Especulador_inmobiliario dijo:
El gobierno tiene la obligación de encargarse de cierto tipo de personas que no pueden valerse por sí mismas. Para eso deberían estar los pisos de alquiler VPO y similares.
Pues ayer precisamente era el día de los sin techo, con más de 30.000 en España
y subiendo según Cáritas ¿supongo que ya lo sabías?
¿Y cuantas VPO en alquiler y similares ofrece Madrid o Barcelona?
Si eso no lo sabemos, no sabremos si los desalojos ofrecen reubicación alternativa, y tu respuesta no tendría suficiente respaldo, y me parece interesante saberlo para apoyar el aplazamiento los desalojos, apoyar la reubicación, o la solución kelifinder para patearse las calles bajo un puente, en un cajero automático o con la família del pueblo o en casas abandonadas del bosque.
Creo es oportuno plantearlo si sigue creciendo el euribor al mismo ritmo que los últimos 6 meses, y más en el marco hipotetico excepcional de una crisis, como la de
infinidad de forecloseds en EEUU o de los
desalojos en Argentina, cuya capital la defensora del pueblo cifró en más 200.000 ocupas esta misma semana, en condiciones realmente lamentables.
Por supuesto tiene más peso el derecho a la propiedad.
¿Es mejor echar a alguien a la calle que transitoriamente no puede pagar sin que el gobierno se haya asegurado la reubicación? ¿Es eso constitucional? ¿Qué opinan los juristas? ¿No debería el juez mediar con el gobierno y el propietario para pagar una parte del alquiler, y ajustarlo al precio real cuando se comprueba que los precios están actualmente hinchados por el mercado especulativo, mientras esos poderes publicos no les sepan proveer esa VPO en alquiler, y similares? ¿Quien paga a los jueces? ¿todos los ciudadanos o solo los propietarios?
¿Es justo constitucionalmente que unos tengan tres pisos en propiedad y otros no puedan acceder a ninguno por que los acaparadores con intención especulativa contribuyen a encarecerlo?
Según tengo entendido la SPA ya se cuida de pagar al propietario si el inquilino no puede pagar, por lo que no habría por qué preocuparse. Pero ¿y los arrendamientos existentes fuera de la tutela de la SPA?
Que alguien tenga un piso no quiere decir que le tengan que obligar a hacer obra social con él teniendo gente allí gratis.
Cuidado. Que alguien tenga
dos pisos...
La primera vivienda es un derecho, la segunda vivienda un lujo.
La segunda vivienda debería tener impuestos de lujo con la demanda que hay actualmente si no está alquilada, para facilitar el acceso a más gente frente a los acaparadores. ¿Todos los españoles tienen derecho a dos viviendas dignas? NO. Una vivienda digna es un derecho. ¿Y dos?
Si eso fuese así ¿quién shishi iba a alquilar un piso?
¿Por qué crees entonces que la gente tiene tanto miedo a alquilar? ...y peor si hubiese rumores de contexto social crecientemente excepcional.
Estamos hablando de fomentar el alquiler y
sale uno diciendo que el que no pague no se le puede echar ...
No hace falta manipular. Yo no salgo diciendo ni afirmando. He formulado una pregunta. En teoría en un foro de debate para crearse opinión se pregunta y se contesta si se considera oportuno. Evitando las descalificaciones y alusiones personales que no sirven para convencer sino para enconarse todavía más y descarrilar los debates amenos.
Si la respuesta no gusta, puedes opinar tu manera de ver sin ninguna necesidad de descalificar, o pasas, o me pones en ignore (porque ya te advierto que habitualmente soy así de simple en todo,) ...como puedo hacer yo también.
La pregunta también es simple y en mi opinión muy oportuna ante el temor de alquilar, y se la planteó un profesor de derecho en la facultad, a la clase de una conocida mía, y no creo que fuese un hippie, precisamente.
La respuesta ya no es tan simple y tiene sus fundamentos para plantearselo sin sesgos y con un mínimo de rigor
atendiendo al texto constitucional y a la función teorícamente encomendada a los poderes públicos.
http://www.congreso.es/funciones/constitucion/indice.htm
TÍTULO I.
De los derechos y deberes fundamentales
Capítulo 2 Sección 1.ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas
Articulo 18: El
domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.
Capítulo 2 Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos
Artículo 33:
1) Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia.
2) La
función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las leyes.
3) Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino
por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes.
TÍTULO I.
De los derechos y deberes fundamentales
Capítulo 3. De los principios rectores de la política social y económica
Artículo 47: Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada.
Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para
impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.
Y ojito con el TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 1. España se constituye en un
Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia,
la igualdad y el pluralismo político.
