El fraude total del "libertarianismo" de Milei: Argentina aprueba NUEVAS banderillas OBLIGATORIAS CON MILEI YA PRESIDENTE

Antonio Blackgooines

Si te pones la 33ª dosis ayudas a Ucoñia
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18 Feb 2022
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Flipo con la cantidad de iluso que siguen erre que erre, después de que al menos 2 foreros hayan aclarado que se firmó el último día antes de que Milei llegase al poder. ¿Para qué leer o contrastar la información? Mejor entrar al hilo como demorados a decir "a disfrutar de lo votado", "no se podía saber", que si davos, que si judío, blablabla. Dan ganas de meter al 90% en el ignore por ser NPCs o estar a sueldo para meter hez.
No lo firmó él, vale ¿pero se quejó de ello? Sólo quieren libertad para lo económico.
 

Loignorito

Mirad que os avisé...
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11 May 2011
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Sospecho de los selladores de muelas y de los mismos empastes

Tienen análogos de estrógenos. Bisfenol GMA.
Te pregunto esto no solo por ver a los jóvenes cada vez más feminizados y a las chavalas con menos caderas. Es que recuerdo cuando era un crío en la EGB, sería con 12 años, que nos pusieron una banderilla de no sé qué y se me hincharon las tetillas y me dolían un montón. Además recuerdo que al apretar una salió un poco de 'líquido blanco'. Obviamente eso remitió, pero me da mal fario.
 

Drobed Yug

Madmaxista
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28 Oct 2021
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Otro acto más que demuestra la estupidez infinita de la mayoría de la población. Cómo podéis seguir confiando en el actual sistema político? Pero es que sois simples de verdad?

Si ahora saliese un candidato nuevo de un partido, prometiendo el oro y el jovenlandés, irías corriendo a las urnas. De verdad no os dais cuenta del grandísimo ignorancia que sufrís?

Yendo de intelectuales hablando de política y de guerra... simples!!! Estúpidos demorados mentales, me siento amigablemente en el WC mientras pienso en vuestros muertos pisoteados, votantes hijos de la gran fruta!!
Mira, a todos estos votantes HIJOS DE LA GRAN fruta lo mejor que pueden hacer con ellos es seguir quitándolos de en medio con vacuñas o de cualquier otra forma.

Y si no los matan siguen VOTONTEANDO los muy HDLGP!
 

AYN RANDiano2

Será en Octubre
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14 May 2010
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Hombre, Ayn, por mucho que el Peluca haya dicho que sea reprovacunas, lo de la vacunación obligatoria lleva bastante tiempo vigente en Argentina. Echarle la culpa por ello estando recién llegado no tiene sentido.
Estan aprobando nuevas obligaciones vacunales, siendo YA presidente el Peluca.

Antonio Escohotado nos habló de la LIBERTAD FARMACOLÓGICA:


Comúnmente se entiende como LIBERTAD POSITIVA, esto es, de "meterte" el fármaco que quieras, cosa que los estados tampoco permiten.

Pero es que aún más básica y elemental es la LIBERTAD FARMACOLÓGICA NEGATIVA, esto es, la libertad de NO meterte los fármacos que no quieras, a ti mismo o a tus tutelados (verbi gratia, hijos)

Sin libertad farmacológica negativa NO ERES DUEÑO NI DE TU CUERPO, porque si no tienes libertad para NO meterte tal o cual mejunje que no desees, es que ERES UN ESCLAVO DEL ESTADO QUE NO POSEE NI SU PROPIO CUERPO.

Y Milei está diciendo NADA sobre este horror moral argentino de las banderillas obligatorias.
 

Franc.Ro

Madmaxista
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17 Mar 2013
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Estan aprobando nuevas obligaciones vacunales, siendo YA presidente el Peluca.
Deja de mentir, mentiroso. Ya te han demostrado que se aprobó antes de tomar él la presidencia.

