Fuga de un descuartizador en Barcelona: salió a tomar café y no volvió
¿Cómo es posible que un hombre condenado a más de diez años por matar y descuartizar a su inquilino —y arrojar los restos en contenedores del centro de Barcelona— salga de prisión en un permiso acompañado de su terapeuta, se siente en una cafetería, se levante, abra la puerta del coche y se largue? El martes 21 de julio, el irlandés William Morrow A., interno en Quatre Camins, no regresó tras una salida programada. Los Mossos lo buscan, pero la historia ya es un monumento al cachondeo penitenciario.
Los hechos: un permiso que parecía de cine
Morrow fue condenado por un crimen execrable: en 2021 descuartizó a la persona que le alquilaba un piso en la calle Casanova. La sentencia, superior a diez años, no le impidió alcanzar el tercer grado en solo cuatro años. Y no solo eso: la Junta de Tratamiento le concedió una salida terapéutica para tomar café en Barcelona. Acompañado por su terapeuta y su pareja, el preso se bajó del vehículo, entró en un local y, en un descuido, abrió la puerta y se fugó. La terapeuta aseguró no saber nada de sus intenciones. La pareja, también. Nadie vio venir que un hombre que troceó a otro pudiera tener malas intenciones.
El sistema penitenciario, en el banquillo
El caso reabre el debate sobre la política de reinserción en España. Mientras Morrow disfrutaba de un cafetito fuera, otros condenados por delitos sexuales —como los de la Manada— cumplen condenas largas sin permisos similares. La diferencia de criterio es tan evidente que resulta grotesca. «Condenado a 10 años y en 4 ya está de saliditas», resume una corriente de análisis que señala la falta de proporcionalidad. Las cifras son tozudas: según datos del Consejo General del Poder Judicial, la media de cumplimiento efectivo en delitos de homicidio es de poco más de la mitad de la condena, pero en casos de especial crueldad como este, la concesión de tercer grado es excepcional. O debería serlo.
El detalle jurídico: ¿fuga o simple marcha?
Un análisis más técnico apunta a que la fuga no tiene la consideración de quebrantamiento de condena con fuerza, porque Morrow simplemente abrió una puerta que no estaba cerrada. El artículo 469 del Código Penal exige «fuerza en las cosas» para agravar la fuga, y abrir una puerta sin forzarla no encaja. «Lo escandaloso no es la aritmética de la fuga, sino el tercer grado y las salidas antes de cumplir media condena por matar y descuartizar», resume un jurista. Es decir, el sistema permite que un descuartizador alcance el régimen abierto en cuatro años y luego, al fugarse, se enfrente a una pena baja por el mero hecho de no haber roto nada.
El resultado es un descuartizador suelto por Barcelona, una terapeuta que se lava las manos y una sensación general de que el sistema penitenciario catalán funciona como un coladero. Ahora solo falta que el fugado vuelva a alquilar un piso. La siguiente víctima, quizá, se tome su café con calma.