Duda clausulas contrato de alquiler

roquerol

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Hola compañeros,

llevo viviendo de alquiler desde enero de este año y hasta hoy mismo no me ha llegado el contrato.
A ver, vivo en un piso de la familia de mi pareja (ojo, pagando cada mes, que estos no regalan nada) y tampoco era una cosa que nos corriera prisa... Pero la sorpresa desagradable ha sido hoy cuando nos han entregado el contrato. Os enumero las cosas "raras" y a ver que pensáis.

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.- tema reparaciones.... "gastos de conservación y reparaciones de las instalaciones de agua, gas, electricidad, calefacción, cocina, baño, bidé, grifos, sanitarios, lavabos, calentador de agua, antena TV; y en particular todos los desagües, atascos, arreglos de la cocina, fregaderos, picas, aire acondicionado y sus tubos, como también la conservación, reparación y sustitución de persianas, en caso de existir estos utensilios e instalaciones"

El tema tiene su gracia, porque claro, el piso en cuestión tiene 30 años, las persianas dan ardor de estomago, alguna cualquier día dice BASTA, la instalación del agua me da muy poca confianza, el extractor de la cocina funciona porque quiere...

.- daños a terceros. La arrendataria se hace directa y exclusivamente responsable, y exime de toda responsabilidad a la propiedad y al administrador, de los daños que puedan ocasionarse a personas o bienes y sean derivados de su actividad en la vivienda y de sus instalaciones y suministros.

Esta parte no la entiendo. Entiendo que si la barandilla del balcón se cae encima de alguien y lo mata la culpa es mía (bueno, de mi pareja que es la que consta en el contrato) aun no siendo la barandilla de mi propiedad…

Luego hay un apartado titulado OBLIGACIONES DE LA ARRENDATARIA que tiene 2 clausulas también algo “raras” donde todas dicen aquello de la ARRENDATARIA además se obliga a:
- satisfacer los gastos del presente contrato, como timbre, gestión, Registro, honorarios del Administrador por su formalización y tramitación, así como la totalidad de los que por cualquier causa se ocasionen por razón de las prorrogas.
- abonar los costes de las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda.
<o></o>

Vale, ya se que es un tocho para leerlo pero a ver si alguien me echa una manita. Ah, no se valen respuestas del tipo “divorciate tío” :D
 

elias2

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Que solo este ella en el contrato te evita responsabilidad, la unica es la responsabilidad moral de pagar tu parte a fin de mes.
Si la el fregadero se atasca.....lo arreglas tu, pero si por ejemplo se estropea el calentador o hay una averia en las tuberias, pues es responsabilidad del dueño.
Tengo entendido que a pesar de las clausulas que tenga ese contrato, algunas de ellas pueden ser abusivas y por tanto, ilegales. Informate en algun servicio juridico gratis del ayuntamiento, para jovenes de menos de treinta es gratis, por lo menos en mi ciudad.
 

elpayito

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clausulas abusivas

- abonar los costes de las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda.
<o></o>

:D
Creo que es lo unico legal que he encontrado.

Sinceramente teniendo en cuenta la edad del inmueble y la situacion actual creo que piensas que vas a estar alli bastante tiempo y si se rompe algo caro, como un bajante pues que lo pages. Estas clausulas son abusivas. Te recomiento que lo mires con alguien que entienda de verdad y que consultes la Ley de Arrendamientos Urbanos. Espero ser de ayuda.
 

malagueña

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Yo también he pensado lo mismo, que para ti casi mejor, así no tienes responsabilidad legal alguna...
De todas formas, me parece mucho morro que te obliguen a todo eso... por este tipo de cosas es tan difícil no comprar en este puñetero país.
yo llevo toda la tarde (y toda la semana, y todo un mes) mirando alquileres y nada, fíjate el post que he abierto... ese sí que es un abusón :mad:
te puedes dar con un canto en los dientes si el precio es asequible y estáis bien en el piso.

A ver si alguien te aconseja mejor que yo, que no entiendo demasiado de esto .
 

Mistermaguf

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Republica bananera de Narnia
Hola compañeros,

llevo viviendo de alquiler desde enero de este año y hasta hoy mismo no me ha llegado el contrato.
A ver, vivo en un piso de la familia de mi pareja (ojo, pagando cada mes, que estos no regalan nada) y tampoco era una cosa que nos corriera prisa... Pero la sorpresa desagradable ha sido hoy cuando nos han entregado el contrato. Os enumero las cosas "raras" y a ver que pensáis.

- no salgo en el contrato. Solo está mi pareja (mi pareja es una chica, malpensados) y figura ella como Arrendataria con todos sus datos personales y tal, pero YO NO SALGO.
Esto es una cuestión meramente administrativa (evito especulaciones familiares, claro:rolleyes:). Puedes pedir que se modifique, si es que te conviene.

