═Hilo oficial del golpe de Estado de Puigdemont Vol XXVIII "Y Puigdemont habló desde el exilio"═

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Alt64

Himbersor
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16 May 2016
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Oido por ahi, inderectamente desde un cargo del PSC.

La mayoria de los votantes del PSC 75%, tras el pacto PP + PSC + Ciutatans, se pasan al bando contrario o sea votaran a partidos que apoyen la o quieran la independencia.
 

rafasx

Madmaxista
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No es eso. Me refiero la posibilidad de modular en función del grado de colaboración. Desafortunadamente conocemos mejor los sistemas judiciales sajones que los latinos por culpa del cine. Los profanos me refiero.
Esas circunstancias las tendrán tasadas por casos anteriores.

No creo que improvisen y menos en este caso.
 

BELLA

Madmaxista
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11 Mar 2008
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Una cosa que me intriga es la razón de la vuelta de los dos consejeros. No he visto ningún comentario o artículo.

No entiendo demasiado que aportaban dos más o menos en Bruselas, ya que el impacto fue igual de negativo con seis consejeros que con cuatro.

Y una vez que estaban allí lo lógico, dadas las explicaciones de mantener una parte en el extranjero, era quedarse. No veo sentido a la vuelta.

¿Alguna idea?
Porque en caso de no presentarse, cuando les detengan en Bruselas (si siguen allí) van directos a prisión.

Artículo 503 Código Penal
1. La prisión provisional sólo podrá ser decretada cuando concurran los siguientes requisitos:
• 1.º Que conste en la causa la existencia de uno o varios hechos que presenten caracteres de delito sancionado con pena cuyo máximo sea igual o superior a dos años de prisión, o bien con pena privativa de libertad de duración inferior si el investigado o encausado tuviere antecedentes penales no cancelados ni susceptibles de cancelación, derivados de condena por delito doloso.
Si fueran varios los hechos imputados se estará a lo previsto en las reglas especiales para la aplicación de las penas, conforme a lo dispuesto en la sección 2.ª del capítulo II del título III del libro I del Código Penal.
2.º Que aparezcan en la causa motivos bastantes para creer responsable criminalmente del delito a la persona contra quien se haya de dictar el auto de prisión.
• 3.º Que mediante la prisión provisional se persiga alguno de los siguientes fines:
o a) Asegurar la presencia del investigado o encausado en el proceso cuando pueda inferirse racionalmente un riesgo de fuga.
Para valorar la existencia de este peligro se atenderá conjuntamente a la naturaleza del hecho, a la gravedad de la pena que pudiera imponerse al investigado o encausado, a la situación familiar, laboral y económica de éste, así como a la inminencia de la celebración del juicio oral, en particular en aquellos supuestos en los que procede incoar el procedimiento para el enjuiciamiento rápido regulado en el título III del libro IV de esta ley.
Procederá acordar por esta causa la prisión provisional de la persona investigada cuando, a la vista de los antecedentes que resulten de las actuaciones, hubieran sido dictadas al menos dos requisitorias para su llamamiento y busca por cualquier órgano judicial en los dos años anteriores. En estos supuestos no será aplicable el límite que respecto de la pena establece el ordinal 1.º de este apartado.
o b) Evitar la ocultación, alteración o destrucción de las fuentes de prueba relevantes para el enjuiciamiento en los casos en que exista un peligro fundado y concreto.
No procederá acordar la prisión provisional por esta causa cuando pretenda inferirse dicho peligro únicamente del ejercicio del derecho de defensa o de falta de colaboración del investigado o encausado en el curso de la investigación.
Para valorar la existencia de este peligro se atenderá a la capacidad del investigado o encausado para acceder por sí o a través de terceros a las fuentes de prueba o para influir sobre otros investigados o encausados, testigos o peritos o quienes pudieran serlo.
o c) Evitar que el investigado o encausado pueda actuar contra bienes jurídicos de la víctima, especialmente cuando ésta sea alguna de las personas a las que se refiere el artículo 173.2 del Código Penal. En estos casos no será aplicable el límite que respecto de la pena establece el ordinal 1.º de este apartado.
2. También podrá acordarse la prisión provisional, concurriendo los requisitos establecidos en los ordinales 1.º y 2.º del apartado anterior, para evitar el riesgo de que el investigado o encausado cometa otros hechos delictivos.
Para valorar la existencia de este riesgo se atenderá a las circunstancias del hecho, así como a la gravedad de los delitos que se pudieran cometer.
Sólo podrá acordarse la prisión provisional por esta causa cuando el hecho delictivo imputado sea doloso. No obstante, el límite previsto en el ordinal 1.º del apartado anterior no será aplicable cuando de los antecedentes del investigado o encausado y demás datos o circunstancias que aporte la Policía Judicial o resulten de las actuaciones, pueda racionalmente inferirse que el investigado o encausado viene actuando concertadamente con otra u otras personas de forma organizada para la comisión de hechos delictivos o realiza sus actividades delictivas con habitualidad.
 

