¡ AYUDA !, soy un PEPITO

galleta

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Miguel_in dijo:
Pues aquí en Madrid no creo que el índice sea muy bajo, más de 60 si que es una exageración, pero hipotecas de 50 tiene que haber unas cuantas y no de "gente de pasta".
Es dinero traído del futuro enterrado en ladrillo. Pan para hoy, hambre para mañana.
 

f5inet

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Miguel_in dijo:
Yo por mi vendía y me iba de alquier hasta que esto se aclare, pero la otra parte no esta de acuerdo y menos aun con una niña en camino y mudados hace solo 9 meses.
y una vez que este esa cria en el mundo, ¿que va a pasar con el sueldo de tu mujer? porque no seria la primera mujer que la despiden por razones disciplinarias falseadas despues de la maternidad... o bien que tu mujer quiera trabajar solo media jornada para criar a la niña (algo totalmente normal y comprensible por otra parte), que al fin y al cabo el crio es vuestro, no de vuestros padres, que bastante tuvieron con criaros a vosotros...

y si ademas, como es SPAIN, que casi todo el mundo cobra parte de su sueldo en 'B' o 'Casi-B' (el Casi-B es el sueldo que no esta metido en sueldo base en la nomina, sino que viene como pluses de puntualidad, antiguedad, rendimiento en el trabajo, movilidad). ten por cuenta, que aunque la maternidad femenina este pagada por la empresa de tu mujer, tu mujer SOLO COBRARA SU SALARIO BASE, asi que pillate una nomina de tu mujer y mira a ver con cuanto vais a tener que vivir. Ojala no te lleves la misma sorpresa que una amiga mia que se dio de baja por depresion, me vino toda chula diciendo que en su empresa le pagaban sin trabajar y claro... en su nomina su salario base eran 600€, el resto era movilidad, productividad laboral, dietas y gastos de locomocion... asi que se tuvo que meter su depresion en el trastero y volver a currar, porque sino no le daba ni para pagar el alquiler y la letra del coche...

de verdad, miratelo... un pago que te obliga a desprenderte del 50% de los ingresos conjuntos no es un pago, es esclavitud... Asi que haz cuentas... y no te sorprendas con el resultado...
 

Miguel_in

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f5inet dijo:
y si ademas, como es SPAIN, que casi todo el mundo cobra parte de su sueldo en 'B' o 'Casi-B' (el Casi-B es el sueldo que no esta metido en sueldo base en la nomina, sino que viene como pluses de puntualidad, antiguedad, rendimiento en el trabajo, movilidad). ten por cuenta, que aunque la maternidad femenina este pagada por la empresa de tu mujer, tu mujer SOLO COBRARA SU SALARIO BASE, asi que pillate una nomina de tu mujer y mira a ver con cuanto vais a tener que vivir. Ojala no te lleves la misma sorpresa que una amiga mia que se dio de baja por depresion, me vino toda chula diciendo que en su empresa le pagaban sin trabajar y claro... en su nomina su salario base eran 600€, el resto era movilidad, productividad laboral, dietas y gastos de locomocion... asi que se tuvo que meter su depresion en el trastero y volver a currar, porque sino no le daba ni para pagar el alquiler y la letra del coche...
Pues la verdad es que todavía no me había fijado en esto, me dejas preocupado, esta misma tarde lo miraré.
 

f5inet

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pues miratelo, porque me da a mi que te vas a llevar una 'ingrata' sorpresa...

ah, en caso de paro, el paro se calcula de nuevo sobre el salario base (nada de 'casi-B'), normalmente, un 80€ del salario base... asi que como se busque un despido... con el paro tampoco vais a tener para mucho...
 

Santa

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f5inet dijo:
ah, en caso de paro, el paro se calcula de nuevo sobre el salario base (nada de 'casi-B'), normalmente, un 80€ del salario base... asi que como se busque un despido... con el paro tampoco vais a tener para mucho...
La cuantía del paro no se calcula sobre el salario base, sino que es un 70% (un 60% a partir del tercer mes) de la base reguladora, con unos topes mínimos y máximos. La base reguladora es básicamente todo el salario, no solo el salario base (excluidos gastos suplidos e indemnizaciones, a grandes rasgos).

