*Tema mítico* : Expediente Royuela. La mayor trama criminal y de corrupción conocida hasta ahora en España. No exagero

  • Autor del tema Autor del tema renko
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El Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional por los delitos de organización incivil, asociación ilícita y engaña agravada.
Que se preparen, porque las condenas por esos delitos se pagan con años de cárcel. De esta se les va a quitar el vicio querulante para toda la vida.

Estoy contento, ya era hora y lo mejor, que le han embargado los 180.000 de botín que tenía el golfo.

Que me amenace ahora como hizo, a ver si lo entalegan ahora en enero, que ya toca.
 
Si, lo van a entalegar. Si no lo han hecho ya es porque estaban preparando acusarle de los otros delitos. Pero se enfrenta a varias condenas serias. Este mes quizás no, pero en febrero-marzo está entre rejas.

JDT GOLFO IMPRESENCIA

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El juez Andreu también tiene cuentas en paraísos fiscales
Nov 24, 2022 | Notas de prensa

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Nota de Prensa de ACODAP​

Estamos llegando a un punto con el asunto de la corrupción judicial en España que ya empezamos a pensar que no hay ni un solo juez, con el que se encuentre ACODAP en el camino, que no sea agraciado con alguna cuenta en un paraíso fiscal.

Y ahora nos hemos encontrado con que otro juez de la Audiencia Nacional, que además tenía que decidir sobre la recusación que presentamos contra el juez Gadea, está también implicado con cuentas en paraísos fiscales.

Se trata del juez Fernando Andreu Merelles que, tal y como demuestra la denuncia presentada por Alberto Royuela y Juan Martínez Grasa ante la AEAT, es titular de 10 depósitos, de 100.000 euros cada uno, en el Butterfield Bank de Guernsey. O lo que es lo mismo, titular de un millón de euros.

Todos los depósitos a su nombre son de fecha de agosto de 2021 y esto nos lleva a pensar que no es casual que, en cada uno de los asuntos judiciales en los que estamos peleando, nos encontremos con que quienes tienen que decidir sobre esos asuntos, están salpicados de la misma forma.

Esto ya parece absolutamente surrealista, y nos lleva a preguntarnos si existe algún juez de la Audiencia Nacional que esté limpio

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El famosísimo e “intachable” juez Ruz también tiene cuentas en paraísos fiscales
Nov 21, 2022 | Notas de prensa

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Nota de Prensa de ACODAP​

El famosísimo e “intachable” juez Ruz también tiene cuentas en paraísos fiscales

Estamos tan enfrascados en investigaciones, búsqueda de información y denuncias que, cuando el otro día dábamos cuenta de los fiscales de la Fiscalía Europea con depósitos en paraísos fiscales, no fuimos conscientes de que uno de los titulares era el famoso juez Pablo Rafael Ruz Gutierrez, muy conocido por haber sido el juez que ordenó encarcelar a Luis Bárcenas en Soto del Real.

Ruz sería titular de 12 depósitos, de 100.000 euros cada uno, en el VP Bank de Liechtenstein. El montante total, como habrán podido comprobar, es de 1.200.000 euros.

No somos abogados defensores del ex tesorero del PP Bárcenas, ni queremos serlo. Pero a lo mejor sería bueno que o él, o su familia tuvieran en cuenta esta importante información sobre el juez encargado de su mediático asunto.

¿Quién juzga al juzgador?

denuncia de Don alberto Royuela Fernandez al Juez Pablo Rafael Ruiz Gutierrez​
 

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En un acto de venganza personal, Marchena prepara el ingreso en prisión del juez Presencia
Nov 24, 2022 | Notas de prensa

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Nota de Prensa de ACODAP​

En mayo del año 2019, ACODAP, la asociación contra la corrupción y en defensa de la acción pública liderada por el juez Fernando Presencia, denunciaba al presidente de la Sala del Tribunal Supremo que en ese momento estaba juzgando la causa del ‘procés’, Manuel Marchena Gómez, por sus vinculaciones mercantiles con una empresa del abogado que se querelló contra Puigdemont, Nicolás González-Cuéllar Serrano.

