“¿Tus padres cotizaron en Venezuela? Ahora pueden jubilarse y recibir su pensión en España”

“¿Tus padres cotizaron en Venezuela?
Ahora pueden jubilarse y recibir su pensión en España”
RESUMEN

Un mensaje que circula en X sostiene que quienes cotizaron en Venezuela pueden jubilarse y cobrar su pensión en España, pero no cita ninguna norma ni aporta enlace. La pensión contributiva española exige 15 años cotizados y los convenios bilaterales permiten sumar periodos de ambos países, algo que cada caso concreto tendría que verificar.

Un mensaje sin enlace ni norma

Una publicación que circula en X resume una promesa en forma de pregunta: «¿Tus padres cotizaron en Venezuela? Ahora pueden jubilarse y recibir su pensión en España». No trae enlace, ni referencia a una norma concreta, ni fecha.

Conviene separar dos cosas que el mensaje mezcla. Una es jubilarse con una pensión española. Otra, cobrar en España una pensión generada fuera.

Sumar periodos cotizados entre dos países

La pensión contributiva de jubilación en España exige 15 años cotizados, dos de ellos dentro de los quince anteriores al hecho causante. Quien solo trabajó en Venezuela no reúne esos años por sí mismo.

Para eso están los convenios bilaterales de Seguridad Social, que España tiene firmados con varios países: permiten totalizar periodos cotizados en ambos Estados para alcanzar el mínimo. Cada país abona después la parte proporcional.

Qué falta por comprobar

El mensaje no aclara si se refiere a la pensión venezolana cobrada desde España, a una pensión española por totalización de periodos o a las dos. Tampoco menciona qué norma habría cambiado para permitirlo.

Quien esté en ese supuesto debería confirmarlo con la Seguridad Social o con un especialista antes de contar con ese dinero. Los requisitos cambian según el país y las fechas de cotización.

Datos clave
  • La publicación analizada se difunde en X y se limita a una pregunta y una promesa, sin enlace ni norma citada.
  • España exige 15 años cotizados para la pensión contributiva de jubilación.
  • Dos de esos años deben estar dentro de los quince anteriores al hecho causante.
  • Los convenios bilaterales de Seguridad Social permiten sumar periodos cotizados en España y en otro país.
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