Obviamente no es mucho, pero había que matizar. :)
 

HOOOR

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55 millones????

Lo siento Miguel pero no lo puedo evitar. Joer..¿En que narices pensabas cuando te metiste en un piso de 55 kilos?¿Que se iva a revalorizar hasta los 70 kilos o ke?¿Y que es eso de que el interes no iva a subir nunca mas de 1 punto? O sea que pides una hipoteca a tropecientosmil años, con el tipo de interes mas bajo de la historia, y piensas que en todos esos años solo puede subir un punto o un punto y medio como maximo??? No te fijaste en los tipos de USA por ejemplo?? ¿¿En que diablos pensais cuando tirais la casa por la ventana de forma tan alegremente y descuidada?? ¿¿Y sobretodo, que quieres que te digamos, tio?? Pues eso, ya lo imaginas. La has cagado tio. !!!La has cagado!!
 

Miguel_in

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HOOOR dijo:
Lo siento Miguel pero no lo puedo evitar. Joer..¿En que narices pensabas cuando te metiste en un piso de 55 kilos?¿Que se iva a revalorizar hasta los 70 kilos o ke?¿Y que es eso de que el interes no iva a subir nunca mas de 1 punto? O sea que pides una hipoteca a tropecientosmil años, con el tipo de interes mas bajo de la historia, y piensas que en todos esos años solo puede subir un punto o un punto y medio como maximo??? No te fijaste en los tipos de USA por ejemplo?? ¿¿En que diablos pensais cuando tirais la casa por la ventana de forma tan alegremente y descuidada?? ¿¿Y sobretodo, que quieres que te digamos, tio?? Pues eso, ya lo imaginas. La has cagado tio. !!!La has cagado!!
Ten en cuenta que no me metí en una casa de 55Kilos de golpe, sino que contaba con 15mill limpios de la venta de la antigüa y por su puesto que no la compré pensando en la revalorización, sino en que sería nuestra casa para muchos años.
 

f5inet

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Santa dijo:
La cuantía del paro no se calcula sobre el salario base, sino que es un 70% (un 60% a partir del tercer mes) de la base reguladora, con unos topes mínimos y máximos. La base reguladora es básicamente todo el salario, no solo el salario base (excluidos gastos suplidos e indemnizaciones, a grandes rasgos).

Obviamente no es mucho, pero había que matizar. :)
el paro se calcula sobre SALARIO BASE+GRATIFICACIONES EXTRAORDINARIAS+SALARIO EN ESPECIE. de esto, normalmente el 80% es lo que te conceden de paro, eso si, nunca por debajo de los 530€ del SMI. si estabas en contrato de practicas, el 60-70% pues (segun convenio al que estuvieras adscrito), y nunca por debajo del SMI.

los GASTOS DE LOCOMOCION (no tienes trabajo, no tienes porque desplazarte a el), las DIETAS (no haces viajes ni comes por cuenta de la empresa), las INDEMNIZACIONES O SUPLIDOS (llevar documentacion de un sitio a otro por ejemplo), los PLUSES POR RENDIMIENTO EN EL TRABAJO (esto incluye las horas extras y el cumplir los criterios de produccion) y las OTRAS PERCEPCIONES NO SALARIALES (algun pago extra que te puede hacer el jefe por la cara) NO ENTRA, repito, NO ENTRA en el calculo del paro... haceoslo mirar, porque mas de uno puede llevarse una desagradable sorpresa...
 

Delendaestdomus

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Se cometió un error en su día pero ahora lo importante es como minimizar las consecuencias. Con lamentos no se gana nada.

Hay niño por en medio y una mudanza en esas condiciones es inimaginable, la venta queda descartada.

Para empezar, plantearos una economía de guerra: fuera internet y teléfonos móviles, vacaciones o en el pueblo o en la piscina del barrio, a comer legumbres a la olla express cuatro días por semana, la carne guisada es tan nutritiva como el chuletón y lo mismo se puede decir del pescado congelado con respecto al fresco. Nada de ropa para ti (para la niña no habrá más remedio si no podéis echar mano de la de alguna sobrina mayor; tu mujer necesitará algún premamá). Si podéis pasar de alguna manera sin coche aunque sea incómodo, fuera coche. Si resulta imprescindible para ir a trabajar, pensad en la forma de acoplarlo al transporte público (por ejemplo, dejándolo aparcado cerca de una estación de cercanías o de autobuses y ahorrándoos la mitad del recorrido) y olvidadlo para hacer la compra, es más sana la caminata con el carrito.

