Dejar de pagar - desde el depto. de recuperaciones de un banco

Estimada Yirda:
Mi consejo es que solicites una infrmación del Registro de la Propiedad que corresponda y compruebes la titularidad de la finca.
Si resultará, como inmagino, que la finca consta aún inscrita a favor del causante, o sea tu marido, sería conveniente que formalizases junto con tus hijos la aceptación y partición de la herencia, en la que de conformidad con todos los herederos se pueden realizar las adjudicaciones en la forma que más os convenga.
El contrato privado inmagino que habrá sido firmado entre las partes, y que ni hacienda ni el Registro de la Propiedad han tenido acceso al mismo, por lo que la finca debe permanecer inscrita tal cual la inscribió tu marido en el Registro.

Si quieres cualquier otra aclaración, mándame un privado.
Sin otro particular recibe un "energético saludo"

Lo dudo muchíiiiiiisimo.
Dice que decidieron poner la casa a nombre de la hija mayor (ese "poner a nombre de" parece claro lo que implica), y es prácticamente que le hayan dado una hipoteca a esa hija si no tenía el inmueble registrado.
Inscribir ahora correctamente la propiedad -a nombre de los tres- no eliminará la hipoteca sobre el inmueble. La hija seguirá siendo al deudora, pero lo que está gravado por la hipoteca es el inmueble entero.
En caso de ejecución hipotecaria habría que irse a una tercería, o reclamar a la hija hipotecante los coherederos por los daños en su cuota.

PD A la hija mayor le daba yo una bofetada que le iba a dar la cabeza un par de vueltas sobre su eje......
 
Hola, tengo una pregunta que agradecería me contenteis.

Mis 3 hijos recibieron una propiedad inmobiliaria en herencia de su padre. Por razones de papeleos (mis dos hijos pequeños, eran menores de edad y con nacionalidad británica entre otras cosas) decidimos poner esa propiedad a nombre de mi hija mayor con un contrato privado donde se reconocía la co-propiedad de mis 3 hijos en el mencionado bien inmobiliario.

Mi hija mayor, actualmente ha pedido un préstamo hipotecario para comprarse una casa que ya ha firmado.

Según he podido leer aquí ante un préstamo hipotecario, aparte del inmueble que se hipoteca en la compra, se responde con los vienes actuales y futuros.

¿quiere eso decir que el inmueble a nombre de mi hija pero de propiedad de mis 3 hijos, está avalando el préstamo que ha pedido mi hija para comprarse la casa?

Si es así, ¿podemos ahora ponerlo a nombre de mis 3 hijos como debería haber estado, o ya no puedo?

he preguntado a alguien que me ha causado aún más miedo, diciéndome que los bancos hacen un embargo preventivo de las propiedades que se tengan a la hora de pedir un préstamo, ¿es eso cierto? No le veo lógica, pero todo puede ser.

Os agradezco vuestras aportaciones, realmente estoy asustada porque soy responsable de la forma en la que hice las cosas, un follón de estos puede causar muchos problemas en mi familia como podeis imaginar.

Veamos si lo he entendido…
-Tus tres hijos heredan una propiedad inmobiliaria de su padre
-Decidisteis poner esa propiedad a nombre de tu hija mayor con un contrato privado
-La finca sigue inscrita en el Registro de la Propiedad a nombre del padre de tus hijos (ese contrato privado no pudo acceder al Registro porque, de una parte, es un contrato privado y, de otra, no se pueden vender lo bienes de menores si no es con autorización judicial).
-Lo que tiene hipotecado tu hija mayor es la nueva casa que se ha comprado.

Si las cosas son así, la situación es la siguiente:

Si tu hija mayor deja de pagar la hipoteca le subastarán la casa nueva y, si con la subasta no cubre la deuda, le embargarán otros bienes que tenga a su nombre.

Teneis dos posibilidades:

1.- Tu hija acepta la herencia de su padre. Tu como tutora de tus hijos menores aceptas la herencia en su nombre y, seguidamente, inscribis el inmueble en el Registro de la propiedad a nombre de los tres.
El banco solo podrá embargar la tercera parte del inmueble que pertenece a tu hija mayor.

2.- Tu hija mayor repudia (renuncia) a la herencia de su padre. Tu aceptas la herencia a nombre de tus hijos menores y el inmueble se inscribe a nombre de tus dos hijos menores. El banco no podrá embargar nada y tu hija mayor no habrá cometido alzamiento de bienes porque no ha ocultado ningún bien dado que al no haber aceptado la herencia esa tercera parte del inmueble nunca ha sido suya.
 
Una duda, es legal que a alguien le practiquen dos embargos en la prestacion por desempleo, siendo esta de unos 1000 euros... saludos
 
Una duda, es legal que a alguien le practiquen dos embargos en la prestacion por desempleo, siendo esta de unos 1000 euros... saludos

Son legales dos, y doscientos, simplemente que no te los pueden ejecutar a la vez.
Te van descontando lo correspondiente al primer embargo hasta cancelar la deuda y luego siguen con el segundo y despues con el tercero...
La única posibilidad de que te estén practicando simultaneamente dos embargos es la siguiente:
Te están practicando un embargo para cubrir una deuda y te embargan nuevamente el salario, o la prestación por desempleo, para pensiones por alimentos a hijos o al conyuge.
Lo tienes todo en los articulos 607 y 608 de la LEC.
 
Me he vuelto a leer el principal y me ha salido la duda.

¿un Pepito con menores no puede ser despojado hasta la mayoría de edad de estos? El hilo dice que es así, pero por la tele he visto desalojos con menores.

¿podría estar por tanto casi 18 años sin que le echen?
 
¿un Pepito con menores no puede ser despojado hasta la mayoría de edad de estos? El hilo dice que es así, pero por la tele he visto desalojos con menores.

Sólo en el caso de que un Juez haya declarado en sentencia el domicilio como domicilio del menor.

Para que te quede claro, son algunos casos de separaciones en los que la mujer se queda con el niño en el zulo del exmarido y asuntos similares.

Saludos,
RR.
 
Sólo en el caso de que un Juez haya declarado en sentencia el domicilio como domicilio del menor.

Para que te quede claro, son algunos casos de separaciones en los que la mujer se queda con el niño en el zulo del exmarido y asuntos similares.

Saludos,
RR.

Y aun con esas, con muchos matices. Si la progenitora que se queda con el menor es cotitular del préstamo hipotecario y dejan de pagarlo, lo más normal es que la pongan en la calle con niño y todo.
Lo de la inscripción en el registro de derechos de uso reconocidos en sentencia está más enfocado a pleitos de división de la cosa común; no hay que olvidar que en caso de impago de una hipoteca, esa carga (la hipoteca) es anterior a la inscripción del detrecho de uso del menor, con lo que se cancela al ejecutarla.

Tener un niño no es como tener un Rolex o un Porsche: está al alcance de cualquiera. Si fuese una banderilla contra los desahucios, en este país no se desahuciaría a casi nadie. Y no es el caso....
 
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