Aunque no comente, intento leer todos los mensajes del hilo, pero a veces me es imposible, seguramente se haya comentado ya y se me haya pasado. Leyendo sobre la Ley Antifraude que aprobaron ayer, en el apartado de Criptomonedas:
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Aparte de que me parezca patético, entiendo que se refiere a tener que declarar las criptomonedas que tengas en un Exchange fuera de España, por ejemplo el porcentaje de crypto que utilizo para hacer trading. Si yo tengo mis crypto en un hardwallet físico en España se sobreentiende que esas crypto están en territorio español. ¿También hay que declararlas? Por tema del incremento de patrimonio y demás.
He buscado más información sobre este tema de las crypto en el extranjero pero tampoco he encontrado mucho relativo a la ley aprobada ayer, algo que sí me ha llamado la atención, es que dependerá también de la comunidad autónoma y que cada una tendrá unos límites/márgenes para tener obligatoriedad de declarar o no. Por ejemplo he leído que en la Comunidad de Madrid no habría problema mientras que sean menos de 2.000.000€, pero es información sacada de un periódico, así que cualquiera se fía.
¿Qué opináis que es mejor en este caso para que
esta cochambre hacienda no estén fisgoneando en lo que tengo o dejo de tener?