escafos
Madmaxista
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ardor de estomago de todo esto.Un juez afirma que la reclamación judicial de mascaras va contra "el auténtico patriotismo"
Ojo que la sentencia del juez palmero del Gobierno sobre la reclamación de material de protección por los policías tiene párrafos verdaderamente demenciales:
El juez considera, además, que no es aplicable a la situación actual la normativa de prevención de riesgo laborales por varios motivos. Uno, la exposición al riesgo que se pretende evitar desborda lo laboral y alcanza a colectivos como "a los ancianos en las residencias, a los parados, a los autónomos, a los políticos, etc.". Y otro, porque la normativa laboral está prevista para situaciones ordinarias. "No es el supuesto de hecho en que, desgraciadamente nos hallamos. Estamos ante una esa época en el 2020 de la que yo le hablo imprevista e imprevisible, con unos riesgos profesionales inexistentes habitualmente, impredecibles frente a los cuales no fue posible su evaluación en los Planes de Prevención".
Sí, si fue posible su evaluación de riesgos, tanto en CNP como GC, desde hace meses, por los responsables de RRLL ya se había solicitado la toma de medidas de protección frente al bichito. Lo de que la normativa de RRLL no se aplica por el estado de alarma, pues magnífico, mañana que las empresas de alimentación se salten sus protocolos, o que en una central nuclear se trabaje sin protección.
A modo de comparación, señala que no sería "imaginable" que en una situación de guerra los sindicatos pidieran judicialmente "que se construyan refugios antiaéreos u hospitales de campaña o que se proporcionen balas a los soldados para evitar más muertes". A ello añade jurisprudencia del Tribunal de la UE indicando que su directiva de protección laboral puede ceder en situaciones de peligro para la vida o seguridad colectivas como la actual.
No, lo inimaginable es que al soldado le mandaran al frente sin casco, botas y rifle. Y sí, las normas de protección laboral ceden ante situaciones imprevistas y catástrofes sobrevenidas (riadas, avalanchas, incendios...) pero esto ni es imprevisto ni es sobrevenido, otra cosa es que no se haya querido hacer nada para evitarlo.
El auto afirma que la petición de medidas cautelares "olvida que el problema de faltas de equipos de protección no es exclusivo de la Policía, sino que afecta con carácter general a todos los empleados públicos que desempeñan, desempeñamos, servicios esenciales. Que hay personal más gravemente expuesto. Que ante la carencia de material para todos el Gobierno de la Nación debe priorizar servicios, territorios, grupos sociales...".
¿Y? Se está pidiendo dotación de material inmediata en caso de que haya, no que se le quite a los sanitarios, destinatarios principales, sino que se de material de protección TAMBIÉN a los policías. Ante la carencia de material el Gobierno debe asumir su responsabilidad y agotar todos los recursos en su mano para dar protección. Y dada la excepcionalidad del estado de alarma (aquí el juez se olvida de ese carácter excepcional casualmente), llegado el caso obligar al Estado a buscar medidas extraordinarias (acuerdos con empresas españolas para modificar producción hacia EPI's, por ejemplo).
Los Juzgados que anteriormente han acordado medidas cautelares ahora se ven en el contrasentido de tener que ejecutar por vía de requerimiento. O sea requerir y volver a requerir hasta el requerimiento final en un círculo vicioso imposible de romper"
Pues claro, como pasa cientos de veces en otras cuestiones, el Juzgado requiere y vuelve a requerir y en su caso establece sanciones si el requerimiento no es atendido sin justa causa. Que explique la Autoridad correspondiente qué concretas medidas se están tomando.
Y ya paso de comentar más porque es todo un sinsentido. Para mí sólo hay una palabra para describir lo decidido: prevaricación.
Tienen comprados medios y jueces
No sé si podremos hacer que dejen el poder