La soberanía nacional reside
en el pueblo español,
del que emanan los poderes del Estado.
Yo no vengo diciendo, sólo he preguntado:
¿Qué tiene más peso el derecho a propiedad de alguien que no necesita la vivienda para vivir en ella porque tiene otras, o el derecho a techo de las clases más indefensas?
Y la respuesta que se puede temer es que "depende". ¿Depende de quien, o depende de qué? ¿De la circunstancia y del momento social tal vez?. ¿De las sensibilidades distintas posibles en la composición de los que marcan las directrices? Hasta aquí puedo leer. Pero no es tan simple dirimirlo, a pesar de que la pregunta lo parece.
Anda...
... alquilas un piso .. no te pagan .. y automaticamente tienen derecho a quedarse simplemente porque son pagapensiones o porque tienen un hijo o porque estan desempleados
Una cosa es no te pagan, y otra cosa distinta es no te pueden pagar. Y quien ha de impartir justicia de manera imparcial se encuentra con un constitucion que pone lo que pone, con
unos poderes publicos que no impiden la especulación ni establecen las normas pertinentes para hacer efectivo el derecho a vivienda digna, ni
crean VPO de alquiler y similares suficiente (por que si no, no existirían esos precios inasequibles), y con unas calles en las que hay 30.000 sin techo y creciendo según Caritas, y con un acaparador con dos pisos o más que quiere cobrar a quien no puede pagar y no está para gaitas ni historias ni constituciones ni zarandajas, porque quiere alquilar su piso a otro que pague lo que él pide según va marcando un mercado hiperhinchado artificialmente por la acaparación.
... es verdaderamente absurdo.
Desde luego, desde una perspetiva muy concreta y facilmente imaginable tendrás razón. Pero tal vez si te pones en la piel de los que no tienen dos pisos ni tres ni uno y no pueden pagar, lo verías de otra manera radicalmente distinta, y si te pones en la piel de los que elaboraron la Constitución, o en la piel de un juez objetivo que tiene que impartir justicia, no es tan facil, mientras el estado no se provea de alternativas de reubicación al desalojo, salvo el pitorreo de regalar al desalojado unas kelifinder, que capaces serían y posiblemente de manera demostrable tal vez.
Si esas alternativas las hubiese no habría ningún problema, pero en las ciudades que no las hay ¿qué ha de hacer un juez?
Repito porque ayer era el día de los sintecho por más que pueda parecer demagogía y no se quiera saber el contexto actual: 30.000 homeless en España y subiendo. Más cientos de miles de infraviviendas, zulitos y chabolas.
¿Por qué no mejor que los aloje tu progenitora en su casa? Seguro que algún huequecito tendrá por ahí.
Mi progenitora no tuvo nunca dos viviendas en propiedad. Solo tuvo una y de alquiler.
Uno de esos pagapensiones que mencionas seguro se podría poner a dormir en el sofa, y los otros en sacos de dormir en el salón,
No hace falta que sean pagapensiones, más de la mitad de homeless son españoles, y la mayoría de pepitos cada vez más estraguladillos también.
¿Te imaginas que el banco al ejecutar la hipoteca no los pudiese echar a la p_ta calle, porque el banco tiene miles de pisos y los pepitos solo media entrada y ahora se la quieren quitar, porque no sabían quien era el Sr. Euribor, y les facilitaron información parcial?
Pues a mi no me joroba la preguntita, que me sigue pareciendo oportuna ante
los precios de alquiler desproporcionados actuales. Alquileres por un piso de 50 metros a 700 euros en BCN, y salarios netos a 700. Desde luego invita a reflexionar un poco ¿no? De eso se trata. ¿Y si la sensibilidad o doctrina del Supremo cambiase a partir de un momento dado ante la multiplicación de desalojos sin alternativa de reubicación, y de sin techos?
Tal vez si los precios de alquiler fuesen otros...
O incluso si tú ya te has ido de casa,
Como se ponen algunos, hay que ver... Y eso que parecía una pregunta facilmente planteable entre los que solo aspiramos a emanciparnos sin endeudarnos de por vida, ni pagar alquileres abusivos en el contexto actual absolutamente inaccesible, vistos la mayoría de salarios, y cuando ya existe más de una vivienda por cada 2 habitantes.
Y dale con mi progenitora. Ni para debatir ni para convencer hay ninguna necesidad de meterse con la progenitora del interlocutor. ¿Es imaginable ZP utilizando la progenitora de Rajoy y viceversa para defender una planteamiento o lo contrario? ¿Para responder se debería utilizar al padre del otro ahora?
...
puestos a decir insensateces
...
...
...
