El dato es real y viene muy a cuento, pero tiene dos matices y el segundo es el bueno.
El primero ya lo apuntó Cremilo: no era todo el oro. La orden 6102, del 5 de abril de 1933, dejaba fuera hasta 100 dólares en monedas y certificados por persona, unas cinco onzas, y también las monedas con valor reconocido para coleccionistas y el oro de uso industrial, dental, de joyería y de artes. El plazo para entregarlo acababa el 1 de mayo, y la sanción sí era la que usted dice, 10.000 dólares o diez años, o las dos cosas.
Y ahora lo que casi nunca se cuenta. El Tesoro pagó ese oro a 20,67 dólares la onza, que era la paridad legal. Nueve meses después, el 30 de enero de 1934, la Gold Reserve Act movió la paridad a 35 dólares.
Eche la cuenta. Quien entregó y se quedó los dólares vio que esos dólares compraban un 41% menos de oro del que acababa de entregar. Visto al revés, el oro subió un 69% en dólares, y esa plusvalía se la quedó entera el Estado que se lo había comprado.
O sea que la confiscación no fue el robo. El robo fue la devaluación de después, que es la puerta por la que entran siempre.