Plazo cuenta ahorro-vivienda.

najmah

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Teniendo una cuenta ahorro-vivienda abierta en diciembre de 2007, ¿cuándo habría que comprar la vivienda? ¿antes de 4 años desde su apertura? ¿o antes de la última desgravación de Hacienda por este concepto? Lo único que encuentro por internet es "antes de 4 años", pero supongo que se puede desgravar 4 veces, por lo que sería un poco más, ¿no?
Gracias por vuestras respuestas.
 
najmah Plazo cuenta ahorro-vivienda.

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Teniendo una cuenta ahorro-vivienda abierta en diciembre de 2007, ¿cuándo habría que comprar la vivienda? ¿antes de 4 años desde su apertura? ¿o antes de la última desgravación de Hacienda por este concepto? Lo único que encuentro por internet es "antes de 4 años", pero supongo que se puede desgravar 4 veces, por lo que sería un poco más, ¿no?
Gracias por vuestras respuestas.
El plazo para comprar la vivienda sería de 4 años desde la fecha de apertura de la cuenta vivienda, es decir en diciembre del 2011.
Además dicho plazo es improrrogable.
Lo puedes consultar en el Real Decreto sobre el IRPF.
 
El plazo para comprar la vivienda sería de 4 años desde la fecha de apertura de la cuenta vivienda, es decir en diciembre del 2011.
Además dicho plazo es improrrogable.
Lo puedes consultar en el Real Decreto sobre el IRPF.

Pero entonces sólo podría desgravar 3 veces, ¿no? Ya que el cuarto año desgravaría por la compra de la vivienda, no por la cuenta, ¿me equivoco?
 
Pero entonces sólo podría desgravar 3 veces, ¿no? Ya que el cuarto año desgravaría por la compra de la vivienda, no por la cuenta, ¿me equivoco?

Te podrías desgravar 4 años por la cuenta, evidentemente ,ya que en la declaracion de la renta te desgravas por las aportaciones hechas a la cuenta vivienda en el año anterior.
Es fácil: en la declaración del 2008 te desgravas por las aportaciones realizadas en el 2007; en la del 2009 por las hechas en el 2008 y así sucesivamente...con lo cual en el 2011 te desgravarias por las realizadas en el 2010 y ya en la declaracion del 2012 lo harías por la compra de la casa, si no lo has hecho antes, claro.
Espero habertelo aclarado.
Un saludo.
 
Te podrías desgravar 4 años por la cuenta, evidentemente ,ya que en la declaracion de la renta te desgravas por las aportaciones hechas a la cuenta vivienda en el año anterior.
Es fácil: en la declaración del 2008 te desgravas por las aportaciones realizadas en el 2007; en la del 2009 por las hechas en el 2008 y así sucesivamente...con lo cual en el 2011 te desgravarias por las realizadas en el 2010 y ya en la declaracion del 2012 lo harías por la compra de la casa, si no lo has hecho antes, claro.
Espero habertelo aclarado.
Un saludo.

A ver si me entero, entonces, para sacar el máximo rendimiento ¿tendría que comprar en 2010, desgravar cuenta vivienda en 2011 y la vivienda comprada en 2010 declararla en 2012?
 
A ver si me entero, entonces, para sacar el máximo rendimiento ¿tendría que comprar en 2010, desgravar cuenta vivienda en 2011 y la vivienda comprada en 2010 declararla en 2012?

Tendrías que comprar durante 2011 y en 2012 desgravarte (si aún queda alguien para atenderte) por la compra.
 
Tendrías que comprar durante 2011 y en 2012 desgravarte (si aún queda alguien para atenderte) por la compra.

Pero entonces no compraría antes de 4 años desde que abrí la cuenta, como se suele decir, sino después de desgravarme el cuarto año, que es lo que me parecería lógico.
 
Nunca lo había pensado pero no lo entiendo. Las siguientes condiciones son incompatibles:
- puedes desgravar 4 años
- tienes que comprar dentro de los 4 años desde la apertura de la cuenta vivienda

Si hay que comprar antes de 4 años desde la apertura de la cuenta, no puedes deducir el cuarto año por la cuenta vivienda porque deducirías ya por la compra.

Eso, que no lo entiendo.
 
Nunca lo había pensado pero no lo entiendo. Las siguientes condiciones son incompatibles:
- puedes desgravar 4 años
- tienes que comprar dentro de los 4 años desde la apertura de la cuenta vivienda

Si hay que comprar antes de 4 años desde la apertura de la cuenta, no puedes deducir el cuarto año por la cuenta vivienda porque deducirías ya por la compra.

Eso, que no lo entiendo.

Exacto, a eso es a lo que le estoy dando vueltas. Me he bajado la legislación y pone que hay que comprar antes de que la cuenta cumpla los 4 años, así que no se entiende, en realidad, sólo desgravaría 3 años. ¿Nadie ha estado en el caso?
 
Si abriste la cuenta en Dic-2007
- Primer año cumple en Dic-2008. Te desgravas del 2007.
- Segundo año cumple en Dic-2009. Te desgravas del 2008.
- Tercer año cumple en Dic-2010. Te desgravas del 2009.
- Cuarto año cumple en Dic-2011. Te desgravas del 2010.

Es decir la vivienda se debe comprar antes de diciembre de 2011.
Y durante el año 2011 tu te has desgravado por el último año de la cuenta vivienda.
En el 2012 te desgravarás por vivienda habitual(si es el caso) por la declaración del 2011.
 
Si abriste la cuenta en Dic-2007
- Primer año cumple en Dic-2008. Te desgravas del 2007.
- Segundo año cumple en Dic-2009. Te desgravas del 2008.
- Tercer año cumple en Dic-2010. Te desgravas del 2009.
- Cuarto año cumple en Dic-2011. Te desgravas del 2010.

Es decir la vivienda se debe comprar antes de diciembre de 2011.
Y durante el año 2011 tu te has desgravado por el último año de la cuenta vivienda.
En el 2012 te desgravarás por vivienda habitual(si es el caso) por la declaración del 2011.

Gracias Asmodeo, creo que ya me lo has aclarado.
 
Es decir, que a más tardar durante el cuarto año habrá que firmar el contrato de compra. Y habrá desgravación por las aportaciones a la cuenta vivienda de este cuarto año. Pero no habrá desgravación por los pagos de la hipoteca de este cuarto año, habrá que esperar otro año más. Los pagos de la hipoteca del quinto año si que serán desgravables.
 
Aprovechando el tema, yo abrí la cuenta vivienda en diciembre de 2006
He decidido cancelarla. Lógicamente devolveré a hacienda importe desgravado más intereses.

He leído que puedo cancelarla y abrir una nueva desde 0, con cuatro años de nuevo para desgravar. ¿Es esto posible?

En cuanto a hacienda, cuales son los pasos para cancelar la cuenta y devolver el dinero, en la declaración me refiero.
 
Aprovechando el tema, yo abrí la cuenta vivienda en diciembre de 2006
He decidido cancelarla. Lógicamente devolveré a hacienda importe desgravado más intereses.

He leído que puedo cancelarla y abrir una nueva desde 0, con cuatro años de nuevo para desgravar. ¿Es esto posible?

En cuanto a hacienda, cuales son los pasos para cancelar la cuenta y devolver el dinero, en la declaración me refiero.


yo tambien los necesito, voy a hacer lo mismo...
alguien los tiene?

gracias de antebrazo...
 
Sí que se puede cancelar la cuenta vivienda, pagar lo desgravado más intereses y pasado un tiempo volver a abrir y desgravarte durante 4 años.

Salu2.
 

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