- tema reparaciones.... "gastos de conservación y reparaciones de las instalaciones de agua, gas, electricidad, calefacción, cocina, baño, bidé, grifos, sanitarios, lavabos, calentador de agua, antena TV; y en particular todos los desagües, atascos, arreglos de la cocina, fregaderos, picas, aire acondicionado y sus tubos, como también la conservación, reparación y sustitución de persianas, en caso de existir estos utensilios e instalaciones"
Aquí hay algunos términos que podrían ser abusivos. No es lo mismo una destapación de un desagüe (que sí te corresponde) o el mantenimiento y pequeños ajustes y reparaciones; que el reemplazo o reparación de equipos de aire acondicionado, calentadores, etc, que le corresponden al dueño (salvo negligencia o comprobable mal uso de los artefactos por parte del inquilino).

El tema tiene su gracia, porque claro, el piso en cuestión tiene 30 años, las persianas dan ardor de estomago, alguna cualquier día dice BASTA, la instalación del agua me da muy poca confianza, el extractor de la cocina funciona porque quiere...
En este caso, se debe hacer un repaso de las condiciones de los elementos que podrían ser conflictivos a corto o mediano plazo, y excluírlos de tu responsbilidad por escrito. Es algo difícil de lograr, pero por lo menos hay que sentar el precedente de que no eres una máquina de hacerte cargo del bien ajeno más allá de lo que te corresponde.

- daños a terceros. La arrendataria se hace directa y exclusivamente responsable, y exime de toda responsabilidad a la propiedad y al administrador, de los daños que puedan ocasionarse a personas o bienes y sean derivados de su actividad en la vivienda y de sus instalaciones y suministros.
Esta parte no la entiendo. Entiendo que si la barandilla del balcón se cae encima de alguien y lo mata la culpa es mía (bueno, de mi pareja que es la que consta en el contrato) aun no siendo la barandilla de mi propiedad…
Bueno, esto es así y no tiene más vuelta. Dice claramente "que sean derivados de su actividad en la vivienda". Si se cae la barandilla del balcón y tu no has tenido nada que ver con esto, pues no tienes responsabilidad alguna. Todo tipo de siniestro que no sea demostrablemente culposo, obviamente no te genera ninguna responsabilidad.


Luego hay un apartado titulado OBLIGACIONES DE LA ARRENDATARIA que tiene 2 clausulas también algo “raras” donde todas dicen aquello de la ARRENDATARIA además se obliga a:
- satisfacer los gastos del presente contrato, como timbre, gestión, Registro, honorarios del Administrador por su formalización y tramitación, así como la totalidad de los que por cualquier causa se ocasionen por razón de las prorrogas.
- abonar los costes de las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda.
Estas cláusulas no son "raras", son las cláusulas habituales de los contratos tipo de alquiler. Allí se vuelve a repetir lo de "abonar los costes de las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda", que es lo que te decía antes, pero esto no incluye el reemplazo de equipos o elementos obsoletos o defectuosos previamente existentes, -que es lo que te digo que debieras aclarar-; o vicios ocultos (defectos de construcción no visibles en el momento de pactar el contrato, pero que de surgir, obviamente no tienen relación con el normal uso de la vivienda).


Vale, ya se que es un tocho para leerlo pero a ver si alguien me echa una manita. Ah, no se valen respuestas del tipo “divorciate tío” :D
(Y bueno, si no quieres divorciarte, carga con lo tuyo y no te quejes luego:D)

saludos.
 

legion47

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Hay un tema que nadie ha comentado, y es el hecho de que los arrendadores son familia (bueno, familia de tu pareja, pero al fin y al cabo son familia), por lo que la negociación de las clausulas hay que hacerla con mucho tacto.

Mira de evitar decirles que "esta clausula es abusiva", y en lugar de ello trata de comentarle que hay temas con los que no estas de acuerdo, como el mantenimiento de unos electrodomésticos que no sabes cuanto van a durar, o instalaciones que ya tienen unos años.

Ahora, si no sales en el contrato,... ni bien ni mal, no te preocupes.

El resto, lo he visto en muchos contratos, no es nada nuevo.
 

oscahie

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Amsterdam
Tampoco le des muchas vueltas a si son abusivas o no, porque al final la Ley de Arrendamientos Urbanos está por encima de cualquier claúsula que pueda haber en el contrato. Si la ley dice una cosa y la claúsula otra, está bien claro lo que se impone. Lo malo es que en caso de problemas vas a tener que lidiar con familiares (aunque sean indirectos en tu caso), y eso siempre conlleva dejarse dar un poco por el trastero... suerte.
 

BURBUHASS

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En cuanto a no aparecer en el contrato, y que éste esté a nombre de un familiar del propietario hay 2 posibles problemas:

- si quieres desgravarte el alquiler, no podrás, porque está a nombre de tu pareja únicamente y sólo ella podrá hacerlo. Si por lo que sea os interesa desgravar la mitad a cada uno, ó únicamente a tí, sería conveniente cambiarlo.

- Si cumples las condiciones para optar a la "ayuda" de la nueva reforma que entra el año que viene (los famosos - polémicos 210 €), tu pareja, por ser familiar del propietario no puede optar a ellos. Si ponéis el contrato a medias, podríais optar a la mitad de la "ayuda" y si lo ponéis a tu nombre, podrías optar a todo, aunque deberías de estudiar el primer punto también...
Éste segundo punto, a pesar de que se comenta que la "ayuda" no es tal, sino que se trasladará al precio del alquiler, puede ser verdad o no, pero lo que está claro es que si a tí te dan esos 210 € te van a venir bien...
 

