Una Ley Orgánica tiene el mismo rango que una Ley, sea del Estado o de una Comunidad Autónoma. El carácter de Ley Orgánica viene determinado por el tipo de materias que regule cuando estas tienen una reserva de Ley Orgánica prevista en la Constitución. Por ejemplo, un Estatuto de Autonomía, o una hipotética Ley que regulase la Libertad de Expresión, o la Ley que regula el Poder Judicial. Pero no existe jerarquía. El carácter de Ley Orgánica además de por las materias que regula, determina la mayoría necesaria para su aprobación: mayoría absoluta del Congreso tiene que votar que se aprueba. Una Ley ordinaria solo requiere más síes que noes. Aunque existiera jerarquía normativa (que no existe), el PSOE lo tiene aún más complicado para aprobar una Ley Orgánica que una Ley ordinaria.
Además, como ya le dije, el Artículo 155 debe de ser aprobado por mayoría absoluta del Senado.
El Gobierno actual no tiene capacidad para utilizar el Artículo 155, porque solo el PP tiene la capacidad de aprobarlo (y además en solitario porque tiene mayoría absoluta en el Senado)