Los obispos avisan: vetar rezos en Jumilla abre la puerta a vetar procesiones
La Conferencia Episcopal Española ha salido a defender que las manifestaciones religiosas en la calle están blindadas por la Constitución. Lo hace después de que el Ayuntamiento de Jumilla haya prohibido las celebraciones religiosas en sus instalaciones municipales, un veto que ha unido a la cúpula católica con la Comisión Islámica de España. El argumento es el artículo 16.1: la libertad de culto solo puede limitarse por «la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley». Traducido: si no hay desorden, no hay motivo para prohibir.
El detalle que conviene no perder de vista es que los obispos no defienden solo los rezos ajenos. Defienden los suyos. Y lo dicen con una lógica que en el fondo es de mercado: si se prohíbe una manifestación religiosa en espacio público, la siguiente prohibición puede caer sobre cualquier otra. La CEE recuerda que la limitación de estos derechos «no afecta solo a un grupo religioso, sino a todas las confesiones religiosas y también a los no creyentes».
Qué dice la Constitución sobre los actos religiosos en la calle
El artículo 16.1 de la Constitución garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto «sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley». La CEE subraya que la única intervención posible de las autoridades es ante una perturbación real del orden público, y que esa valoración debe hacerse «con objetividad por especialistas y con criterios técnicos para que no responda a una decisión arbitraria o ideológica».
El artículo 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos va en la misma línea: toda persona tiene derecho a manifestar su religión o creencia, individual y colectivamente, en público y en privado. Los obispos concluyen que restringir por motivos religiosos «es una discriminación que no puede darse en sociedades democráticas». Y añaden un criterio que incomoda a más de un ayuntamiento: si la restricción busca proteger el bien común, debe extenderse a cualquier manifestación en espacio público, no solo a las religiosas.
El veto de Jumilla y la reacción del debate público
El Ayuntamiento de Jumilla decidió prohibir las celebraciones religiosas en sus instalaciones municipales, lo que afecta de lleno a las fiestas musulmanas. La decisión ha provocado una alineación poco frecuente: la Conferencia Episcopal y la Comisión Islámica de España comparten postura. Hay quien lee ese gesto como una defensa de principio —el derecho de culto es de todos o de ninguno— y hay quien lo lee como puro cálculo: si se prohíbe a unos, se acabará prohibiendo a todos, y las procesiones de Semana Santa no son inmunes a esa lógica.
En el trasfondo aparece un asunto que el debate público suele esquivar: la celebración del final del ayuno tiene en algunos casos una organización segregada por sexos, con las mujeres en zona aparte o directamente excluidas. Quienes señalan esa contradicción sostienen que no se puede invocar la Constitución para actos que chocan con la igualdad. Quienes defienden el derecho de culto responden que las confesiones son organizaciones privadas y que sus costumbres internas no son competencia del ayuntamiento.
La doble vara de medir que nadie quiere reconocer
El punto más incómodo del asunto es la coherencia. Se argumenta que quienes piden prohibir la segregación por sexos en colegios privados no aplican el mismo rasero cuando la segregación viene envuelta en tradición religiosa. Y al revés: quienes defienden la libertad de culto sin matices guardan silencio cuando el espacio público se cede a un acto que excluye a las mujeres.
El otro flanco es la seguridad jurídica. La CEE insiste en que la valoración del orden público no puede ser «arbitraria o ideológica», lo que deja a los ayuntamientos en una posición delicada: cada veto debe justificarse con criterios técnicos, no con la correlación de fuerzas del pleno. Si el criterio es el orden público, vale para todos. Si el criterio es la religión, no vale para ninguno.
La predicción, con todas las reservas del mundo: este tipo de vetos municipales acabará en los tribunales, y la doctrina que salga de ahí marcará el margen real de los ayuntamientos para decidir qué se celebra en la plaza y qué no. Mientras tanto, la foto de obispos y comunidades islámicas defendiendo lo mismo seguirá siendo la imagen más incómoda del curso político local.