Exención por reinversión vivienda habitual

jotace

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Pongo en este subforo esta duda que tengo sobre la venta de la que fue mi vivienda habitual.
Mi actual vivienda habitual fue comprada en 2003 y me mudé en 2005.
La que hasta el 2005 fue mi vivienda habitual voy a venderla ahora (con un poco de suerte) sacándole una plusvalía por la que se tributaría el 18%.
¿Puedo reinvertir esta plusvalía en la vivienda habitual (amortizar préstamo) con el fin de no pagar impuestos?
He estado leyendo pero no me he aclarado si habiendo pasado siete años desde la compra aún puedo hacer la operación...
 
No, no se puede. Si tienes plusvalía tendrás que darle su parte a Hacienda.
 
Son los tipicos temas en los que todo el mundo habla y nadie realmente lo sabe, así que me voy a juntar al club. Asesórate bien porque me da la sensación que SI lo puedes reinvertir y evitar esos impuestos (IRPF).

Para reinvertir la plusvalía tienes un plazo de 2 años... pero este plazo es desde la venta de tu antigua casa (o sea desde el momento en el que tienes la plusvalía), no desde la compra de la nueva vivienda habitual.
 
Gracias a todos.
Lo que yo creo es lo que ha dicho pimpollo. Que tengo dos años desde la venta. Lo que pasa es que el lenguaje que utilizan los de hacienda es muy dolido de comprender. No obstante me informaré mejor en el caso necesario. Es preferible quitarse deuda que pagar impuestos.
 
Tienes dos años antes o despues de la compra de la nueva. Superado ese plazo lo que estás vendiendo ya no es tu vivienda habitual con lo que no existe la opción de reinvertir. Si hubieras seguido declarando como vivienda habitual la antigua todavía podrías hacer algo pero por lo que cuentas no es el caso.
 
Última edición:
era dos años pero se prorrogó por un tiempo, pero con 7 años en mi opinión no tienes posibilidades
 
He estado buceando por las profundidades de la legislación y me he topado con la dura realidad que comentan Atlantis y caperucita. Parece ser que si compras la nueva vivienda antes de vender la antigua, existe un plazo de dos años para vender la vivienda que fue habitual y poder disfrutar de la exención. Los que compraron en 2006 en adelante parece que se les ha beneficiado en eso...
No obstante un día que tenga libre me acercaré a Hacienda a preguntar.
Va a ser un palo de unos 10.000 eurazos que me pongo hasta malo de pensarlo...yo que me muevo con coches de 2.000 euros por la vida :´( :´( en fin que si lo hubiera sabido vendo antes, y hubiera pillado además un precio burbujeado, un 25 ó 30% más, ahora a malvender y a pagar como un pimpollo :´( :´(
A mi me sonaban campanas de lo de la exención por reinversión y que podías reinvertir en dos años, pero ni idea de los dos años máximo desde la compra de una hasta la venta de la otra...
Los de Hacienda me van a dejar el pandero como la bandera de Japón.
Encima vendo para comprar una parte de una herencia... con lo que me tocará pagar otra vez el 7%...o sea otros 7.000 euros, en total más de tres cuartos de año de trabajo NETO para pagar los coches oficiales, los cargos de confianza de nuestros bien preparados mandamases políticos, sus dietas y sus ocurrencias...¡si al menos fuera para sanidad y educación!!
 
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