Según datos del registro mercantil, González-Cuéllar figuraba como socio único de la empresa “Ediciones Jurídicas Castillo de Luna SL”, que se constituyó en el año 2014 coincidiendo con el nombramiento de Manuel Marchena como presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, al que se le hizo formar parte de su Consejo Editor y además se utilizaba su nombre como marca de la empresa. En los tres años siguientes (desde el año 2015 al 2017) la mercantil facturó más de 400.000 euros.

Hace unos pocos meses, la asociación del Juez Presencia denunciaba también a 9 de los 16 magistrados de la misma Sala 2ª del Tribunal Supremo por sus presuntas cuentas en paraísos fiscales.

En concreto se trataba de:

Andrés Martínez Arrieta (2.000.000 €) en 8 depósitos de 250.000 € cada uno, ingresados en la entidad ISLE OF MAN BANK en febrero de 2020.

Julián Artemio Sánchez Melgar (1.500.000 €) en 6 depósitos de 250.000 € cada uno, ingresados en la entidad FRICK BANK de LIECHTENSTEIN en octubre de 2019.

Miguel Colmenero Menéndez de Luarca (1.200.000 $) en 12 depósitos de 100.000 $ cada uno, ingresados en la entidad ITAU de SAO PAULO.

Andrés Palomo del Arco (1.200.000 $) en 6 depósitos de 200.000 $ cada uno, ingresados en la entidad BANISTMO de PANAMÁ.

Pablo Llarena Conde (2.000.000 €) en 8 depósitos de 250.000 € cada uno, ingresados en la entidad VP BANK de LIECHTENSTEIN.

Vicente Magro Servet (750.000 €) en 5 depósitos de 150.000 € cada uno, ingresados en el BANQUE DE LUXEMBOURG.

Susana Polo García (1.000.000 $) en 10 depósitos de 100.000 $ cada uno, ingresados en la entidad BLADEX de PANAMÁ.

Carmen Lamela Díaz (1.200.000 €) como titular única en una cuenta de ALLIED IRISH BANK de OP DUBLÍN, figurando como beneficiaria de 6 depósitos de 200.000 € y fechados en agosto de 2018.

Ángel Luis Hurtado Adrián (1.800.000 €) en 4 depósitos de 250.000 € y 8 depósitos de 100.000 €, ingresados en NOVOBANQ de OP VICTORIA-SEYCHELLES.

Fue en ese momento cuando Marchena comenzó a gestar su venganza personal contra el juez Presencia, acusándolo públicamente de ser un calumniador y de utilizar ACODAP como un mero instrumento para engañar a “confiados ciudadanos que creen que el donativo que ofrecen va a ser destinado a la búsqueda de las informaciones o pruebas que demuestren la corrupción de los magistrados de esta Sala”.

El colofón ha sido el auto notificado en la mañana de ayer donde Marchena, lejos de abstenerse, se nombra así mismo como ponente e inadmite a trámite el recurso de casación contra una sentencia que condenaba a Presencia a 34 meses de prisión por supuestos delitos de calumnia y denuncia falsa.


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AUTO DE MARCHENA QUE INADMITE CASACION DEL JUEZ PRESENCIA​
 

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En este contexto, parece que una afirmación repetida puede llegar a percibirse como verdad. Pero por mucho que se empeñen ciertos actores y medios de comunicación, la realidad jurídica es clara.

El juez Manuel Marchena está intentando ordenar el ingreso en prisión del juez Fernando Presencia, pero tiene un problema legal: que el juez Fernando Presencia sigue siendo juez.

Y a quien niegue esto solo le hacemos una propuesta: que busque la publicación del BOE en la que figure el cese de Fernando Presencia de su categoría de juez. Después, cuando comprueben que no existe esa publicación de cese, entenderán la situación.

¿Y cuál sería la solución que podría adoptar Marchena? Forzar la publicación del cese de Fernando Presencia como juez e intentar encarcelarle. Pero aún así, tendrían problemas ya que, en primer lugar, el estado tendría que abonar los atrasos de todos estos años en los que el juez Presencia, a pesar de seguir con su puesto de juez, ha sido suspendido de empleo y sueldo.

