Despido de 20 dias por causas económicas-con los jueces de lo laboral hemos topado

MiNombreEsLegión

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Ese "ser de Luz" que es el trabajador tiene más derecho que su empresa a intentar cobrar sus deudas.........Así va España
A una persona física se le puede embargar todo, eso es mentira.
 

alfito

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Lo que yo no entiendo es porque los empresarios con tantos problemas como dicen que tienen para despedir gratis dejan que la gente coja antiguedad, con lo facil que debe de ser hacer contratos temporales y cuando finalicen todos a la calle y contratar a otros. O son unos vagos o debe de ser que eso de reemplazar a la gente en realidad no es tan sencillo y prefieren lo malo conocido que lo bueno por conocer y el dia que haya que despedir pues ya veremos...



8:
 

Pedorro

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Hay dos opciones:

- Que el contrato de trabajo, como contrato que es, sea sagrado, y por tanto, nadie pueda romperlo sin sufrir las consecuencias.
- Que no lo sea, pero si es así, ningún contrato ha de serlo.

LO que no se puede es querer tener todas las ventajas y ninguna responsabilidad.


Pero entonces ... por qué el contrato si lo puede romper el trabajador sin ninguna consecuencia?? eso si te parece razonable?

Debe el trabajador indemnizar al empresario con 45 dias por año si decide dejar de trabajar en la empresa?

Dices que un contrato solo se debe terminar por razones de peso y causas justificadas o si no es así el empresario no está cumpliendo sus compromisos .... pero si lo termina el trabajador entonces está bien, no pasa nada.

Por qué uno sí, pero el otro no ?? cuál es tu explicación a eso?


Que yo sepa, los contratos conmienzan, duran un tiempo determinado, y después finalizan. Igual que un trabajador puede dar por terminado el contrato dadas unas condiciones X (pre-aviso, etc), no veo por qué el empresario no debería poder hacer lo mismo.

Todo contrato suele tener una parte donde explica cómo finalizar dicho contrato.

Según tú, si el trabajador termina el contrato, está bien .. pero si lo termina el empresario .. entonces irremediablemente debe significar que el empresario a "roto" el contrato.

Que yo sepa .. la palabra indefinido significa que el tiempo de duración no está pre-establecido desde el inicio. Algunos analfabetos lo entienden como "contrato infinito", o "contrato de por vida", en el cual si el empresario quiere terminarlo entonces irremediablemente significa que no ha cumplido sus compromisos y por tanto irremediablemente se le debe penalizar.
 

tochomucho

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A una persona física se le puede embargar todo, eso es mentira.
¿Y?........... Yo no estaba diciendo que no se pueda... Digo que el juzgado laboral, al embargar a una empresa que debe dinero a un trabajador embarga todos los ingresos que esa empresa haga en sus cuentas ( y tambien los bienes que tenga,naves,coches,etc......) por lo que cualquier cantidad que la empresa ingrese a partir de ese día queda bloqueada y a disposición del Juez.

En cambio una empresa que esta intentando ejecutar un una letra de cambio impagada por una empresa o un particular y que consigue el embargo de cuentas ( y de los bienes que localize del deudor) solo consigue que se embargue el saldo que haya el día que entra el embargo. Al día siguiente esa empresa o particular puede seguir ingresando y pagando a traves de sus cuentas

¿ Es esto Mentira)
 

MiNombreEsLegión

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Pero entonces ... por qué el contrato si lo puede romper el trabajador sin ninguna consecuencia?? eso si te parece razonable?

Debe el trabajador indemnizar al empresario con 45 dias por año si decide dejar de trabajar en la empresa?

Dices que un contrato solo se debe terminar por razones de peso y causas justificadas o si no es así el empresario no está cumpliendo sus compromisos .... pero si lo termina el trabajador entonces está bien, no pasa nada.

Por qué uno sí, pero el otro no ?? cuál es tu explicación a eso?
¿Donde digo que el trabajador pueda hacerlo?