La opción de un empleo para los fines de semana no es descartable (aunque tampoco esperéis ningún chollo ni que os resuelva la papeleta).

Ahorrad hasta el último céntimo para poder plantearos una amortización anticipada que rebaje la cuota antes de la próxima actualización.

Si la situación se agrava no quedaría más remedio que practicar un arbitraje con alquileres. Lo ideal: irse a casa de los suegros y alquilad el vuestro entre tanto. Si eso no es factible, alquilad el vuestro, pongamos que por x+y euros e iros a un zulito del mismo San Sebastián de los Reyes donde el precio sea sólo x euros.

Si se agrava aún más (para entonces ya habrán pasado unos cuantos años), no habrá más solución que vender a la desesperada y asumiendo pérdidas, lo que siempre es mejor que una subasta.


OTRA OPCIÓN

Pensad muy seriamente en si existe algún tipo de negocio que pudieseis acometer entre los dos; aunque sea un puesto de pipas a la puerta de un colegio. ¿Podéis dar clases particulares de algo?, ¿echáis en menos algún tipo de negocio en la zona donde vivís?, ¿te suena de algo la domótica (si no hay crisis por en medio, el próximo estallido tipo video-club y telefonía móvil)?
 

Miguel_in

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Delendaestdomus dijo:
Se cometió un error en su día pero ahora lo importante es como minimizar las consecuencias. Con lamentos no se gana nada.

Hay niño por en medio y una mudanza en esas condiciones es inimaginable, la venta queda descartada.

Para empezar, plantearos una economía de guerra: fuera internet y teléfonos móviles, vacaciones o en el pueblo o en la piscina del barrio, a comer legumbres a la olla express cuatro días por semana, la carne guisada es tan nutritiva como el chuletón y lo mismo se puede decir del pescado congelado con respecto al fresco. Nada de ropa para ti (para la niña no habrá más remedio si no podéis echar mano de la de alguna sobrina mayor; tu mujer necesitará algún premamá). Si podéis pasar de alguna manera sin coche aunque sea incómodo, fuera coche. Si resulta imprescindible para ir a trabajar, pensad en la forma de acoplarlo al transporte público (por ejemplo, dejándolo aparcado cerca de una estación de cercanías o de autobuses y ahorrándoos la mitad del recorrido) y olvidadlo para hacer la compra, es más sana la caminata con el carrito.

La opción de un empleo para los fines de semana no es descartable (aunque tampoco esperéis ningún chollo ni que os resuelva la papeleta).

Ahorrad hasta el último céntimo para poder plantearos una amortización anticipada que rebaje la cuota antes de la próxima actualización.

Si la situación se agrava no quedaría más remedio que practicar un arbitraje con alquileres. Lo ideal: irse a casa de los suegros y alquilad el vuestro entre tanto. Si eso no es factible, alquilad el vuestro, pongamos que por x+y euros e iros a un zulito del mismo San Sebastián de los Reyes donde el precio sea sólo x euros.

Si se agrava aún más (para entonces ya habrán pasado unos cuantos años), no habrá más solución que vender a la desesperada y asumiendo pérdidas, lo que siempre es mejor que una subasta.


OTRA OPCIÓN

Pensad muy seriamente en si existe algún tipo de negocio que pudieseis acometer entre los dos; aunque sea un puesto de pipas a la puerta de un colegio. ¿Podéis dar clases particulares de algo?, ¿echáis en menos algún tipo de negocio en la zona donde vivís?, ¿te suena de algo la domótica (si no hay crisis por en medio, el próximo estallido tipo video-club y telefonía móvil)?

La verdad es que leyendo estas cosas a uno le tiemblan las canillas, pero no es de descartar que tengamos que volver a vivir como lo hicieron nuestros abuelos e incluso algunos de nuestros padres. El otro día leyendo los libros que dan con "El Mundo" los domingos, sobre la época franquista(desde el año 1941) pensaba...: "hace sólamente 60 años que la gente vivía así en España, ¿por que no puede volver a suceder?"...
 