¿que tiene más peso, el derecho de tu progenitora a tener una habitación o el salón de su casa vacio o
...
el derecho a techo de las clases más indefensas?
Parece que mi pregunta ha sembrado un poco de inquietud. Si quieres la quito, y cuando tenga otra pregunta me la callo, para evitar situaciones parecidas. Es que se me ocurre preguntar cada tontería.
Ya hace un par de semanas en el hilo que hablaba de la encuesta de la población activa por preguntar retóricamente
por qué no se publica el salario medio de los nuevos contratados para compararlos con el trimestre anterior, y con el trimestre de hace un año o hace 10 años, hubo alguien que también me atribuyó el
record mundial de tontería o algo así. Pues sabiendo como soy, me podeis ningunear facilmente poniendome en ignore, si mis preguntitas son tan iluso ¿no crees?
También, para evitar el desahucio y hasta que encuentren trabajo esos pobres pagapensiones,
Y dale con los pagapensiones, si pueden ser las compañeras/ros de infancia de cualquiera...
¿por qué no mejor les pagas tu el alquiler con tus ahorros?,
...
porque total ..¿qué tiene más peso, tu derecho a tener unos pocos miles de euros que no necesitas en una cuenta de ahorros
...
o el derecho de personas desfavorecidas a tener un techo?
¿Y con qué dinero crees que se constriuría esa VPO de alquiler y similares que propones como salida a los desalojos, para reubicar a los que no pueden pagar, si no es con el dinero de los hay_untamientos que mantenemos los paganinis?
Venga...
a ver quién dice la memez
Soy un memo.
Soy el memo más rellenito.
¿desalojos?
ok
creo que eso daría mucha seguridad a los propietarios,
OK, pozí, pero ni memez ni tontería ni nadie tiene porque meterse en alusiones personales ni utilizar la progenitora del interlocutor para mostrar su desacuerdo o inquietud.
En mi opinión:
El derecho a primera vivienda es un derecho constitucional, el derecho a segunda vivienda es un lujo.
Repito:
El derecho a primera vivienda es un derecho constitucional, el derecho a segunda vivienda es un lujo.
Mientras las
VPO de alquiler y similares no sean accesibles ¿los jueces de una democracia constitucional con su artículo 18, 33.2 y 47 con 1 del preambulo, ¿deberán ordenar desalojos a todos aquellos currantes precarios pepitos, o alquilados a precio abusivo, que se han quedado sin empleo transitoriamente, sin importarles para nada si hay imposibilidad de reubicación alternativa?
Que los poderes publicos hayan establecido muchas leyes sobre el derecho a propiedad y muy pocas o ninguna sobre el derecho a vivienda de todo ciudadano, no impide cuestionar como ejercicio intelectual a donde se remiten los desalojados sin dejarlos en la calle, como hacen los entendidos sobre la materia, sin necesidad de perder el tiempo con los que descalifican en lo sucesivo. Creo recordar que hay alguna sentencia que emplaza a alguna administración local o ONG a pagar el alquiler previa renegociación del importe, con el propietario que no podía cobrar.
Como verás, yo no tengo por que sostener mis formulaciones de hipotésis descalificando a nadie, porque me parecen obvios y de sentido común y me parece fácil estar de acuerdo, o en desacuerdo con igual facilidad.
Naturalmente si se defiende las cosas hasta un extremo u otro siempre puede resultar perverso o objeto de ridiculización facilona, sin embargo llegar a plantearse la posibilidad que
la justicia medie entre el propietario el precario que no puede pagar, y la administración para buscar una solución ante unos precios abusivos e inabordables cuando debería impedirse la especulación, ¿tan tontería o memez resultaría plantearselo en el contexto de este hilo? ¿O sería más tontería autocensurarse para evitar suscitar inquietud entre los partidarios del mercado libre sin regulación alguna, cuando este mercado segun la constitución no es libre precisamente?
Posiblemente se podría especular más facilmente con el agua, con las medicinas, con el aceite de oliva, ...pero hay algo en el que la consti emplaza a los poderes publicos a impedir su especulación por el articulo 47, y además tal vez por el artículo 8 a las Ferzas Armdas a
defender el ordenamiento constitucional, si los partidos de los poderes publicos se dejasen financiar anonimamente por acaparadores y especuladores. ¿O no lo tengo bien entendido eso tampoco, mecachis la mar?
No me hagas caso ni pierdas el tiempo conmigo. Soy un memo de la teoría, y encima pacifista. No sé si hay más ni me importa. ¿Será contraproducente plantear preguntas en el contexto del
miedo a alquilar, y
el derecho constitucional a techo, en un foro sobre burbuja de precios?
Pues me pareció buena pregunta cuando me la plantearon, y me lo sigue pareciendo.