Según tú, si el trabajador termina el contrato, está bien .. pero si lo termina el empresario .. entonces irremediablemente debe significar que el empresario a "roto" el contrato.
Repito, ¿donde digo que el trabajador pueda hacerlo?

Y?........... Yo no estaba diciendo que no se pueda... Digo que el juzgado laboral, al embargar a una empresa que debe dinero a un trabajador embarga todos los ingresos que esa empresa haga en sus cuentas ( y tambien los bienes que tenga,naves,coches,etc......) por lo que cualquier cantidad que la empresa ingrese a partir de ese día queda bloqueada y a disposición del Juez.

En cambio una empresa que esta intentando ejecutar un una letra de cambio impagada por una empresa o un particular y que consigue el embargo de cuentas ( y de los bienes que localize del deudor) solo consigue que se embargue el saldo que haya el día que entra el embargo. Al día siguiente esa empresa o particular puede seguir ingresando y pagando a traves de sus cuentas
¿Tal vez porque no son lo mismo, juridicamente halando, las cuentas de una persona física y una jurídica?
 

Pedorro

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O son unos vagos o debe de ser que eso de reemplazar a la gente en realidad no es tan sencillo y prefieren lo malo conocido que lo bueno por conocer y el dia que haya que despedir pues ya veremos...

Por si no lo sabes, en muchos convenios el encadenamiento de contratos temporales está limitado a un año, incluso en algunos a 6 meses o incluso 3 meses. Después de eso, irremediablemente el trabajador pasa a indefinido.

La cajera de un super o el frie-patatas del McDonalds se puede reemplazar por otro de un dia para otro, y el nuevo trabajador estará rindiendo aceptablemente en pocos dias.

Pero espero que entiendas que muchos puestos de trabajo son cualificados y no es tan facil encontrar a la persona adecuada, incluso si puedes encotrar la persona con la formación adecuada, debe pasar por un periodo de entrenamiento y adaptación que puede llevar varios meses para que esa persona rinda al 100%. Seleccionar personal y formar a la gente cuesta mucho tiempo y dinero. Muchas empresas no pueden estar cambiando de personal cada seis meses porque eso las convertiria en inoperativas. Es así se simple.


Luego están los contratos por OBRA, que en la mayoria de las ocasiones se utilizan fraudulentamente y se pueden extender hasta dos años. Pero claro, luego un currito le despides a los dos años y te lleva a juicio y puede decir que su empleo no era motivo de una OBRA o SERVICIO sino una necesidad permanente de la empresa, de hecho, han contratado a otra persona para hacer lo mismo. Y entonces el juzgado dice que ese trabajador era indefinido, y ya te han dolido igualmente.
 

GoldFever

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Lo que yo no entiendo es porque los empresarios con tantos problemas como dicen que tienen para despedir gratis dejan que la gente coja antiguedad, con lo facil que debe de ser hacer contratos temporales y cuando finalicen todos a la calle y contratar a otros. O son unos vagos o debe de ser que eso de reemplazar a la gente en realidad no es tan sencillo y prefieren lo malo conocido que lo bueno por conocer y el dia que haya que despedir pues ya veremos...



8:
Exactamente.

Lo que hay que hacer en España es dedicarse a sectores de bajo valor añadido, donde te dé igual rotar personal cada 6 meses porque sólo necesitas personal de bajo valor añadido (albañiles, camareros, limpiadoras, ...) y no meterse en fregados de empresas de alta tecnología o industriales, en las que has de tener una plantilla estable en el tiempo, además de cara, que el día que te vienen mal dadas te hunden la empresa porque es más barato cerrarla que despedirlos.

... y así nos va, que suele decirse.
 

GoldFever

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Parece que nos olvidamos de que los despedidos ya tienen una cosa llamada prestación por desempleo, con lo que no quedan completamente desamparados, cosa que convierte, aún más si cabe, la mal llamada "indemnización" por despido en un chantaje legal en toda regla.