El Tribunal de Cuentas alerta de que las pensiones peligran sin una reforma urgente la Seguridad Social
Detecta "desfases significativos" entre los ingresos medios por cotizante, que han crecido un 1,2% entre 2016 y 2018 y los gastos, que han avanzado un 18,7% en esos años
El Tribunal de Cuentas reconoce que, al ejercicio 2018, el Sistema de la Seguridad Social presentaba un déficit por operaciones ordinarias (déficit estructural) que no se corrigió en 2019 (datos en
DEFICIT DEL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN 2019)
En concreto, entre otras cosas pide (PROPUESTAS DIRIGIDAS A LAS CORTES GENERALES, pag. 61) que "
el déficit por operaciones de gestión ordinaria, la financiación se realice a través de transferencias corrientes y no de préstamos".
A mi entender, este asunto de los préstamos a la Seguridad Social no es conforme a derecho porque:
a) La Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (art. 11.5, que entró en vigor a principio de año), establece:
"
Las Administraciones de Seguridad Social mantendrán una situación de equilibrio ........ presupuestario"
Lo anterior significa que
los gastos corrientes deben sufragarse sin apelar a préstamos, luego el acuerdo del Consejo de Ministros del 14 de Abril pasado por el que se prevé la concesión de un préstamo del Estado a la Tesorería General de la Seguridad Social por importe de 13.830 millones, con el objetivo de proporcionar cobertura adecuada a las obligaciones de la Seguridad Social, es nulo de pleno derecho.
b) La Ley General Presupuestaria (art. 111.2) prescribe:
"Los demás organismos y entidades integrantes del sector público institucional estatal (al que pertenecen las entidades gestoras, servicios comunes y las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social), .....,
sólo podrán concertar operaciones de endeudamiento si así lo autoriza de forma expresa la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado y dentro de los límites que dicha Ley establezca"
La Ley de Presupuestos Generales del Estado en vigor (Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, prorrogada por previsión constitucional) prevé la posibilidad de que el Gobierno autorice la concesión por parte del Estado de préstamos a la Tesorería General de la Seguridad Social por un importe de 13.830 millones (el aprobado por el acuerdo del Consejo de Ministros de 14 de Abril pasado).
Por tanto el préstamo a la Tesorería General de la Seguridad Social por importe de 16.500 millones previsto en el Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo, contraviene la legalidad.
Creo que
esta práctica de otorgar préstamos a la Seguridad Social, que comenzó con los Gobiernos de derechas pero que está siendo secundada con ahínco por los Gobiernos de izquierdas, al margen de ser contraria a la legalidad
, conduce a justificar ante los ciudadanos el imprescindible desmantelamiento del actual sistema público de pensiones, al mostrar una imagen financiera de la Seguridad Social insostenible, para reconducirlo a un modelo de corte anglosajón basado en la percepción de una pequeña cantidad por pensión de
jubilación que es preciso complementar con otras rentas.