temis2011
Madmaxista
AYN, tú la tienes declarada? Yo todavía no, y me debato entre el miedo a que me sancionen si no lo hago, y el miedo a que si la notifico puedan intentar "expropiarme" algún día.
El link que enlazas tú se refiere a una variación en los requisitos de notificación al BDE de las transacciones en el extranjero, la Circular
4/2012. La notificación de apertura, que se exige por lo que parece a TODAS las cuentas, independientemente de su saldo, está regulada por la Circular 3/2006, que a falta de corrección o derogación, creo que es la vigente (no hay ninguna otra normativa que verse al respecto), corregidme si me equivoco, por favor.
Estás en lo cierto, declara la cuenta no te arriesgues a posibles sanciones y menos si la cuenta la tienes en Europa, ahora toca ponerse a pensar que hacer con la pasta que tienes en la cuenta.