BUMBUM

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Como suelen decir, con amigos así para qué quieres enemigos...

Vamos que, o el precio está sustancialmente por debajo de los de la zona (30-50%), o yo por lo menos, les mandaría directamente a la hez.
 

roquerol

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Hola, a ver, por partes.

-En efecto el precio está por debajo de la media, un 25% menos que lo que se paga por la zona (eso en su día ya lo estuve mirando).
-Por suerte no me puedo acoger a la ayuda del alquiler, digo con suerte porque nuestros ingresos superan el margen para tener estas ayudas.
-Desgravar el alquiler es imposible ya que como la mayoría que estamos de alquiler lo pago en oscuro. La única manera de sacarlo a la luz sería que desde hacienda cruzaran datos de registros de propiedad con los datos en poder de las compañías de gas, luz, etc. cosa que dudo que se haga alguna vez.

Si no veis problema en que no salga yo en el contrato... pues vale, simplemente que me resultaba extraño. Lo que si tendré en cuenta es el hecho que el piso tiene ya unos años y como he dicho más arriba hay más de una cosa que le queda menos de un telediario para que se estropee y no me da la real gana de tener que arreglarlo/pagarlo yo.

Hablaré/hablaremos con ellos para, y de una manera muy diplomática, comentarles los temas que me habéis resuelto.
bumbum, habiendo familia de la "jefa" por medio... mandarlos a la hez aunque de vez en cuando vengan ganas :D no se puede hacer...

Gracias a tod@s.
 

Paulus

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- si quieres desgravarte el alquiler, no podrás, porque está a nombre de tu pareja únicamente y sólo ella podrá hacerlo. Si por lo que sea os interesa desgravar la mitad a cada uno, ó únicamente a tí, sería conveniente cambiarlo.
Sí que puedes desgravarte. Yo lo he hecho durante 2 años sin estar mi nombre en el contrato. Bueno, lo he hecho por la Comunidad de Madrid, los 840€ esos que te dejan desgravarte si eres menor de 35 y ganas menos de no sé cuanto. A mí sólo me pidieron el NIF de la casera y la referencia catastral del inmueble (que se puede sacar del intenné). Eso sí, hace falta que el propietario declare lo que le has pagado, claro.

Esto no excluye que algún año me hagan una paralela y me den bien por el trastero, tan sólo quería exponer mi caso :D
 

roquerol

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Sí que puedes desgravarte. Yo lo he hecho durante 2 años sin estar mi nombre en el contrato. Bueno, lo he hecho por la Comunidad de Madrid, los 840€ esos que te dejan desgravarte si eres menor de 35 y ganas menos de no sé cuanto. A mí sólo me pidieron el NIF de la casera y la referencia catastral del inmueble (que se puede sacar del intenné). Eso sí, hace falta que el propietario declare lo que le has pagado, claro.

Esto no excluye que algún año me hagan una paralela y me den bien por el trastero, tan sólo quería exponer mi caso :D
Aquí lo has dicho todo.
 

Paulus

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Villaverde
Aquí lo has dicho todo.
Aún así, mi casera se pasaba siempre por el piso en cuanto empezaba la campaña de la renta, para ver quiénes de nosotros íbamos a declarar el alquiler, y ella declarar en consonancia, claro. Decía que podría tener problemas si la suma de las declaraciones de sus inquilinos era mayor que lo que ella declaraba. De lo cual deduzco que vosotros no tenéis nada que perder declarando vuestro alquiler, si acaso tu familia política, a los que a lo mejor investigan :D

Lo que me ha devuelto la Comunidad de Madrid por el alquiler siempre lo he metido en fondos y cuentas naranjas, por si al final resultase que mi casera ha hecho alguna irregularidad y me tocase devolverle pasta a Hacienda :rolleyes:
 

roquerol

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Aún así, mi casera se pasaba siempre por el piso en cuanto empezaba la campaña de la renta, para ver quiénes de nosotros íbamos a declarar el alquiler, y ella declarar en consonancia, claro. Decía que podría tener problemas si la suma de las declaraciones de sus inquilinos era mayor que lo que ella declaraba. De lo cual deduzco que vosotros no tenéis nada que perder declarando vuestro alquiler, si acaso tu familia política, a los que a lo mejor investigan :D

Lo que me ha devuelto la Comunidad de Madrid por el alquiler siempre lo he metido en fondos y cuentas naranjas, por si al final resultase que mi casera ha hecho alguna irregularidad y me tocase devolverle pasta a Hacienda :rolleyes:

jejeje es que no declaran ni lo que está escrito. Son unos trampas que no veas. Son los típicos que durante años han comprado un local, un pisillo, otro pisillo y los han ido alquilando en oscuro.
De ahí lo que he dicho antes, que hasta que no se crucen los datos del registro de la propiedad con los datos de las compañías que suministran el agua, la luz, etc. no se va a poder solucionar mucho el tema de los alquileres no declarados.