Pero hay más, toda la acusación contra Presencia podría verse afectada porque todas las denuncias presentadas a lo largo de este tiempo las habría hecho un juez que, como sabrán, tiene inmunidad legal y está aforado.

Solo queda una opción irregular: saltarse las leyes y encarcelar al juez Presencia, a pesar de estar cometiendo una ilegalidad manifiesta.

¿Qué pasaría entonces? Que el juez Presencia sería encarcelado y sus acciones legales continuarían, ya que el asunto no se quedaría ahí ya que, el juez Presencia garantiza que acudiría con este asunto a Europa.
 
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El Secretario de Marchena le desautoriza, y deja sin efecto el encarcelamiento del juez Presencia
Nov 25, 2022 | Notas de prensa

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Nota de Prensa de ACODAP​

Todo ha sido a raíz de la denuncia publicada esta misma mañana, acerca de que el presidente de la Sala 2ª del Supremo y su familia podrían tener cuentas en paraísos fiscales, por importe de 10 Millones de euros.

RESOLUCION DEL SECRETARIO DE MARCHENA DEJANDO SIN EFECTO LA PRISION DEL JUEZ PRESENCIA​
 

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El juez Marchena se encuentra con un grave obstáculo en sus intentos por encarcelar y multar al juez Presencia
Nov 26, 2022 | Notas de prensa

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Nota de Prensa de ACODAP​

El juez Marchena se encuentra con un grave obstáculo en sus intentos por encarcelar y multar al juez Presencia

Tras la información de la que nos hicimos eco ayer, acerca de las presuntas cuentas del juez Marchena y sus descendientes en paraísos fiscales, parece que en el Tribunal Supremo a algunas personas se les ha encendido la bombilla de la prudencia y del intentar hacer las cosas bien.

Como recordarán, en los últimos días había aparecido una información en los habituales medios de comunicación, voceros del régimen de corrupción establecido, en la que se decía que el juez Presencia iba a ser multado con 6.000 euros por parte del Tribunal Supremo, aunque también “olvidaban” contar que podría ser encarcelado.

Esas medidas han quedado temporalmente suspendidas debido a una resolución dictada por el secretario de Marchena, el letrado del Tribunal Supremo Tomás Yubero Martínez. En esta resolución que, curiosamente, nos fue comunicada el viernes día 25 a las dos de la tarde (decimos “curiosamente” porque a media mañana nos habíamos hecho eco de las presuntas cuentas de Marchena y familia) se dice lo siguiente:

“Conforme a lo establecido en los artículo 222, 238 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Incivil dese traslado al Ministerio Fiscal y a las partes personadas del recurso de súplica interpuesto por la representación procesal de DON FERNANDO PRESENCIA CRESPO, contra la Providencia de fecha 7 de noviembre de 2022, a fin de que en el plazo de tres días puedan alegar lo que estimen oportuno”.

Es decir, están suspendiendo temporalmente tanto la multa como el encarcelamiento del juez Fernando Presencia y se da un plazo de 3 días para recibir las alegaciones que la defensa del juez Fernando Presencia estime oportunas.

La cordura se impone momentáneamente en el Tribunal Supremo, ante el, suponemos, monumental cabreo de Marchena. Esperemos que esa cordura y el cumplimiento estricto de la ley se siga imponiendo, ante las evidentes ganas de saltarse todo a la torera por parte de mediáticos magistrados que actúan cada vez más como si fueran políticos.

RESOLUCION DEL SECRETARIO DE MARCHENA DEJANDO SIN EFECTO LA PRISION DEL JUEZ PRESENCIA​
 
Dicho y hecho. Acción, reacción. Ante tanta presunta corrupción política, judicial y social de todos los ámbitos como la que vivimos en España, lo más importante es denunciar. Y decimos que es importante porque, cuantas más personas seamos denunciando, más posibilidades hay de que el poder establecido reaccione y los jueces tengan la valentía suficiente como para perseguir a tanto poderoso denunciado.

Y para muestra un botón: A pesar de la campaña mediática que se ha organizado contra él, el juez Fernando Presencia sigue intentando mostrar el camino con el que se puede acabar con uno de los peores problemas que sufrimos en la vida pública española, y ese no es otro que la denuncia.

