y romerías tradicionales, eventos culturales, festejos o similares [...]". Total, que parece que podría ser legal y todo (previa autorización).

Mis conclusiones son:
1) Que las leyes están solo regulando el fuego en terrenos rurales, y nadie tiene ni idea de qué hacer en el ámbito urbano.
2) Que no hay una prohibición explícita de hacer fuego en terreno urbano (de hecho, en tu casa puedes montarte el quemador sin avisar a nadie).
3) Que en las ciudades nadie se preocupa de estas cosas y por tanto nadie sabe qué hacer (en un pueblo no habría habido problema).

Entonces la pregunta es: Alguien sabe si se puede hacer una paella en un parque de madrid, con un quemador de gas? Hay alguna ley que lo permita/prohíba? Específicamente estaría buscando leyes sobre hacer fuego en zonas públicas urbanas. No he sido capaz de encontrar más que lo que enlazo.

Un abrazo y gracias!

P.D: Siendo nuevo (en postear) en el foro, lo meto en política porque es lo más parecido a tema legal que he encontrado. Espero que esté el mensaje bien ubicado.
 
La verdad es que no te sabría decir... normalmente cuando he ido a hacer paellas o barbacoas he ido a lugares habilitados, con sus torradores y tal.
Hacer paella en la calle el 9 de octubre en la Comunidad Valenciana no te dicen nada porque es tradición, pero si salieses otro día cualquiera tengo mis dudas de que no fuesen a llamarte la atención...
¿Quizá puedas consultarlo con el ayuntamiento?
 
Volver