Pregunta sobre renta asegurada vitalicea

Mi padre tiene no una, sino varias de éstas guano hace ya años. Ya me informaron bien sobre ello. Para mí es una engaña. Dinero secuestrado con una rentabilidad de guano y luego para rescatarlo veremos. Ese dinero podía estar generando buena pasta en un fondo indexado o donde fuese.
 
La mafia bancaria en españa es voraz y nos trata como badulaques. Empezando por el banco de España.

El otro dia, mi padre compro letras a 3 meses. El rendimiento eran (de una cantidad pequeña) 129€. Cual es su sorpresa que cuando le devuelven el principal, el Banco de España le cobra 38€ por hacerle la transferencia del dinero a su cuenta. Un 0,15%!!!! ¿Estamos locos?

Total que las fruta letras le dieron un 1,46% de interes bruto y le quedará en un1,19% de interes neto cuando liquide el IRPF. Bancos y gobierno son la misma mafia saqueadora.

Es indecente. No me extraña que la gente inteligente huya de este pais.
El Banco de España se ha quedado como mucho para ser la cuidadora de la guardería.
 
Creo que los tiros van por aquí

La exención por reinversión en rentas vitalicias permite a los contribuyentes mayores de 65 años eliminar de su tributación en el IRPF las ganancias patrimoniales derivadas de la venta de bienes, siempre que destinen el importe obtenido a la constitución de una renta vitalicia asegurada.

Los requisitos y condiciones clave para aplicar esta exención en 2025 son:

  • Límite de importe: La cantidad máxima total exenta es de 240.000 euros por contribuyente. Si se supera este límite, la exención se aplica proporcionalmente a la parte reinvertida hasta alcanzar dicho tope.
  • Plazo de reinversión: La renta vitalicia debe constituirse en el plazo de seis meses desde la fecha de transmisión del bien. Si hay retención y se destina íntegramente a la renta en ese plazo, el plazo para el resto del importe se amplía hasta el final del ejercicio siguiente.
  • Requisitos de la renta: Debe tener periodicidad igual o inferior al año, comenzar a percibirse en un plazo máximo de un año desde su constitución, y su importe anual no puede decrecer más de un 5% respecto al año anterior.
  • Comunicación obligatoria: El contribuyente debe informar expresamente a la entidad aseguradora que la renta constituye una reinversión exenta conforme a la normativa del IRPF.
  • Consecuencias del incumplimiento: La anticipación de derechos económicos (rescate) o el incumplimiento de las condiciones provoca la pérdida de la exención, debiendo tributar la ganancia no exenta en el año de la transmisión más intereses de demora.

El producto financieramente hablando no es ninguna maravilla, pero permite evitar una plusvalía salvaje un año y que se diluya con rescates de renta muy espaciados en el tiempo. Mis padres han vendido una casa en la playa comprada en los 90 y la plusvalia era salvaje. Recuperando una cómoda renta anual los siguientes años el coste fiscal disminuye una barbaridad.

Dicho lo cual hay que ver en que esta invertido y que entidad lo maneja.
 
Solo con los dividendos de esos 40 K de acciones del santander no te dan más rentabilidad que ese 3% que te ofrecen¿ Ademas si la accion sube ya no solo te llevas los dividendos sino cuando vendas tendras aun mas ganancias...

Yo lo que tengo en acciones es algo que no pretendo tocar salvo una emergencia de las chungas, yo tambien estuve dolido con las acciones del santander esta decada pasada cuando estaban mas bajas de los que las compre y ahora casi ya doblan su precio, asi que lo mismo te renta guardarlas porque en realidad en Bolsa deberias invertir el dinero que te sobra y puedes dejar ahi parado sin problemas, sino si que estas jugando un poco a la loteria...
Solo
 

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