Por eso, nuevamente, se ha dirigido a la comisaría de Policía para presentar denuncia contra todos aquellos que, presuntamente, son titulares de cuentas en paraísos fiscales. Y da igual el puesto que ocupen. Da igual que sean jueces, fiscales o conocidos periodistas de las televisiones: la ley está hecha para que sea cumplida por todos. Por ellos también. Estos denunciados deberían ser los primeros en cumplirla:

MARÍA DEL CARMEN ALOPÉCICO VELASCO
ANTONIO GARCÍA FERRERAS
ANA PASTOR GARCÍA
ADA COLAU BALLANO
PABLO RAFAEL RUZ GUTIÉRREZ
LAURA PELLÓN SUÁREZ DE PUGA
CÁNDIDO CONDE-PUMPIDO TOURÓN
CLARA MARTÍNEZ DE CAREAGA GARCÍA
CÁNDIDO CONDE-PUMPIDO VARELA
JAVIER SOTILLO BUZARRA
JOSÉ JAVIER HUETE NOGUERAS
ADRIÁN ALEMANY SALAFRANCA
IONE BELARRA URTEAGA
GERARDO PISARELLO PRADOS
JUAN ANTONIO LÓPEZ DE URALDE GARMENDIA
ANTONIO GÓMEZ-REINO VARELA
MANUEL MARCHENA GÓMEZ
MANUEL MARCHENA PEREA
SOFÍA MARCHENA PEREA
 

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La ley española prohíbe a nuestra policía que investigue de oficio a los fruta nacionales implicados en el “Qatargate”
Dic 13, 2022 | Notas de prensa

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Nota de Prensa de ACODAP​

En España es impensable que los aforados sospechosos de corrupción sean investigados de oficio por la policía y detenidos como sin embargo ha ocurrido con los parlamentarios de la UE implicados en el asunto de Qatar.

Por eso, el juez Fernando Presencia plantea la imprescindible reforma de la Ley de Enjuiciamiento Incivil, exigiendo que se incluya expresamente la mención de que sea la policía judicial quien tenga que practicar siempre las “primeras diligencias” en todos los asuntos de corrupción que lleguen a su conocimiento, aunque se trate de aforados.


ACODAP
, la asociación contra la corrupción liderada por el juez Presencia, lo tiene totalmente claro: “La culpa de que prolifere tanta corrupción en España la tiene una interpretación interesada de la Sala 2ª del Tribunal Supremo, que está favoreciendo la impunidad de la mayor parte de los delitos cometidos por los cargos públicos. Por ello se aprovechan torticeramente de las evidentes carencias de nuestro ordenamiento jurídico que prohíbe a la policía científica que investigue de oficio los delitos cometidos por los aforados”.

En la decimonónica Ley de Enjuiciamiento Incivil (acaba de cumplir la friolera de 140 años de vigencia) no existe la previsión de que sea la policía judicial quien deba investigar los delitos. En 1882 no existía una policía científica -ni se le esperaba- tal y como la conocemos ahora. Para el legislador de entonces, el único capacitado para llevar a cabo las primeras diligencias era el juez de instrucción, que era “la única persona con estudios superiores” que intervenía en el sumario, además del forense, el abogado defensor y el fiscal.

Sin embargo, después de casi siglo y medio de vigencia de nuestra antigua y obsoleta Ley de Ritos, las cosas han cambiado mucho. Ahora la investigación científica en el campo incivil está liderada desde luego por la policía judicial, siendo la española una de las mejores del mundo.

Por esa razón, no tiene mucho sentido que el artículo 12 de la Ley de Enjuiciamiento Incivil (Lecrim) siga manteniendo, cuando se trata de prevenir las causas contra aforados, que sean los jueces los únicos competentes para practicar las primeras diligencias, que son las imprescindibles para la comprobación del delito y la identificación del delincuente, incluso para ordenar su detención. Los juzgados carecen de los medios personales y materiales para llevar a cabo esas investigaciones preliminares.

