La deuda hipotecaria no es personal desde Ley Concursal de 2004

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Madmaxista
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Muy buenas:

Más de 150 familias se declaran en quiebra para evitar reclamaciones hipotecarias...

http://www.expansion.com/edicion/exp/economia_y_politica/economia/es/desarrollo/1027130.html

Publicado el 18/08/2007, por María Tejo

Los expertos advierten de que una nueva escalada de los tipos de interés puede elevar el número de familias que, de acuerdo con la Ley Concursal, podrán evitar embargos al declararse insolventes.

Comienza la lucha por la supervivencia. La crisis hipotecaria desencadenada hace unos meses en EEUU ha contribuido a dibujar un escenario nada halagüeño para la economía de las familias. Como consecuencia de los impagos contraídos por los residentes del otro lado del charco, a través de las denominadas hipotecas de alto riesgo, la falta de liquidez ha empalidecido durante la semana el juego bursátil y las operaciones financieras. Los bancos han cerrado sus grifos y la falta de financiación dificultarálos intentos de compra empresarial. Ahora bien, las sociedades no serán las únicas víctimas.

Los expertos advierten de que si el Banco Central Europeo (BCE) eleva los tipos el próximo septiembre, hasta el 4,25% previsto, la consecuencia será un nuevo encarecimiento de la cuota de los préstamos que los españoles deben pagar a sus entidades bancarias. Y ello será aún más para las familias españolas que presentan los primeros síntomas de asfixia. Por el momento, ya destinan el 45% de su renta a la compra de la vivienda, un compromiso de pago al que el euríbor, por cierto, le ha puesto la zancadilla: El índice de referencia del precio de las hipotecas alcanzó la semana pasada el 4,65%, un nivel récord desde 2001, afectando a nueve de cada diez aspirantes a propietarios, que deberán desembolsar 1.051 euros adicionales al año (para una hipoteca a 25 años de 150.810 euros) para convertirse, definitivamente, en los dueños y señores de su casa.

Pero el peligro del sobre endeudamiento –que podría copar en 2008 al 95% del PIB, según un informe de la UE y tantas veces alertado por el Banco de España–, es ya una realidad para cientos de familias. Y, esta vez, las entidades bancarias no están por la labor de facilitar más la inyección de dinero en el bolsillo del consumidor . La escapatoria, según los expertos, puede pasar por que las familias se auto declaren en quiebra, una posibilidad que contempla la Ley Concursal de 2004 y, hasta entonces, de uso exclusivo por parte de las empresas.

Se trata de una medida poco conocida hasta el momento, pero que según Manuel Colinas (Instituto de Estudios Económicos) "cobrará más que importancia en los próximos meses", a raíz de la tormenta financiera desatada en EEUU.

Los expertos llaman la atención sobre este fenómeno, que irá en "aumento constante" a medida que se popularice. Desde que en marzo de 2005 una familia catalana se declaró en quiebra, otras 157 familias se han refugiado en este particular paracaídas. De hecho, según el INE, en el último trimestre el número de casos creció un 29% respecto a 2006.

Eso sí, el procedimiento está sometido a una serie de reglas: el endeudado debe recabar los datos necesarios que constanten la imposibilidad de afrontar los pagos; si el juez considera las pruebas suficientes, convoca un concurso con los acreedores. Después, tiene lugar una propuesta de convenio bajo la supervisión del juez que deberá ser votada por los acreedores para su posterior ejecución. Y, he aquí donde debe relucir la pericia del deudor.

Como efecto inmediato, el jovenlandeseso gana algunos derechos: se paralizan las demandas interpuestas por la falta de pago y la ejecución de los bienes que se estén tramitando, incluidas las hipotecas; interrumpe la acumulación de intereses en los créditos impagados; se permite reanudar los contratos de crédito que habían sido interrumpidos por falta de pago; posibilita una reducción de la deuda de hasta un 50%; y permite conseguir hasta cinco años de aplazamiento. La nota negativa: el coste de este procedimiento ronda los 12.000 euros ( hay que contar con un procurador, un abogado y un administrador concursal), si bien durante uno o dos años, en los que se tarda en alcanzar un acuerdo, el cliente concursal disfruta de una especial inmunidad, que le mantiene exento de obligaciones con sus recibos.

Sin embargo, el recelo que despierta entre las entidades financiera este apaga deudas, ha puesto a en alerta a las entidades que, en la fase de convenio, ahora buscan incorporar nuevas cláusulas en los convenios para que, por ejemplo, el deudor asuma todos sus impagos si mejora, en un futuro, su situación económica.

Sin embargo, la norma es clara y los abogados consultados coinciden en señalar que lo que prevalece es la idea de "borrón y cuenta nueva". Es decir, tras el convenio o la liquidación del patrimonio se acaba todo el proceso, aunque haya personas que hayan quedado sin cobrar.

De momento, según las asociaciones de consumidores, la auto declaración de quiebra sólo se ha difundido ampliamente entre los catalanes, debido al mayor conocimiento de la norma concursal en esta zona. De hecho, esta comunidad copa el 20% de los casos recogidos en el INE.

http://www.expansion.com/edicion/exp/economia_y_politica/economia/es/desarrollo/1027130.html

12.000 € los abogados se van a inflar a ganar dinero, sin hacer nada.

Un problema menos, la deuda desde 2004 no es personal.

Un saludo
 
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