MINISTERIO DE SALUD
Resolución 4217/2023
RESOL-2023-4217-APN-MS

Ciudad de Buenos Aires, 09/12/2023
VISTO el Expediente EX-2023-64067255 -APN-DD#MS; la Ley N° 27.491 del 12 de Diciembre de 2018, las Resoluciones N° 563 del 10 de mayo de 2011, N° 265 del 22 de abril de 2015 y N° 1977 del 07 de noviembre de 2016 del MINISTERIO DE SALUD, y
CONSIDERANDO
Que por la Ley N° 27.491 del año 2018 se aprobó el Calendario Nacional de Vacunación.
Que en la referida Ley, se establece la obligatoriedad de las banderillas incluidas en dicho calendario.
Que por Resolución Ministerial N° 563/2011 se incorporó al PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL DE ENFERMEDADES INMUNOPREVENIBLES, con carácter gratuito y obligatorio, la inmunización con la banderilla contra el bichito del Papiloma Humano (VPH), a las niñas de ONCE (11) años.
Que por Resolución Ministerial N° 265/2015, modificatoria de su similar N° 563/2011, se simplificó el esquema a DOS (2) dosis separadas por al menos SEIS (6) meses.
Que por Resolución Ministerial N° 1977/2016, modificatoria de su similar N° 563/2011, se incorporó a la DIRECCIÓN DE CONTROL DE ENFERMEDADES INMUNOPREVENIBLES con carácter gratuito y obligatorio, la inmunización con la banderilla para VPH a los niños de ONCE (11) años con un esquema de vacunación contra VPH con DOS (2) DOSIS.
Que la evidencia científica confirma que la infección persistente con tipos de alto riesgo oncogénicos de VPH es la causa primaria del cáncer de cuello uterino y de otras enfermedades neoplásicas.
Que la Estrategia Global de la OMS de 2020 para Acelerar la Eliminación del Cáncer Cervical como Problema de Salud Pública recomienda que las banderillas contra el VPH se incluyan en todos los programas nacionales de inmunización y que se alcance al 90% de todas las niñas para cuando cumplan los 15 años en 2030.
Que de acuerdo a estadísticas del MINISTERIO DE SALUD, en la REPÚBLICA ARGENTINA se reportan cerca de CUATRO MIL QUINIENTOS (4500) episodios de neoplasias cervicales invasoras y aproximadamente DOS MIL CIEN (2100) muertes por año.
Que el propósito de la vacunación contra VPH en mujeres y varones es disminuir la incidencia y mortalidad por cáncer cervicouterino (CCU), disminuir la carga de enfermedad asociada al VPH, sus complicaciones, así como contribuir con la equidad de género.
Que desde la incorporación de la banderilla contra VPH al Calendario Nacional de Vacunación en el año 2011 se lograron coberturas satisfactorias de primeras dosis, pero con coberturas subóptimas de esquemas completos de tres y dos dosis.
Que se dispone de evidencia científica que confirma la inmunogenicidad, eficacia y seguridad con esquemas simplificados de una única dosis en varones y mujeres.
Que la Organización Mundial de la Salud en su documento de posición de diciembre de 2022 afirma que la evidencia actual respecto que una dosis única tiene una eficacia y duración de protección comparables a un esquema de DOS (2) dosis y que puede ofrecer ventajas en los programas, ser más eficiente y contribuir a una mejor cobertura.
Que el esquema de una única dosis ofrecería ventajas referentes a distribución, almacenamiento e implementación con impacto a nivel nacional y subnacional permitiendo mejorar las coberturas en esta población y así lograr el propósito de la vacunación.
Que asimismo también permitirá optimizar los recursos humanos, financieros y ambientales facilitando la integración de las estrategias y mayor adherencia a la vacunación.
Que diversos países de la región y del mundo incorporaron esquemas de una dosis contra VPH en sus calendarios de vacunación.
Que se deben generar las estrategias adecuadas a los efectos de alcanzar a toda la población de ONCE (11) años y para los grupos específicos hasta los 26 años de edad comprendidos en las enfermedades que generan inmunosupresión.
Que existen laboratorios de especialidades medicinales productores de banderilla contra VPH aprobadas por la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT).
Que con la recomendación de la Comisión Nacional de Inmunizaciones (CoNaIn), emitida por consenso en la reunión celebrada el día 23 de febrero de 2023, la DIRECCIÓN DE CONTROL DE ENFERMEDADES INMUNOPREVENIBLES propone la simplificación del esquema a una única dosis.
Que con la recomendación de la Comisión Nacional de Inmunizaciones (CONAIN) se propone la modificación de calendario con la tecnología disponible.
Que la DIRECCIÓN DE CONTROL DE ENFERMEDADES INMUNOPREVENIBLES, la DIRECCION NACIONAL DE CONTROL DE ENFERMEDADES TRANSMISIBLES, la SUBSECRETARÍA DE ESTRATEGIAS SANITARIAS y la SECRETARIA DE ACCESO A LA SALUD han tomado la intervención de su competencia brindando conformidad.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520, sus normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 27.491 y el Art. 83 del Decreto Reglamentario N° 1759/1972 (t.o. 2017).
Por ello,
LA MINISTRA DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Derógase la Resolución Ministerial N° 563 del 10 de mayo de 2011 y sus modificatorias y complementarias, Resolución Ministerial N° 265 del 22 de abril de 2015 y N° 1977 del 07 de noviembre de 2016.
ARTÍCULO 2° — Intégrase al CALENDARIO NACIONAL DE INMUNIZACIONES, con carácter gratuito y obligatorio, la inmunización contra VPH para para las mujeres de ONCE (11) años nacidas a partir del año 2000 y los varones de ONCE (11) años nacidos a partir del año 2006. El esquema será de UNA (1) única dosis que será aplicada con la mejor tecnología disponible al momento.
ARTÍCULO 3 ° — Inclúyese el esquema de vacunación contra VPH para personas entre ONCE (11) años y VEINTISEIS (26) años comprendidas en los grupos específicos recomendados en los lineamientos técnicos y sus actualizaciones, así como las modificaciones que a futuro se dispongan.
ARTÍCULO 4 ° — La presente medida entrará en vigencia a partir del día 1° de enero de 2024.
ARTÍCULO 5° —Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Carla Vizzotti
e. 18/12/2023 N° 103078/23 v. 18/12/2023