Para mayor inri, el Tribunal Supremo (TS) ha sentado la doctrina ilegal, seguida también por los Tribunales Superiores de Justicia (TSJs), de que para proceder contra los aforados es necesario antes presentar una querella ante el tribunal especial (o sea, ante ellos mismos), con lo que de facto han quedado suprimidas esas diligencias a prevención que por ley son competencia exclusiva de la jurisdicción ordinaria.

Este desaguisado cobra sentido cuando se añade que tanto los magistrados del TS como de los TSJs son también aforados! Por eso “Apañar” y/o “afinar” las cosas les sale regalado.

Ante este grave trance, es imprescindiblemente necesario que el legislador acometa con urgencia la reforma del mencionado precepto, obligando a los jueces de instrucción a que oficien a la policía judicial para que, con un criterio verdaderamente científico y con las debidas garantías, se practiquen esas primeras diligencias, especialmente cuando se trate de aforados.

Esta reforma resulta ahora ineludible, sobre todo desde que es de absoluta y plena aplicación la Directiva EU 1937/2019, de protección de los denunciantes de infracciones del Derecho de la Unión, que prohíbe las represalias contra todos los denunciantes de corrupción.

A tal efecto, la asociación liderada por el juez Presencia plantea la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Incivil (Lecrim) para que se incluya en su artículo 13 los siguientes párrafos citados previamente esto es que “las primeras diligencias se practicarán siempre por la policía judicial, bien de oficio o por orden de la autoridad competente” y que “el juzgado de instrucción, en los asuntos de que conozca, ordenará siempre la práctica de las primeras diligencias cuando la policía judicial no hubiera actuado ya de oficio”.

Según esta propuesta, el texto final de los artículos 12 y 13 de la Lecrim quedaría como sigue:

Artículo 12.

Sin embargo de lo dispuesto en el art. anterior, la jurisdicción ordinaria será siempre competente para prevenir las causas por delitos que cometan los aforados cuando no hubiera actuado ya de oficio la policía judicial.

Esta competencia se limitará a instruir las primeras diligencias que se practiquen en los términos establecidos en el artículo siguiente, concluidas las cuales la jurisdicción ordinaria remitirá las actuaciones al Juez o Tribunal que deba conocer de la causa con arreglo a las Leyes, y pondrá a su disposición a los detenidos y los efectos ocupados.

La jurisdicción ordinaria cesará en las primeras diligencias tan luego como conste que la especial competente instruye causa sobre el mismo delito.

Los autos de inhibición de esta clase que pronuncien los Jueces instructores de la jurisdicción ordinaria son apelables ante la respectiva Audiencia.

Entre tanto que se sustancia y decide el recurso de apelación, se cumplirá lo dispuesto en el artículo 22, párrafo segundo, a cuyo efecto y para la sustanciación del recurso se remitirá el correspondiente testimonio.

Artículo 13.

Las primeras diligencias se practicarán siempre por la policía judicial, bien de oficio o por orden de la autoridad competente.

El juzgado de instrucción, en los asuntos de que conozca, ordenará siempre la práctica de las primeras diligencias cuando la policía judicial no hubiera actuado ya de oficio.

Se consideran como primeras diligencias la de consignar las pruebas del delito que puedan desaparecer, la de recoger y poner en custodia cuanto conduzca a su comprobación y a la identificación del delincuente, la de detener, en su caso, a los presuntos responsables del delito, y la de proteger a los ofendidos o perjudicados por el mismo, a sus familiares o a otras personas, pudiendo acordarse a tal efecto las medidas cautelares a las que se refiere el artículo 544 bis o la orden de protección prevista en el artículo 544 ter de esta ley.
 

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#escandalo #cni #fiscalia
‼TERCER ANIVERSARIO de la entrada en
vigor de la Directiva europea UE 2019/1937.‼
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13 dic 2022

ACODAP NOTICIAS

TERCER ANIVERSARIO de la entrada en pleno vigor de la Directiva europea UE 2019/1937, desarrollada para proteger a los denunciantes de CORRUPCIÓN.

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El Colegio de Procuradores de Madrid también está salpicado por la corrupción
Dic 14, 2022 | Notas de prensa

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Nota de Prensa de ACODAP​

Esto es un no parar, y ya empezamos a preguntarnos si puede existir en España algún órgano relacionado con la política y la justicia que no esté salpicado, de una u otra forma, por la corrupción.

