Asesorías fiscales para montar empresa offshore?

Alan__

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En que pais se puede montar una empresa (no españa claro) para hacer ventas dropshipping por interenet?

Como se declara en España?


Las ventas se hacen fuera de españa por tanto no tiene sentido tener la sociedad en españa.

Alguna asesoría que se dedique a esos temas?
 

ddeltonin

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Claro, en burbuja.info esta lleno de asesorias de prestigio que atiende consultas de gente que quiere hacer "ingenieria fiscal" con sociedades offshore de ventas de camisetas y tazas(dropshipping) que a cambio de un "Zank", le van a resolver todas sus dudas.
 

Alan__

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Claro, en burbuja.info esta lleno de asesorias de prestigio que atiende consultas de gente que quiere hacer "ingenieria fiscal" con sociedades offshore de ventas de camisetas y tazas(dropshipping) que a cambio de un "Zank", le van a resolver todas sus dudas.

PIdo referencia a asesorias, d everdad, no burbujeras que trabajen por Zenkius
 

Alan__

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Quiero cumplir con la ley española siempre, pero si tengo ventas hechas todas en el extranjero en producto que tambien se compra en el extranjero y no pasa ni por españa es ridiculo tener que tener la empresa en España. Nadie me impide tener una empresa o una casa en otro pais.
 

Alan__

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Entonces como dropshippeares tu legalmente desde spain?
 

kynes

Jack of All Trades Master of None
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Nadie me impide tener una empresa o una casa en otro pais.
Y casi nadie te impide tener residencia en otro país, pero si eres residente en España tienes que seguir sus normas tributarias te gusten más o menos.

Si el cambiar tu residencia o ser un "nómada" no es problema y te das de baja como residente fiscal en España puedes constituir tu empresa donde quieras o dónde te dejen. Valora Pros y Contras.

Persona física residente en España - Agencia Tributaria

¿Cuándo una persona física se considera residente en España?, y ¿cuándo no residente?
Una persona física es residente en territorio español cuando se dé cualquiera de las siguientes circunstancias:
  • Que permanezca más de 183 días, durante el año natural, en territorio español. Para determinar este período de permanencia en territorio español se computarán las ausencias esporádicas salvo que el contribuyente acredite su residencia fiscal en otro país. En el supuesto de países o territorios de los calificados como paraíso fiscal, la Administración tributaria podrá exigir que se pruebe la permanencia en el mismo durante 183 días en el año natural.
  • Que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos de forma directa o indirecta.
  • Que residan habitualmente en España el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad que dependan de esta persona física. Este tercer supuesto admite prueba en contrario.
No perderán la condición de contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, las personas físicas de nacionalidad española que acrediten su nueva residencia fiscal en un país o territorio calificado como paraíso fiscal. Esta regla se aplicará en el periodo impositivo en el que se efectúe el cambio de residencia y durante los cuatro períodos impositivos siguientes.
Por el contrario, una persona física tendrá la consideración de no residente en España cuando no se cumpla ninguno de los requisitos anteriores.
 

Alexcandas

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Y casi nadie te impide tener residencia en otro país, pero si eres residente en España tienes que seguir sus normas tributarias te gusten más o menos.

Si el cambiar tu residencia o ser un "nómada" no es problema y te das de baja como residente fiscal en España puedes constituir tu empresa donde quieras o dónde te dejen. Valora Pros y Contras.

Persona física residente en España - Agencia Tributaria

¿Cuándo una persona física se considera residente en España?, y ¿cuándo no residente?
Una persona física es residente en territorio español cuando se dé cualquiera de las siguientes circunstancias:
  • Que permanezca más de 183 días, durante el año natural, en territorio español. Para determinar este período de permanencia en territorio español se computarán las ausencias esporádicas salvo que el contribuyente acredite su residencia fiscal en otro país. En el supuesto de países o territorios de los calificados como paraíso fiscal, la Administración tributaria podrá exigir que se pruebe la permanencia en el mismo durante 183 días en el año natural.
  • Que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos de forma directa o indirecta.
  • Que residan habitualmente en España el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad que dependan de esta persona física. Este tercer supuesto admite prueba en contrario.
No perderán la condición de contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, las personas físicas de nacionalidad española que acrediten su nueva residencia fiscal en un país o territorio calificado como paraíso fiscal. Esta regla se aplicará en el periodo impositivo en el que se efectúe el cambio de residencia y durante los cuatro períodos impositivos siguientes.
Por el contrario, una persona física tendrá la consideración de no residente en España cuando no se cumpla ninguno de los requisitos anteriores.
Asi me quede yo jejejje vamos a tener que estudiar mas jajaajajajaj, estas cosas tan modernas debe ser que se nos escapa tu y yo nos quedamos en la antigua normalidad
 

luismarple

Será en Octubre
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Quiero cumplir con la ley española siempre, pero si tengo ventas hechas todas en el extranjero en producto que tambien se compra en el extranjero y no pasa ni por españa es ridiculo tener que tener la empresa en España. Nadie me impide tener una empresa o una casa en otro pais.
Querido, yo vendo material chino en latinoamérica a paladas. Y para poder sacar la pasta de mi SL legalmente a mi cuenta, tengo que estar dado de alta como autónomo en España.

Puedes largarte a otro país? claro que sí, pero para eso te tienen que dar las cuentas y ahí hay que sumarlo todo. Que irse a Andorra está de querida madre hasta que un día te duele la tripa y hay que operar de apendicitis. A ver cómo se paga eso en Andorra.
 

orbeo

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En Panamá las ventas que hagas fuera del país no tributan.