La Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) oculta el destino de 3.539 millones de euros en premios no repartidos casi año y medio después de que la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas del Congreso le reclamara esta información. La petición se aprobó el 18 de mayo de 2025 y apareció publicada en el BOE el 15 de julio de ese mismo año, instando expresamente a Loterías a dar explicaciones al respecto. En el informe de seguimiento de las recomendaciones formuladas a la empresa pública, aprobado el pasado 29 de octubre y con datos actualizados hasta el pasado mes de julio, el órgano fiscalizador explica ahora que Loterías de seguir sin dar ninguna respuesta.
Loterías sostiene que desconoce la metodología utilizada para calcular la cifra y cuestiona que los premios no repartidos constituyan una categoría jurídica o contable adecuada, insistiendo en que debe distinguirse entre premios no cobrados y premios no reclamados. La empresa recuerda que, una vez transcurrido el plazo legal para cobrar un premio, las cantidades correspondientes revierten al Tesoro Público y se contabilizan como otros ingresos de explotación. Sin embargo, el Tribunal considera que esta explicación no resuelve la solicitud parlamentaria, que también pedía conocer cómo se tramitan esos importes y qué criterios se emplean para registrarlos.
Pero esa no, en cualquier caso, la única advertencia que figura en la fiscalización. El Tribunal ha detectado, además, 519 expedientes correspondientes al periodo 2023-2025 en los que faltaba documentación justificativa o esta estaba incompleta. El importe asociado asciende a 14,79 millones de euros, sobre un volumen de pagos de premios mayores de 6.860 millones.
SELAE está obligada a acreditar la identidad de los perceptores de los premios y justificar el cobro mediante los originales de los décimos o resguardos. Y el problema está en que, a juicio del órgano fiscalizador, cuando esa documentación no se aporta se activa la posibilidad contractual de reclamar a las entidades financieras la retrocesión de los importes. Por ello, cuestiona que SELAE no haya ejercido esa facultad y considera que renunciar a reclamar esas cantidades supone dejar de exigir ingresos a los que la sociedad tendría derecho. La empresa, sin embargo, mantiene una interpretación más restrictiva y sostiene que la retrocesión solo procede cuando existen indicios de que el pago pudo ser indebido. En esta misma línea, la empresa señala que únicamente identificó cuatro casos en los que podían concurrir requisitos potencialmente invalidantes.
El informe también recoge avances en los sistemas de prevención del lavado de dinero de capitales y financiación del violencia extremista. SELAE ha reforzado sus controles, la relación con el SEPBLAC y los procedimientos de revisión, además de avanzar en el uso de herramientas tecnológicas. Entre ellas figura una prueba de concepto basada en inteligencia artificial y técnicas de machine learning para mejorar la detección de operaciones de riesgo, con resultados de exactitud del 99,9% y una precisión del 99,45%, según los datos recogidos en el documento.
Loterías sostiene que desconoce la metodología utilizada para calcular la cifra y cuestiona que los premios no repartidos constituyan una categoría jurídica o contable adecuada, insistiendo en que debe distinguirse entre premios no cobrados y premios no reclamados. La empresa recuerda que, una vez transcurrido el plazo legal para cobrar un premio, las cantidades correspondientes revierten al Tesoro Público y se contabilizan como otros ingresos de explotación. Sin embargo, el Tribunal considera que esta explicación no resuelve la solicitud parlamentaria, que también pedía conocer cómo se tramitan esos importes y qué criterios se emplean para registrarlos.
Pero esa no, en cualquier caso, la única advertencia que figura en la fiscalización. El Tribunal ha detectado, además, 519 expedientes correspondientes al periodo 2023-2025 en los que faltaba documentación justificativa o esta estaba incompleta. El importe asociado asciende a 14,79 millones de euros, sobre un volumen de pagos de premios mayores de 6.860 millones.
SELAE está obligada a acreditar la identidad de los perceptores de los premios y justificar el cobro mediante los originales de los décimos o resguardos. Y el problema está en que, a juicio del órgano fiscalizador, cuando esa documentación no se aporta se activa la posibilidad contractual de reclamar a las entidades financieras la retrocesión de los importes. Por ello, cuestiona que SELAE no haya ejercido esa facultad y considera que renunciar a reclamar esas cantidades supone dejar de exigir ingresos a los que la sociedad tendría derecho. La empresa, sin embargo, mantiene una interpretación más restrictiva y sostiene que la retrocesión solo procede cuando existen indicios de que el pago pudo ser indebido. En esta misma línea, la empresa señala que únicamente identificó cuatro casos en los que podían concurrir requisitos potencialmente invalidantes.
Menos incicencias
Pese a estas objeciones, el Tribunal constata una mejora significativa en la gestión de los pagos. Las incidencias pasaron de representar el 7,84% de los expedientes en el periodo 2019-2022 al 0,31% entre 2023 y 2025. Si se mide por importe, el peso de las misma descendió asimismo del 8,18% al 0,22%. La evolución refleja una reducción notable de los problemas detectados, aunque el órgano fiscalizador considera que todavía debe resolverse cómo actuar cuando las entidades financieras no entregan la documentación exigida.El informe también recoge avances en los sistemas de prevención del lavado de dinero de capitales y financiación del violencia extremista. SELAE ha reforzado sus controles, la relación con el SEPBLAC y los procedimientos de revisión, además de avanzar en el uso de herramientas tecnológicas. Entre ellas figura una prueba de concepto basada en inteligencia artificial y técnicas de machine learning para mejorar la detección de operaciones de riesgo, con resultados de exactitud del 99,9% y una precisión del 99,45%, según los datos recogidos en el documento.
