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La Seguridad Social concede desde…
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La Seguridad Social concede una pensión vitalicia a familiares que dependían económicamente de un trabajador fallecido sin cónyuge ni hijos. La cuantía se calcula sobre la base reguladora del fallecido.
La Seguridad Social concede desde ahora una pensión vitalicia a familiares que vivían a cargo de un trabajador fallecido sin cónyuge ni hijos. La medida amplía la cobertura más allá de las pensiones de viudedad y orfandad.
Hermanos, sobrinos o nietos pueden beneficiarse si dependían económicamente del fallecido y no tienen derecho a las anteriores. La prestación cubre a quienes quedan fuera de las otras dos.
El importe se fija aplicando un porcentaje sobre la base reguladora. Un soltero que ingresaba 1.500 euros al mes y mantenía a un sobrino deja a ese sobrino una pensión vitalicia de 1.080 euros mensuales.
En una familia donde un hermano sostenía a tres personas con 2.500 euros, cada beneficiario percibe 833,33 euros. El reparto se hace a partes iguales entre quienes acrediten la dependencia económica.
Estas pensiones se mantienen mientras persistan las circunstancias que las originaron. No son temporales como otras ayudas sociales.
Cada solicitud se estudia según la normativa vigente y la situación del solicitante. Conviene consultar con un profesional antes de dar nada por hecho.
CLAVES
- La Seguridad Social concede una pensión vitalicia a familiares que dependían económicamente del fallecido.
- Un sobrino a cargo de un trabajador soltero que ingresaba 1.500 euros al mes cobra 1.080 euros mensuales.
- Tres familiares que dependían de un sueldo de 2.500 euros perciben 833,33 euros cada uno.
- La pensión se mantiene mientras no cambien las circunstancias que la originaron.
La Seguridad Social concede desde…