Aksturiax

Madmaxista
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14 May 2010
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Lo que tenga Pujol es para él y su familia, no lo va a derrochar en otra cosa y lo administrará cuidadosamente. Distinto es que los que hayan recopilado los dossieres (los "pata negra") lo hayan compartido o filtrado con alguien más.
 

hijodepantera

Escucha y aprende y calla de una vez.
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18 Oct 2013
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Oido por ahi, inderectamente desde un cargo del PSC.

La mayoria de los votantes del PSC 75%, tras el pacto PP + PSC + Ciutatans, se pasan al bando contrario o sea votaran a partidos que apoyen la o quieran la independencia.
Eso es 100% mentira.
 

singladura

Madmaxista
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4 Sep 2012
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Pudiera ser que sus ideas tuvieran una justificación. Pudiera ser que la forma de cambiar las injusticias o las inercias que llevan a la decadencia de un sistema fuera esa del pruces u otra cualquiera pintoresca, también "sui generis". Pudiera ser que en lugar de la consecución del vil metal su fin realmente fuera de un valor superior, perteneciendo a la órbita de las ideologías.

Todo pudiera ser.

Pero lo que no puede ser de ninguna de las maneras es dejar todo eso en manos de gente tan poco talentosa, inconstante, débil, superficial y a medio cocer. Cuando uno se embarca emprendiendo algo tan ambicioso tiene que anticipar que van a existir consecuencias graves para su patrimonio y para el de sus familiares. Si no lo hace así es un necio. Un iluso, vamos.

Hay que ser muy fulastre para creerse uno capaz de irse de rositas después de ostentar en los medios de comunicación internacionales la intención de destrozarle el negocio al adversario . Las grandes fortunas lo son en su mayor parte (por no decir en su totalidad) de origen estratégico, bien perseguido, bien adjudicado. Los mitos de los grandes personajes son propaganda. Y quien juega fuerte debe dar por seguro que recibirá fuerte.

Sólo por el hecho de no llevar esa cuenta ya hecha de casa no merecen el beneficio de la duda.

De verdad no se entiende ¿creían que podían armar una revolución y luego irse el finde a esquiar o a torrar butifarra? Cualquier analfabeto sabe que si quieres el negocio de tu vida tienes que estar a full time, estar en condiciones de soportar toda la presión y mucha otra más. Y aún así, con la razón a favor (que no es el caso porque esto ha sido un troleo), un muy buen plan y toda la suerte del mundo, la historia esta llena de fracasos estrepitosos
 
Última edición:

Maltese

Madmaxista
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¿Creiais que ya se había llegado al nivel máximo de esperpento y cobardía en esta asonada cocomochera?

Pues atentos, porque esto no ha hecho mas que empezar:

Que dice la alcaldesa de Gerona que ella no dio órden de retirar la bandera de España del hay-untamiento, que alguien la robó y que ha puesto denuncia :roto2: :XX:

«Algú va robar la bandera espanyola a l'ajuntament de Girona» - Diari de Girona

Vino muy bien que la quitaran, así cuando tengan que volver a ponerla quedará clarinete que la República catalana sólo existe en Twitter.
 

rkst

Madmaxista
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19 Oct 2013
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No se hasta que punto querrán en Europa echarle una mano a España y desactivar el independentismo. Si les interesa de verdad, y sospecho que debe ser posible, un golpe sobre la mesa casi definitivo sería que la policía belga detuviese a Puigdemont en caso de que España le reclame. Das un aviso a navegantes, lo que favorece en mucho a Europa, y desactivas el victimismo, lo que favorece a España.

Algo de lo que se habla poco es del valor de la diplomacia. Es un juego que lleva desarrollándose siglos. ¿Cómo pudieron subestimar ese juego los Romeva y Cia? ¿Cómo pudieron olvidar que un ministro de exteriores de un un pais histórico como España tiene linea directa con cualquier otro país?
Es que Romeva creía que el ministro de exteriores de un país histórico era él :roto2:
 

piru

Madmaxista
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30 Ago 2008
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Una cosa que me intriga es la razón de la vuelta de los dos consejeros. No he visto ningún comentario o artículo.

No entiendo demasiado que aportaban dos más o menos en Bruselas, ya que el impacto fue igual de negativo con seis consejeros que con cuatro.

Y una vez que estaban allí lo lógico, dadas las explicaciones de mantener una parte en el extranjero, era quedarse. No veo sentido a la vuelta.

¿Alguna idea?

Que para vivir en el extranjero hace falta cash, y estos están acostumbrados a vivir al día del erario público. Si se quedan fuera lo pierden todo.
 

Nete

Himbersor
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La jueza tiene mañana y el viernes un asunto complicado, mete a los que compadecen a prision, mete a los que no compadecen, mete a todos?

Menudo lio

Yo en su caso a todos, a tomar por trastero

---------- Post added 01-nov-2017 at 22:29 ----------



Y de mingas de jitano :roto2:

Comparecer, comparecer , estimado conforero. No creo que ninguno de estos compadezca a nadie salvo a sí mismo.... :D
 
Estado
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