¿Cuánto puede durar la situación de insolvencia personal?

APRENDIZ DE BRUJO.

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Yo creo que cada vez es mas dificil vivir al margen del sistema, el consumismo es una tenaza que cada vez alicata mas al personal, el dinero lo es todo , es un totem de nuestra sociedad que te empuja por todos los medios a intentarlo conseguir, porque solo el consumismo puede apaciguar nuestra falta de valores. Cada vez la relacion esfuerzo/ recompensa nos parece mas desfavorable, ¿no sera el consumismo?.
 

Bokeron

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qwer1234 dijo:
Se me olvidó preguntar ¿sueles ir a la guandoca? y ¿puedes salir al extranjero?
Entiendo que lo que quieres saber es si te van a perseguir fuera de España por las deudas qeu dejaste aquí.

En la práctica no sé cómo eligen los acreedores (bancos) a quién aplicar las fórmulas legales que tienen a su disposición, porque el procedimiento debe ser bastante caro, supongo que dependerá de la cuantía del pufo y que por 10 o 15M € ni lo intentan, pero en un plano teórico, se puede pedir el cumplimiento de resoluciones judiciales en TODOS LOS PAISES DE LA UE según el convenio de bruselas de 1968. En Islandia, Noruega, Suiza y Polonia, también te lo pueden exigir: Convenio de Lugano de 1988; y son muchíííííísimos los paises que tienen firmados Convenio bilaterales con España y otros estados miembros de la UE que les permiten solicitar el reconocimiento y ejecución de sentencias y laudos arbitrales.

Y, efectivamente, el plazo de prescripción general son 15 añitos.
 

qwer1234

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Bokeron dijo:
Entiendo que lo que quieres saber es si te van a perseguir fuera de España por las deudas qeu dejaste aquí.

En la práctica no sé cómo eligen los acreedores (bancos) a quién aplicar las fórmulas legales que tienen a su disposición, porque el procedimiento debe ser bastante caro, supongo que dependerá de la cuantía del pufo y que por 10 o 15M € ni lo intentan, pero en un plano teórico, se puede pedir el cumplimiento de resoluciones judiciales en TODOS LOS PAISES DE LA UE según el convenio de bruselas de 1968. En Islandia, Noruega, Suiza y Polonia, también te lo pueden exigir: Convenio de Lugano de 1988; y son muchíííííísimos los paises que tienen firmados Convenio bilaterales con España y otros estados miembros de la UE que les permiten solicitar el reconocimiento y ejecución de sentencias y laudos arbitrales.

Y, efectivamente, el plazo de prescripción general son 15 añitos.
Muchas gracias por la aclaración.

Que conste que de momento no tengo ninguna deuda impagada (ni pienso/espero tenerla en el futuro -lo evitaría por todos los medios, como por ejemplo, no firmar una hipoteca por 400.000 euros, cuando gano 1.000 al mes y tengo contrato por sólo 3 meses más, conducir borracho o no hacer separación de bienes si mi mujer conduce borracha- ). No, tampoco pienso dar de baja de la suscripción de la vida a nadie, ni traficar con drojas.
Sólo me interesa el marco jurídico del país en el que vivo.

¿O sea, te permiten sacarte el pasaporte y salir al extranjero o no?
 
Última edición:

sr chinarro

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Bueno, hay que matizar eso de que las deudas prescriben a los 15 años.Un procedimiento de ejecución hipotecaria , no prescribe. Cada cierto tiempo, elq ue Banco considere oportuno, irá refrescando los datos.
Y siempre, siempre, la entidad bancaria se ocupará de iniciar la relcamación antes del transcurso de ese plazo.
 

qwer1234

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sr chinarro dijo:
Bueno, hay que matizar eso de que las deudas prescriben a los 15 años.Un procedimiento de ejecución hipotecaria , no prescribe. Cada cierto tiempo, elq ue Banco considere oportuno, irá refrescando los datos.
Y siempre, siempre, la entidad bancaria se ocupará de iniciar la relcamación antes del transcurso de ese plazo.
Vaya, esclavo de por vida entonces.
Por cierto ¿qué era eso de la herencia yacente que comentaste en otro post?
¿Es obligatorio aceptarla por parte de los herederos o se puede repudiar?
Porque si es obligatorio, entonces estaríamos en una situación de esclavitud transmisible intergeneracionalmente, mucho peor que hace cientos de años en las sociedades árabes, donde un esclavo (o sus hijos/hijas) podía ser esclavo por un máximo de 6 años.