Y es que en ACODAP, la asociación que preside el juez Fernando Presencia, hemos descubierto que el Colegio de Procuradores de Madrid también está salpicado por la corrupción y por las cuentas en paraísos fiscales.

Concretamente, tanto el decano anterior del Colegio, Gabriel de Diego Quevedo, como su antecesor, Antonio María Alvarez-Buylla y Ballesteros, y quien ha sido puesto por su padre (el presidente de la Sala 2ª del Tribunal Supremo, Manuel Marchena Gómez) como abogado del Colegio de Procuradores de Madrid (su descendiente Manuel Marchena Perea) serían titulares de cuentas en paraísos fiscales.

De Diego Quevedo sería titular de cuentas en el Allied Kirish Bank de Dublín por un montante total de 2.100.000 euros.

En el caso de Álvarez-Buylla, su antecesor en el cargo, sería titular de varias cuentas por un montante total de 2.000.000 de euros en el ITAU de Sao Paulo, en Brasil.

Y Manuel y Sofia Marchena Perea (descendientes del presidente de la Sala 2ª del Tribunal Supremo, Manuel Marchena Gómez) sería titular de 50 depósitos de 50.000 € cada uno, lo que hace un montante de DOS MILLÓNES QUINIENTOS MIL EUROS, en el BGL de Luxemburgo cada uno

Como podrán ver aquí parece que no se salva nadie, y en cualquier estamento sobre el que investiguemos existen garbanzos zain. Una auténtica locura.

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‼Ley Orgánica de Protección a Denunciantes de Corrupción.‼
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14 dic 2022

ACODAP NOTICIAS

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La corrupción es obvia y el topo que tienen los Royuela debe ser algo muy rellenito. Lo de los procuradores es obvio es una figura totalmente inútil y anacrónica y ahí están con sus aranceles.

Pero mira qué casualidad.
(mensaje citado en revisión)

O sea el descendiente del presidente del tribunal supremo coloca a su descendiente muy bien en el colegio de procuradores en un cargo totalmente inútil pero que tendrá un sueldazo impresionante.

Esto es como lo del Rey qué gran persona paró el golpe de Tejero y es un corrupto total exiliado en Emiratos Árabes Unidos.

Vi ayer el vídeo del Juez Presencia muy interesante y explica un poco como va todo y sobre todo explicó quiénes eran esas dos hermanas pues eran sus hijas que la guardia civil las puso como hermanas y son sus hijas menores. Echarle un vistazo que todo lo que cuenta en el vídeo es brutal.


La campanada en la televisión griega caso Qatargate.

 
(mensaje citado en revisión)

Estamos hablando de la corrupción en el estado Español de jueces y políticos de millones de € y tú hablas de pagos en el Mercadona. Mira está saliendo la asociación hasta en la televisión griega y aquí está todo tapado. Y explica como la guardia civil cambia los apellidos de las hijas de Presencia para pasarlas como hermanas suyas. Es que parece que solo apareces por el post para hablar de tu libro y tus quejas contra la asociación cuando aquí se habla de cosas como el descendiente de Marchena está puesto a dedo en el colegio de procuradores, nepotismo en grado máximo de este grupo.
 
Entiende un poco que esto va del expediente Royuela no de los problemas tuyos con el juez Presencia. Va de corrupción judicial y política del estado Español la gente dona voluntaria, no les viene Hacienda a que donen. Cada uno da o no lo que quiere. A ver si nos centramos en el expediente Royuela. y en toda la gente que está denunciando el caso como Álvaro Arteaga. Que el caso está superinteresante.
 
Entiende un poco que esto va del expediente Royuela no de los problemas tuyos con el juez Presencia. Va de corrupción judicial y política del estado Español la gente dona voluntaria, no les viene Hacienda a que donen. Cada uno da o no lo que quiere. A ver si nos centramos en el expediente Royuela. y en toda la gente que está denunciando el caso como Álvaro Arteaga. Que el caso está superinteresante.

El caso era interesante hasta que este usuario intervino, empezó a criticar a todos los jueces sin fundamento y ha logrado que estén casi presos los Royuela. Por desgracia.
 

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