Fecha de publicación 18/12/2023
Pero claro, eso no es "marvelous" no te lo "llevarás a portada"
 

ussser

Covidian
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Hacer obligatoria la banderilla gardasil, famosa en todo el mundo por su peligrosidad y efectos secundarios, que podría salir mal?
 

AYN RANDiano2

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Deja de mentir, mentiroso. Ya te han demostrado que se aprobó antes de tomar él la presidencia.



Pero claro, eso no es "marvelous" no te lo "llevarás a portada"
Se aprobó antes, pero entra el vigor siendo él ya presidente.

¿Puede usted enlazar una sola declaración de Milei diciendo que NO se va a perseguir a ningún argentino por no vacunarse?

Con eso bastaría para desautorizar la dictadura farmacrática argentina, ¿puede enlazar usted una sola declaracion suya a este respecto?
 

ussser

Covidian
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9/12/2023 lo pones en mayúsculas?
Y el link de la fuente?

Por cierto....

La presidencia de Javier Milei como presidente de Argentina inició con su investidura el 10 de diciembre de 2023 tras su victoria en la segunda vuelta de las elecciones presidenciales de Argentina de 2023. Javier Milei en su asunción el 10 de diciembre de 2023
.
Fecha de publicación 18/12/2023

Ya era presidente. De verdad crees que no es consciente de que entra en vigor el 1 de enero? Crees que no sabe lo dañinas que son banderillas como el gardasil?

Yo no.