Pido consejo ¿Presentaríais el 720?

Morenito Winter

Himbersor
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Estoy en esta situación:
broker extranjero el 31/12/19 26 mil euros (media en el último trimestre unos 32 mil, el broker no me lo da)
cuenta en el extranjero 31/12/19 10 mil euros (media en el último trimestre 39 mil euros)

El 31/12 tenía 36 mil euros fuera de España, pero en la media del último trimestre me paso de 50 mil por mucho (70 mil o así, casi todo mi dinero)
¿Lo presentaríais? Gracias
 
Hacienda sabe q tienes ese dinero? Si no lo sabe ni se t pase x la cabeza presentar nada. Y si lo sabe tampoco si ahora mismo tienes menos d 50k
 
Si a 31 de diciembre no hay más de 50.000€
Estoy en esta situación:
broker extranjero el 31/12/19 26 mil euros (media en el último trimestre unos 32 mil, el broker no me lo da)
cuenta en el extranjero 31/12/19 10 mil euros (media en el último trimestre 39 mil euros)

El 31/12 tenía 36 mil euros fuera de España, pero en la media del último trimestre me paso de 50 mil por mucho (70 mil o así, casi todo mi dinero)
¿Lo presentaríais? Gracias

Si no presentaste otros años, no hace falta que hagas nada, no tienes más de 50.000€ a 31 de diciembre.

Pero si lo has presentado ya (otros años) tienes que mirar si ha habido una variacion de más de 20.000€:

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Salu2
 
Estoy en esta situación:
broker extranjero el 31/12/19 26 mil euros (media en el último trimestre unos 32 mil, el broker no me lo da)
cuenta en el extranjero 31/12/19 10 mil euros (media en el último trimestre 39 mil euros)

El 31/12 tenía 36 mil euros fuera de España, pero en la media del último trimestre me paso de 50 mil por mucho (70 mil o así, casi todo mi dinero)
¿Lo presentaríais? Gracias

La obligación de información gira en torno a dos conceptos:

a) cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero

b) valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero

Luego, lo primero que debes hacer es distinguir la situación por conceptos, es decir:
1) si tenías 50.000€ en cuentas en bancos a 31 de Diciembre (o si el saldo medio en el último trimestre del año superó ese límite) y
2) si el valor liquidativo, de rescate y de capitalización a 31 de Diciembre de los valores, seguros y rentas superaba los 50.000€
 
Si a 31 de diciembre no hay más de 50.000€

Si no presentaste otros años, no hace falta que hagas nada, no tienes más de 50.000€ a 31 de diciembre.

Pero si lo has presentado ya (otros años) tienes que mirar si ha habido una variacion de más de 20.000€:

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Salu2


No lo he presentado nunca hasta ahora. Lo que me mosquea es esto que me han mandado desde el banco no español

La legislación fiscal actual obliga a la presentación del Modelo 720 en tres casos, que le resumimos a continuación:

(i)Si el saldo total de todas sus cuentas financieras (crédito, débito, de valores, etc.) situadas en el extranjero a 31 de diciembre o el saldo medio de esas cuentas durante el último trimestre del año oportuno hubiese excedido de 50.000 .
(ii)Si, habiendo presentado en algún ejercicio previo el Modelo 720 respecto de sus cuentas financieras, se produce un aumento en el saldo de sus cuentas financieras (crédito, débito, de valores, etc.) situadas en el extranjero de más de 20.000 en comparación con el saldo declarado a través del último Modelo 720.
(iii)Si se ha cancelado una cuenta situada en el extranjero declarada en un Modelo 720 correspondiente a un ejercicio previo.

Yo entiendo que entro dentro del supuesto (i) no por el sando a 31/12 si no por el medio en el último trimestre.
 
Me moquea también amí. Mirate fuentes oficinas, ahora no tengo tiempo para rastrear todas las leyes:

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Salu2.
 
En cuanto al plazo, te recuerdo que debido al estado de alarma se ha suspendido todos los plazo administrativos, así que tienes algo más de margen:

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Salu2.
 

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