Cuenta ahorro vivienda

Moneymoney

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Una duda mas para ultima hora como siempre!!

A raiz del hilo me asalta una duda muyy grande y que no se si me equivoco.
A ver en mi caso abri una cuenta vivienda en 2004 entonces:

Año 2004: 1ª aportacion a la cv
Año 2005: 2ª aportacion a la cv.
Año 2006: Tendria que hacer 3ª aportacion.
Año 2007:Tendria que hacer la 4ª aportacion.

¿Hasta aqui todo correcto no??. Corregirme si no es asi

Pero ahora que plazo tendria como limite para comprar la vivienda, hasta que acabe el 2008; o bien hasta la declaracion de la renta de junio de 2008, donde tendria que decir si he adquirido vivienda o por el contrario no he comprado nada y tendria que devolver todas las desgravaciones.

Por favor algun alma caritativa que me eche una mano, pero que no sea al cuello eh!!.

Un saludo y gracias por adelantado
 

carpanta

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El plazo para invertir las cantidades depositadas en la cuenta vivienda será de 4 años a partir de la fecha en que fue abierta la cuenta, computándose dicho plazo de fecha a fecha. Cuando en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes. Para no perder el derecho a las deducciones practicadas a través de la cuenta vivienda deberá destinarse a la adquisición en plazo la totalidad del saldo.




Artículo 56 Real Decreto 1775 / 2004 , de 30 de Julio de 2004 .
 

ex-burbujista

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carpanta dijo:
El plazo para invertir las cantidades depositadas en la cuenta vivienda será de 4 años a partir de la fecha en que fue abierta la cuenta, computándose dicho plazo de fecha a fecha. Cuando en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes. Para no perder el derecho a las deducciones practicadas a través de la cuenta vivienda deberá destinarse a la adquisición en plazo la totalidad del saldo.




Artículo 56 Real Decreto 1775 / 2004 , de 30 de Julio de 2004 .
ver de la pagina 321 a 324

http://www.cajamar.es/productos/pdf/guia_fiscal_2006/guia2006.pdf
clarito como el agua.
 

Moneymoney

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carpanta dijo:
El plazo para invertir las cantidades depositadas en la cuenta vivienda será de 4 años a partir de la fecha en que fue abierta la cuenta, computándose dicho plazo de fecha a fecha. Cuando en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes. Para no perder el derecho a las deducciones practicadas a través de la cuenta vivienda deberá destinarse a la adquisición en plazo la totalidad del saldo.




Artículo 56 Real Decreto 1775 / 2004 , de 30 de Julio de 2004 .
Juer que rapidez en responder! Muchas gracias por la informacion!.

Un saludo