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Y no solo de la bolsadeben asumir el irpf de esa persona....No parece fácil y más para unos recién llegados... y Hacienda no perdona, no?
¡Curioso! De todas formas lo que planteaba era más enrevesado: que el fallecido hubiera vendido durante el año fiscal en curso.Me suena que es parecido a esto, corregidme si no es así:
Se toma el valor de las acciones a día de fallecimiento. Ese valor es el que se usará para calcular el impuesto de sucesiones y, cuando en el futuro los herederos vendan las acciones, para calcular el precio de compra.
Vamos, un cacao...Y no solo de la bolsadeben asumir el irpf de esa persona....
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