ForoLegal: ¿Puede una SL utilizar el dinero que gana para dedicarse a otra a actividad?

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Hola a todos,

Pues eso, ¿Puedo usar el dinero que gano con una SL para comprar bienes? Sea acciones, bonos, empresas, inmuebles

¿O es algún tipo de embeleco legal?

Si tenéis algo de documentación de referencia os agradezco!!!
 
Puedes comprar lo que quieras , siempre que sea en nombre de la sl
 
Pues como todo en derecho, depende. Tu sociedad tiene un objeto social desde el momento que se constituyo, asi que solo puede realizar las acciones que tengan como resultado cumplir con el objeto social. Si un administrador utiliza el dinero para hacer algo distinto de lo que debe de realizar, responde con todos sus bienes presentes y futuros ante la sociedad, asi que mucho cuidado.
Otra cosa distinta es que la sociedad participe o cree otra sociedad distinta con un objeto social distinto.

Saludos.
Justo esta era una de mis dudas. Gracias!!!
 
Pues como todo en derecho, depende. Tu sociedad tiene un objeto social desde el momento que se constituyo, asi que solo puede realizar las acciones que tengan como resultado cumplir con el objeto social. Si un administrador utiliza el dinero para hacer algo distinto de lo que debe de realizar, responde con todos sus bienes presentes y futuros ante la sociedad, asi que mucho cuidado.
Otra cosa distinta es que la sociedad participe o cree otra sociedad distinta con un objeto social distinto.

Saludos.

¿No podría una sociedad destinada a (por ejemplo) promoción de viviendas, ampliar su objeto social a (por ejemplo) producción de contenido audiovisual sin necesidad de crear una sociedad nueva?
 
No es embeleco siempre que vayan a nombre de la sociedad.
Eso sí, algunos bancos y broker ponen pegas para comprar fondos de inversión a nombre de una sociedad. Ignoro por qué.
 
Poder, puedes.

Riesgos:

- Que si hay más socios, o quiebras con deudores, te puedan acusar de administración desleal y respondas con tus bienes
- Que Hacienda considere que el gasto es no deducible.
 
Lo que te ha dicho altamer, por eso es bueno ir a notaría y redactar unos estatutos sociales como dios manda que no hacer el procedimiento express de pymes en 24 horas.
 
Pues como todo en derecho, depende. Tu sociedad tiene un objeto social desde el momento que se constituyo, asi que solo puede realizar las acciones que tengan como resultado cumplir con el objeto social. Si un administrador utiliza el dinero para hacer algo distinto de lo que debe de realizar, responde con todos sus bienes presentes y futuros ante la sociedad, asi que mucho cuidado.
Otra cosa distinta es que la sociedad participe o cree otra sociedad distinta con un objeto social distinto.

Saludos.

Añado se puede ampliar el objeto social de una SL modificando estatutos y sometiéndolo a aprobación en junta general cuando se quiera.
 
Los objetos sociales son muy restrictivos, en el Registro deniegan muchas inscripciones porque el objeto está mal delimitado, no lo consideren adecuado o consideren que vaya a ser fraudulento. Modificar el objeto social seria como levantar todo el cableado de la casa para solo cambiar la bombilla. Mejor crear nuevas sociedades. Además, los objetos sociales no son de libre elección por el fundador, sino que se tiene que elegir de unas opciones ya creadas.

Pues veo a menudo sociedades que dejaron de tener actividad hace años, y cuyas participaciones han sido adquiridas por otras personas, físicas o jcas., como si lo prefiriesen, en lugar de constituir una nueva. Cambian los socios, cambia totalmente el objeto, por ejemplo de explotación agraria a promoción y construcción, cambia el domicilio, etc.
Y muy a menudo cambios de objeto social. Claro que los objetos suelen ser bastante amplios, a veces relacionan muchas actividades, parece que se les va a acabar el abecedario, dentro del mismo ámbito o de asuntos totalmente distintos. Pero sea amplio o más concreto el objeto, veo muchas modificaciones.
No sabía que el Registro se plantease nada. Pues podrían andarse con más ojo con algunas personas físicas que son designadas administradoras de tropecientas sociedades de multitud de provincias alejadas varias comunidades de sus localidades de domicilio (el que hacen constar en su comparecencia), y que no tienen realmente oficio ni beneficio, ni trabajan -o no figuran de alta- por cuenta propia ni ajena.
¿Y les va a parecer fraudulento un mero cambio de objeto, al que puede conducir la decisión de sus socios y administradores con ojo para captar el interés del mercado?
Evidentemente el Registro no sabe que un señor administrador de 150 sociedades no trabaja ni tiene donde caerse perecid (salvo lo que proceda de exhibir el cargo societario), pero tampoco sabe ni tiene derecho a presumir que un cambio de objeto es sospechoso de nada.
Otra cosa, como dice alguien, es que la nueva actividad sea regular y Hacienda quiera que haya una comunicación de alta censal.
 
Hola a todos,

Pues eso, ¿Puedo usar el dinero que gano con una SL para comprar bienes? Sea acciones, bonos, empresas, inmuebles

¿O es algún tipo de embeleco legal?

Si tenéis algo de documentación de referencia os agradezco!!!
No hay problema, siempre y cuando la nueva actividad esté recogida en los estatutos. Y a las malas, siempre puedes modificarlos.
 

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