Trebor

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Miguel_in dijo:
La verdad es que leyendo estas cosas a uno le tiemblan las canillas, pero no es de descartar que tengamos que volver a vivir como lo hicieron nuestros abuelos e incluso algunos de nuestros padres. El otro día leyendo los libros que dan con "El Mundo" los domingos, sobre la época franquista(desde el año 1941) pensaba...: "hace sólamente 60 años que la gente vivía así en España, ¿por que no puede volver a suceder?"...
Bueno al menos hoy en día son algo más grandes los pisos, antes si que vivian en zulos toda la family, que eso no quita que aún no los haya. Pero bueno al menos podremos tener una habitación solo con nuestra pareja y no con nuestra pareja, nuestro hijo y nuestra abuela :D
 

Santa

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f5inet dijo:
el paro se calcula sobre SALARIO BASE+GRATIFICACIONES EXTRAORDINARIAS+SALARIO EN ESPECIE. de esto, normalmente el 80% es lo que te conceden de paro, eso si, nunca por debajo de los 530€ del SMI. si estabas en contrato de practicas, el 60-70% pues (segun convenio al que estuvieras adscrito), y nunca por debajo del SMI.
Y dale... Que salario sea en especie es irrelevante. Es salario igualmente, no es un concepto contrapuesto al de salario base.

Por otro lado, no es el 80%, es el 70% y 60% como ya he dicho antes, y el límite inferior no es el SMI sino el 80% del IPREM. Si no me crees puedes consultarlo aquí:

http://www.inem.es/ciudadano/desempleo/presta_duracion.html

f5inet dijo:
los GASTOS DE LOCOMOCION (no tienes trabajo, no tienes porque desplazarte a el), las DIETAS (no haces viajes ni comes por cuenta de la empresa), las INDEMNIZACIONES O SUPLIDOS (llevar documentacion de un sitio a otro por ejemplo), los PLUSES POR RENDIMIENTO EN EL TRABAJO (esto incluye las horas extras y el cumplir los criterios de produccion) y las OTRAS PERCEPCIONES NO SALARIALES (algun pago extra que te puede hacer el jefe por la cara) NO ENTRA, repito, NO ENTRA en el calculo del paro... haceoslo mirar, porque mas de uno puede llevarse una desagradable sorpresa...
Y esto que estás diciendo es lo mismo que he dicho yo, sólo que más liado. No entran gastos suplidos, indemnizaciones ni ayudas no salariales. Entra todo lo que sea salario, sea este base o complementos salariales. De nuevo te doy el link por si no me crees:

TR Ley General de la SS (Mira el artículo 109)
 

Miguel_in

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Santa dijo:
Y esto que estás diciendo es lo mismo que he dicho yo, sólo que más liado. No entran gastos suplidos, indemnizaciones ni ayudas no salariales. Entra todo lo que sea salario, sea este base o complementos salariales. De nuevo te doy el link por si no me crees:

TR Ley General de la SS (Mira el artículo 109)
Una duda que me queda, los 4 meses de baja maternal, que coinciden con una paga extra que deberían pagarla, ¿como se la da el estado que es el que esta pagando esos 4 meses?, ¿es prorrateado el sueldo mensual?. Gracias.
 

Santa

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Miguel_in dijo:
Una duda que me queda, los 4 meses de baja maternal, que coinciden con una paga extra que deberían pagarla, ¿como se la da el estado que es el que esta pagando esos 4 meses?, ¿es prorrateado el sueldo mensual?. Gracias.
No estoy seguro de lo que te voy a decir, pero creo que la respuesta es que no se la da.

Te explico. Durante el periodo de maternidad se produce la suspensión del contrato de trabajo y la trabajadora pasa a cobrar un subsidio del 100% de la base reguladora durante ese tiempo, a costa del Estado. Los subsidios no tienen pagas extras.

Si no me equivoco la empresa debería pagarle la parte de la paga extra que haya devengado, es decir, la correspondiente al periodo de devengo en el que el contrato de trabajo no ha estado suspendido.

Pero no soy un experto en esto, así que si alguien lo sabe seguro, por favor que me corrija!